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Ley de dependencia: grados y prestaciones económicas (Actualizado 2022)

Ley de dependencia: grados y prestaciones económicas (Actualizado 2022)

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Con la aprobación de la Ley de Dependencia en 2006, cualquier persona que esté en situación de dependencia (es decir, que requiera de la ayuda de una tercera persona para realizar las actividades de la vida diaria), puede acceder a las prestaciones que contempla la Ley, siempre que tenga reconocida la situación de dependencia en alguno de los grado establecidos en la propia Ley.

El primer paso, pues, es solicitar el reconocimiento de grado, presentando la solicitud según el modelo oficial, acompañada de la documentación que requiera la administración pública.

Una vez hechos los trámites y reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados establecidos, los Servicios Sociales realizan el Plan Individual de Atención (PIA), que es el instrumento para determinar las necesidades y los recursos más adecuados según cada caso y situación.

Las prestaciones de atención a la dependencia contemplan tanto prestaciones económicas como servicios, estos últimos con carácter prioritario.

Contenidos

Principales servicios que contempla la Ley de Dependencia para personas mayores

En todas las comunidades estos servicios se prestan a través de la oferta pública de servicios sociales, mediante centros públicos o privados concertados o acreditados.

Entre los servicios que contempla la ley, encontramos:

  • Servicios de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía: programas preventivos y de rehabilitación llevados a cabo por los servicios sociales y sanitarios.
  • Servicio de teleasistencia: servicio dirigido a personas mayores o con discapacidad que viven solas y que les permite pedir ayuda en el propio domicilio en caso de necesidad.
  • Servicio de ayuda a domicilio: atienden las necesidades de la persona en su propia vivienda, tanto los cuidados personales como los cuidados del hogar.

Entre los servicios que se prestan fuera del domicilio, están:

  • Centros de día y Centros de noche, que representan una alternativa al ingreso residencial
  • Servicios de atención residencial ya sea en centros privados acreditados o públicos.

Aunque pueda parecer lo contrario, tal y como explicamos en nuestro post sobre las prestaciones por dependencia más solicitadas, los servicios más demandados son precisamente los vinculados a mantener a la persona dependiente en su hogar.

La Ley de Dependencia contempla otros servicios según la situación de dependencia (incapacidad, etc.), por lo que es aconsejable consultar a los Servicios Sociales para conocerlos más en detalle.

Las prestaciones de estos Servicios no son gratuitas, puesto que las personas beneficiarias participan en parte de su coste, en mayor o menor medida dependiendo de su capacidad económica personal. En el caso de servicios fuera del domicilio (Residencias geriátricas, Centros de día…), la aportación económica del beneficiario no podrá superar nunca el 90% del coste del servicio.

Ayudas económicas que contempla la Ley de Dependencia

Las ayudas económicas que contempla la Ley buscan ayudar a hacer frente a los gastos derivados de la dependencia. Entre estas ayudas están:

  • Prestación económica vinculada al Servicio (PEVS): esta ayuda se presta cuando no se puede acceder a un servicio público de atención de cuidados, para facilitar el pago de estos servicios en el sector privado.
  • Prestación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: se otorga a los cuidadores que sean familiares de la persona dependiente (hasta tercer grado) y que en el momento de solicitar la prestación lleven ejerciendo los cuidados más de un año.

Ambas prestaciones están sujetas al grado de dependencia y a la capacidad económica del beneficiario, siendo los importes medios los siguientes:

Importes medios/Grados Dependencia Grado de dependencia I Grado de dependencia II Grado de dependencia III
Importe medio residencia de ancianos 465€/mes 480€/mes 540€/mes
Importe medio Prestaciones de cuidados en el entorno familiar 138,40€/mes 241€/mes 334€/mes
Importe medio ayuda a domicilio 218€/mes (20,6 horas) 344€/mes (37 horas) 557€/mes (70 horas)
Importe medio PEVS centro de día 213€/mes 335€/mes 458€/mes

Algunas Comunidades Autónomas, como Cataluña, han unificado el importe de las prestaciones de Grado II a las vigentes para Grado III.

Como en el caso del pago de los Servicios, la cuantía de la prestación económica vinculada al servicio (PEVS) varía según el tipo y coste del servicio y de la capacidad económica personal del beneficiario.

Tener una vivienda en propiedad, ¿afecta a las prestaciones de la Ley de Dependencia?

Tener una propiedad no afecta a las prestaciones que contempla la Ley. Sin embargo, la venta de la propiedad sí que afecta, ya que el importe de esta venta supone un importante incremento de la Renta, que es una de las variables más importantes en el cálculo del pago de las prestaciones y el importe de las ayudas económicas.

Tener una vivienda alquilada, ¿afecta a las prestaciones de la Ley de Dependencia?

Aunque se genere más renta con el alquiler de una vivienda, ésta no siempre afecta a las cuantías de las prestaciones vinculadas al servicio. El posible impacto dependerá del importe de la pensión y de si el beneficiario dispone de otras rentas o ingresos. En general, los ingresos mensuales obtenidos por el alquiler superan el posible impacto en el importe de los Servicios o Ayudas a los que se puede acceder.

También hay que tener en cuenta que tener un piso vacío comporta seguir pagando el IBI, el seguro, la comunidad de propietarios, costes mínimos de los servicios públicos, etc., así como asumir el deterioro que se produce en un piso vacío, el riesgo de ocupación ilegal, etc.

El Programa Pensium, ¿afecta a las prestaciones de la Ley de Dependencia?

En caso de contratar el Programa Pensium para disponer de recursos para pagar la asistencia, el impacto en la renta del beneficiario sería únicamente el de las rentas por el alquiler, ya que las aportaciones adicionales que Pensium realiza para pagar los gastos asistenciales no tienen consideración de renta a efectos del acceso a los Servicios y/o Ayudas que contempla la Ley de Dependencia. Además ni la persona beneficiaria ni su familiar tienen que preocuparse por la gestión del alquiler, teniendo garantizadas ante notario las aportaciones para el pago de los cuidados asistenciales.

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1.147 thoughts on “Ley de dependencia: grados y prestaciones económicas (Actualizado 2022)

  1. ¿Desde que fecha se paga el retroactivo en la Dependencia para cuidador no profesional en Andalucía? ¿desde que han pasado 2 años y medio de la solicitud?

    • Hola Sherley.

      Sí, la Ley de Dependencia y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) son dos medidas sociales que pueden ser compatibles y complementarias, aunque tienen distintos objetivos y requisitos de acceso.

  2. Quisiera saber si mi padre que tiene grado de dependencia I y demencia en grado avanzado tiene derecho a pedir una ayuda para aseo personal o de otro tipo. Vive en una vivienda tutelada.

    • Hola Cristina,

      Si tu padre tiene un grado de dependencia reconocido y demencia en grado avanzado, sí es posible que tenga derecho a solicitar una ayuda para el aseo personal u otros tipos de asistencia. Deberás contactar con Servicios Sociales para que estudien el caso y realicen la valoración correspondiente. Un saludo.

  3. Hola mi marido tiene una discapacidad del 81% y un grado de dependencia II. y gran invalidez reconocida. yo soy su mujer y tenemos dos hijos pequeños a su cargo. en el pía del ayuntamiento de nuestro pueblo sólo reconocen un dinero de 5 veces ir al fisio que elijamos nosotros. y no hay ni una paga o cuantía para mi por ser yo la que le cuide? a mi no me pagan nada por ser su cuidadora y me estoy sacando un curso certificado para ser su cuidadora profesional. por favor quiero saber si hay alguna ayuda económica para mi por ser su cuidadora gracias un saludo

    • Hola Mari Carmen,

      Deberías acudir a servicios sociales para que estudien vuestro caso, en principio si tiene grado de dependencia reconocido debes tener un PIA en el que se detallan las ayudas y/o prestaciones económicas que le corresponden según su situación socioeconómica y familiar. En caso de no estar de acuerdo puedes pedir una revisión.

  4. Hola, Acaba de llegar la resolución de la aprovacion de depemdenci ade mi padre de un 25% . Por el baremo es dependencia moderada, para cobrar la presatción que hacer?

    Gracias

    • Hola Patricia,

      una vez se asigna el grado de dependencia, servicios sociales debe visitar a tu padre en su domicilio para valorar su situación y elaborar el PIA (Plan Individual de Atención). En función de dicha valoración se establecerán las ayudas y/o prestaciones económicas que correspondan.

  5. Hola. Si tengo un hijo autista con grado 3 y desde hace 6 años cobraba su madre por cuidadora no profesional esa ayuda. Tras nuestro divorcio ¿cómo se debería repartir esa prestación económica? Lo digo porque tenemos custodia compartida y tenemos asignado el cuidado de nuestro hijo al 50% cada uno

    • Hola Javier,

      Este tema lo deberías consultar directamente con servicios sociales, para que estudien tu caso de forma personalizada. Un saludo.

    • Hola Victoria,

      El plazo de ingreso respecto la resolución del PIA puede variar de una comunidad a otra, en todo caso se pagan con efectos retroactivos a contar desde la fecha de efecto establecida en el PIA.

      Un saludo,

    • Hola Dolores,
      Esto deberías consultarlo directamente con Servicios Sociales, nosotros desconocemos el caso. Un saludo.

    • Hola María, las ayudas se determinan en función del grado y la situación económica y familiar. Con lo que es servicios sociales quien debe realizar la valoración y establecer las prestaciones a las que tienes derecho.

  6. Hola, a mi padre le han reconocido (en Madrid) el grado II de dependencia, vive con mi madre, ahora mismo lo que mas necesitan es asistencia doméstica, cosa que a día de hoy hago yo. Que podemos solicitar?

    • Hola Angel, si le han reconocido grado II recientemente tiene que venir un trabajador social a valorar la situación para elaborar el PIA (Plan Individual de Atención). En él, en función de la situación socio-económica y familiar de tu padre, establecerán las ayudas correspondientes.

  7. Mi marido fallecido el día 22 de julio, estaba en un centro de día dado su empeoramiento tuve que llevarlo a una residencia y solicite la revisión de PIA además de grado, que desde el principio era grado II, me indica el trabajador social que no me pagan los atrasos, de las ayudas que nos quitaron al pasarle de centro de día a residencia, es legal? que puedo hacer

    • Hola Cristina,

      Lamentamos la situación y la pérdida de tu ser querido. Lamentablemente lo que te indica el trabajador social acostumbra a ser así, no pagan los atrasos. Si crees que puede ser un incumplimiento, acude a un asesor legal para ver si puedes reclamar formalmente el pago de las cuantías no satisfechas.

  8. hola me an dicho que a mi madre le an dado grado 1 pero no se cuantas fases de grado 1 hay.y q falta la notificación.cuanto tiempo tarda en recibir la carta.m lo dijeron en agosto

    • Hola Lidia,

      El sistema de dependencia está organizado en grados y fases, donde el grado 1 es el grado más leve de dependencia. Cada grado tiene varias fases que indican diferentes niveles de necesidad de asistencia y cuidado. Dentro del grado 1 se incluyen hasta 5 niveles (o fases).

      El tiempo que tarda en recibir la carta de notificación puede variar mucho de una comunidad a otra. Dado que te dijeron hace poco que se le otorgó el grado 1 pero sigues esperando la notificación oficial, te recomendamos contactar con el organismo competente en temas de dependencia de tu comunidad para que te informen de los plazos de dicho proceso.

    • hola , mi padre con 87 años de edad , hace un mes , le dio un istus y no puede moverse y mi madre con 80 años de edad, le dio un trombo en el único ojo que le quedaba y ha perdido la visión, mi padre cobra de jubilación 1.002,80€ ,y mi madre nada por no haber trabajado, se puede pedir la ley de la dependencia para los dos o solo para uno ?

      • Hola José Manuel,

        Si los dos son personas dependientes se puede iniciar el proceso para los dos, un saludo.

    • Hola Ángel,

      Recibir una pensión por incapacidad permanente absoluta y solicitar la ayuda por grado 1 de dependencia no es incompatible. Puedes ser beneficiario de ambas prestaciones siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos para cada una de ellas.

  9. buenos dias tengo una pension y una prestacion una por hijo a cargo y otra por huerfandad tengo reconocida una discapacidad del75% necesitando a tercera persona a parte soy diavetico y muchas veces el dolor de piernas o cansacio me impeden hacer lo que yo querria que benficios podria obtener..muchas gracias

    • Hola Francesc,

      Para beneficiarte de las ayudas por dependencia debes tener reconocido alguno de los grados de dependencia existentes.

  10. Hola mi padre tiene un grado III de dependencia ,está en una residencia de mayores de la junta de Extremadura y las asistentas sociales que arreglaron lo de la dependencia me dicen que no tiene derecho a ninguna compensación económica.
    Como es eso posible si a él le quedan solamente 90 euros para sus gastos y gana una pensión de 770 euros ya que el resto se lo queda la residencia???

    • Hola, las ayudas se asignan en función de la valoración económica-familiar que realiza servicios sociales. Si crees que las ayudas que se le han asignado a tu padre no son correctas, deberás pedir una revisión del PIA para que vuelvan a evaluar la situación y las revisen.

  11. no tengo casa la perdí cuando me retiraron mi pensión en 2012, ahora con un 65 de discapacidad cobro la no contributiva. pero no puedo ni alquilar nada,,,,yo no quiero que me regalen nada . pero que me ayuden si. tengo mis derechos como española y como discapacitados que somos.. mi padre murió y mi familia no quieren saber de mí y yo me da ya igual…yo necesito donde estar tranquila. No puedo estar en un pliz…me hecgan no m hechan. vivo en casa de un amigo que es muy mayor y cada tanto se le va,,,y me hecha a la calle y yo me meto en su garaje a descansar,,,vivo en Altea. gracias

    • Hola Alejandra, lamentamos tu situación. Deberías hablar con los servicios sociales de tu localidad para ver cómo te pueden ayudar. Un saludo.

  12. Milagros García

    mi marido tenía grado 2 de dependencia por cuidados de familiar. sigue igual o incluso peor. y le ha pasado asistenta social y le ha dado grado 1. cómo quitar asin de fácil las cosas y sigue lo mismo el afectado.

    • Hola Milagros,
      Si consideras que no ha recibido la valoración adecuada deberías solicitar una nueva revisión.

  13. hola le arregle la dependencia en el informe le pusieron 85 leve y q necesita ayuda en varias de la vida diaria aún no me an contestado se lo apruebaran y que grado le darán es x cáncer de garganta el no abla le hicieron una laringectomía y una traecotomia

    • Hola Yolanda,

      Desconocemos el resultado final de tu petición, deberás esperar a la información oficial.

  14. tengo 77 años cobro un pensión no contributiva y tengo la dependencia en grado.2 severo con un 75% de discapacidad .reconocido.Tengo derecho a que me revisen mi pensión no contributiva sovi para cobrar la discapacidad ?

    • Hola Rosa,

      Si tienes una pensión no contributiva y además tienes reconocida una discapacidad en grado 2 severo con un 75% de discapacidad, es posible que tengas derecho a una revisión de tu pensión no contributiva para que se tenga en cuenta tu situación de dependencia.

      La Ley de Dependencia en España establece que las personas que tienen reconocida una discapacidad en grado 2 severo o grado 3 (gran dependencia) pueden acceder a una prestación económica adicional conocida como «complemento de gran invalidez». Este complemento se suma a la pensión no contributiva y tiene como objetivo compensar los gastos adicionales derivados de la dependencia.

      Para solicitar la revisión de tu pensión no contributiva y solicitar el complemento de gran invalidez, te recomendamos que te pongas en contacto con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Un saludo.

  15. hola buenas tardes,soy María,tengo una hija con grado 1 pendiente de grado 2 me han pagado la primera vez el 28 de abril ,me tendrían que pagar en mayo ?

  16. Hola mi madre tiene grado I, tiene 85 años, cuida a mi padre de 88 años con grado III, puede tener ella un apaga por la edad y cuidar de mi padre. Si tiene derecho díganme lo que necesita y donde entregarlo. Gracias.

    • Hola Fabiola,

      Para ser cuidador no profesional en entorno familiar es necesario cumplir determinados requisitos, consulta a servicios sociales de tu localidad para ver si tu madre puede ser designada como cuidador de tu padre en su PIA.

      • cyo vivo y cuido de mis padres toda la vida tengo derecho de cobrar prestacion si no estoy trabajando mi madre tiene 92años y yo 56 años

        • Hola Jacinto,

          Si constas como su cuidador en su Plan Individual de Atención (PIA) se otorga prestación por ello.

  17. mi madre tiene grado III y me dicen que para el aseo se necesitan dos auxiliares y por tanto eso repercute directamente en media ahora menos de lo concedido 3h15′
    yo no estoy de acuerdo que puedo hacer?

  18. Buenos días, es cierto que si mi hijo con un 88% de discapacidad y grado 3, tiene que cobrar de dependencia, la mitad de lo que le corresponde, porque cobra la discapacidad? Concretamente hablo de Baleares, en Cataluña lo cobraba integro. Gracias

    • Hola Susana,

      Para la asignación de las ayudas por dependencia se tiene en cuenta la situación económico-familiar de la persona dependiente, con lo que la prestación por discapacidad se tiene en cuenta a la hora de asignar las ayudas por dependencia. Como en cada comunidad autónoma tiene sus varemos, no te sabemos decir cuál es la afectación exacta en Baleares.

  19. Hola. Soy de Madrid. Yo cobro por la ley de dependencia de mi hijo menor como cuidador. ¿Cuando sea mayor de edad, que pasa con la paga?

    • Hola Álex,

      Si sigue necesitando los mismos cuidados por tu parte o más, y el resto de circunstancias económico-familiares no cambian, debes seguir recibiendo la paga sin problema.

  20. Y no tendríamos derecho a una vivienda de protección oficial. VPO? En mi ciudad están a venga construir, y en una de las promociones, entregué el 65% de discapacidad + 1 grado de dependencia y ADEMAS, el papel de víctima de violencia protegida. Porque por desgracia, también había sido víctima de violencia de género. No están los pisos de protección oficial (al menos, un tanto por ciento) justo para los que estamos en exclusión social, ho más bien riesgo, es lo que leí. Yo creo que cumplía con creces todos los requisitos, pero qué va, no hay manera de acceder. Eran 16 viviendas. 2 se atribuyeron a exclusión social, y 10 a inmigrantes marroquís. Me van ha perdonar, y no soy para nada racista, pero cuando a gente de aquí, estando como yo, ho peor, no nos asignan nada, noe parece para nada justo. Ojalá, esto le llegará al alcalde. Estoyss que harta, y ya son fuerzas para seguir luchando. Es , tan injusto todo !!!!

  21. Muy buenas, a mis padres le han dado el segundo grado 33 horas 323 euros, miro empresas y con las 33 horas me sube mucho 530 euros con 33 horas, he llamado a la asistenta y me ha dicho que tengo que contratar las 33 horas, y si no lo ago no me conceden la ayuda, lo veo muy raro, pero es lo que ha dicho
    agradeciera mucho que alguien que sepa del tema me indique si es cierto esto

    Un detalle importante que soy de Cataluña y no se si el resto de España es igual

    muchas gracias

    • Hola Vicente,

      Si en servicios sociales te han dicho esto, es que es así. Cada comunidad tiene sus criterios y éstos pueden ser muy distintos de una comunidad a otra.

  22. Hola, mi madre tiene el grado dos y hemos solicitado el grado tres porque su situacion a cambiado, me gustaría saber cuanto tardaran mas o menos en decirnos la resolución. Gracias.

    • Hola Elisabeth, los tiempos son muy variables. Debes preguntar directamente a servicios sociales y que te den una estimación.

    • Hola Domingo,

      Si ya estás cobrando alguna prestación por tu grado de dependencia, ¿qué cambio ha habido que te haga pensar que eso va a cambiar? La prestación se te asigna a ti, no a tu expareja. En todo caso, debes informar del cambio si crees que tu situación ha cambiado y hace falta que te revisen las ayudas para mejorarlas.

  23. hola cobro 783 euros con invalidez absoluta total he solicitado la ayuda para limpiar cocinar y cuidarme pero quiero que sea una persona que me limpia y la tengo enfrente que cuantía m corresponderua

    • Hola Alberto,

      Deberías hablarlo directamente con servicios sociales puesto que desconocemos los detalles de tu situación económica-familiar.

      • hola soy de Galicia. mi madre tiene un grado 3 debido a un ictus que le dio el año pasado. el problema es que para la ayuda a domicilio tenemos que hacer copago de 168 euros.

        la ayuda económica no me la contempla tampoco la trabajadora social.

        quería saber si puede acogerse a una paga por gran invalidez porque mi madre solo cobra la pensión por viudedad. o alguna otra ayuda porque esto es insostenible, gracias

        • Hola David,

          Nosotros asesoramos más específicamente en temas de dependencia, las ayudas por invalidez se rigen por otras normativas. Para acceder a esta prestación que comentas, es necesario tener reconocida una incapacidad permanente en grado de gran invalidez por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es recomendable que contactes al INSS para verificar si tu madre cumple con los requisitos y para solicitar la valoración de su situación médica.

  24. Buenos días, mis padres tienen un 66% y 33% de grado de discapacidad. Llevo cuidándoles más de año y medio acudiendo a su domicilio a diario. Por otro lado, yo soy autónomo pero poco a poco, sus cuidados hacen que mi trabajo disminuya considerablemente.

    Estamos valorando la posibilidad de darme de baja como autónomo en mi actividad actual y que mis padres me contraten como empleado del hogar.

    Quisiera saber si es posible estar contratado por mis padres y recibir alguna ayuda (económica o de servicios) de la ley de dependencia. Es compatible?

    Gracias de antemano.

    • Hola Antonio,

      Te recomendamos que consultes con servicios sociales la posibilidad de que, en caso que tus padres tengan reconocido algún grado de dependencia, constes en su PIA como cuidador en entorno familiar. En caso que cumplas los requisitos (que varían en función de la CCAA) podrías mirar de inscribirte al convenio de cuidadores no profesionales y que el estado se haga cargo de tu cotización en la seguridad social.

    • Mi hijo le concedieron el grado 2 de dependencia y ahora vi que las cuantías subieron a él también se la suben o no??Ya lleva 3 meses cobrando el!

  25. Hola, a mi madre le han reconocido el grado 2 estamos pendientes de la visita de la asistenta social. queremos acceder a la ayuda económica ya que preferimos que este en su casa. la cuidamos mi hermano y yo y nos vamos turnando. vivimos muy cerca, es necesario que estemos empadronados en su casa para tener derecho a la prestación

    • Hola Rosa,

      En principio solo se puede asignar un cuidador en entorno familiar en el PIA. Ha habido cambios recientes en este tema y los requisitos varían en función de la CCAA en que te encuentres. Deberías consultarlo directamente con servicios sociales.

  26. Quisiera saber cada cuanto se actualiza económicamente el PIA. ,van por decreto las actualizaciones o ¿porque procedimiento?

    • Hola Eduardo,

      Se actualiza con las revisiones de grado o por solicitud proactiva del beneficiario cuando su situación haya cambiado.

  27. Hola, me gustaria solicitar la ley de dependencia para mi padre, vive conmigo, y tiene dificultades para algunas necesidades basicas, comop desplazarse, tumbarse, levantarse, vestirse. Quisiera saber que grado mas o menos le puede corresponder , si te dan a elegir entre ayuda economomica u obligatoriamente tiene que ser un cuidador que le asista. En mi caso yo trabajo y no se si puedo recibir esa ayuda como cuidadora.
    También quisiera saber si la cuantia , depende de la pensión o ahorros. Sería en Madrid. Gracias de antemano.

    • Hola Rosa,

      Desconocemos el grado que pueden llegar a asignarle a tu padre. Una vez asignado el grado, servicios sociales realiza una valoración económica y familiar de la persona dependiente y asigna las ayudas que correspondan. Puedes exponer vuestras preferencias y necesidades, pero no puedes elegir.

      Saludos,

  28. A mi hijo le han reconocido el grado I de dependencia en marzo del 2022.
    A día de hoy no tiene nada ingresado, llamé y me dicen que desde el día 1 de diciembre la cuenta está abierta para el pago, pero de momento nada. ¿Qué puedo hacer?

    • Hola Fabiola, el seguimiento del pago debes hacerlo a través del trabajador/a social. Si ya te han asignado las ayudas correspondientes y éstas constan en el PIA, en principio te las abonarán con los atrasos a contar desde la fecha de efecto que se informa en dicho documento.

        • Hola Blanca,

          Si tu hijo tiene grado de dependencia reconocido, desde servicios sociales valorarán su situación y os asignarán las ayudas correspondientes, que quedarán reflejadas en el PIA (Plan Individual de Atención)

      • hola mi pareja tiene discapacidad y le han concedido una cuidadora Ami me dan la R.M .V ya que tengo otro hijo enfermo y otra pequeño es compatible.en verano tengo trabajo 3 meses y la ayuda no me la kitan ya que es poco tiempo y media jornada si voy a cuidarle yo me kitarian la ayuda tengo miedo porque con mi hijo no puedo trabajar en cualquier sitio ya que me lo tengo que llevar gracias

        • Hola Alicia,

          Desconocemos qué ayuda tiene exactamente tu pareja y tu situación. Deberías preguntar a los servicios sociales donde te concedieron la RMV y verificar la compatibilidad. Saludos,

  29. Hola,me gustaría saber que día se paga la ley de dependencia es el primer mes que le van a pagar a mi abuela y no le han ingresado nada todavía.Si alguien me puede ayudar se lo agradeceria.

  30. Maria Candelaria

    hola mi nombre es María tengo un hijo con discapacidad tercer grado nivel 1 con un 85%de discapacidad el tiene la ley de dependencia con cuidadora familiar quisiera si tiene derecho a alguna ayuda para arreglar la vivienda donde vive puesto que nosotros sus papas no tenemos dinero para arreglar nada el esta en un centro 4 horas y a mi solo me dan de la ley de dependencia 189 euros quisiera saber si me corresponde mas ademas esta incapacitado gudicial y civilmente

    • Hola María,

      Deberías acudir a Servicios Sociales. Existen ayudas para acondicionar la vivienda para una persona dependiente, pero desconocemos si cumplís los requisitos para acceder a ellas. En Servicios Sociales valorarán vuestro caso y os dirán si existe algún modo de facilitaros dichas reformas.

  31. mi hijo tiene reconocido un grado II de dependencia, la cual le conceden 10horas de terapia la cual tiene un limite de 426.13E (logopedia y terapia ocupacional) el cual el va 6 horas (a centro privado) las facturas ascienden a 325€ la cual nos pagan la parte proporcional de la misma.m
    me gustaria saber si esto esta bien o nos tendrian que pagar el 100% de la factura. (comunidad autonoma Galicia)

    • Hola Vane,

      Desconocemos las particularidades de cada comunidad a ese nivel, lo mejor es que te informes de ello en Servicios Sociales.

  32. Hola.
    A mi Madre le han concedido el grado 2 en Cataluña y està en un Residencia .Aún falta determinar la ayuda.
    Mi Madre cobra dos pensiones ( la suya y la de viudedad), tiene un piso en propietat llibre de cargas que quiere alquilar i otro piso que hereditari que tiene alquilado sobre el que hay una carta hipotecària importante . Si vendemos el piso alquilado sobre el que hay una hipoteca ( el beneficio seria maximo 10.000€ ya que hay que cancelar la hipoteca ) perjudicaria en el calculo de la ayuda?

    • Hola Cris,

      En la asignación de las ayudas se tiene en cuenta la situación económico-familiar de la persona dependiente, lo que incluye los ingresos entre otros aspectos. Con lo que los 10.000 euros de beneficio serán tenidos en cuenta junto con todo lo demás.

    • Hola Magdalena,

      Desconocemos los tiempos de cada comunidad en este sentido, deberás preguntar por ello a servicios sociales.

  33. Hola !! Me han mandado carta para hacer responsabilidad patrimonial de mi madre ya fallecida . Lo hice en su momento pero he equivocado papeles , me lo piden otra vez .si lo conceden qe dinero sería ella cobraba 280€ , gracias

    • Hola Dori,

      No entendemos muy bien a qué te refieres, si nos puedes explicar un poco más el caso vemos si te podemos ayudar. Un saludo.

  34. hola. mi padre tiene una dependencia 3 permanente. solicite el cheque servicio en octubre y en principio lo abonan en enero. Pero no lo veo en la cuenta aún (quizá sea a mes vencido). qué días se abonan dicha prestación? gracias

    • Hola Victoria,

      Normalmente las prestaciones económicas de la ley de dependencia se ingresan a principios de mes. Deberías realizar la pregunta a los servicios sociales para verificar que todo esté correcto e informarte de cuándo realizan dichos ingresos en tu comunidad. Un saludo.

  35. tengo una discapacidad por lesión medular y una discapacidad de grado 84 % y me han concedido el grado 2.2 de la ley dependencia con la unificación de los grados me he quedado con grado 2 …me la quitaron por un tiempo…un año más o menos por fallo de ellos y me la suspendieron en ese tiempo que cobraba 194e al arreglarlo me lo pagaron retroactivamente y me pusieron una cuantía de 214e en Andalucia Cádiz….mi pregunta es ….está bien???? ya que estoy leyendo por algunos sitios de que la ayuda debería ser mayor…..me podéis dar una explicación…para saber si todo está correcto???? ….y el por qué???

    además empeore muchísimo por una gran escoliosis y una operación mal hecha ….bueno hab sido 4 operaciones…y aún me quedan 1 o 2 más….y he perdido la poca independencia que tenía me pasó todo el día en cama por los dolores y por como me han dejado … bastante peor que antes de operarme ……..podría solicitar el grado 3 de la ley de dependencia?????
    mi asistenta me dijo que si ….pero tengo miedo a que me la vuelvan a quitar mientras tanto…o que ocurra algo …ya que tuve muchos problemas…en estos años tarde en arreglar la ley….el papeleo…al menos 3 años y pico … y no quiero que me vuelva pasar nada así ..
    gracias un saludo

    • Hola Bernardino,

      Las ayudas se asignan en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente, no hay un importe fijo por grado de dependencia. Se tienen en cuenta varios factores. Si crees que debería ser mayor puedes pedir una revisión a los servicios sociales para que vuelvan a evaluar tu situación y, si es necesario, actualicen las ayudas que tienes asignadas. Saludos.

    • Hola Jacinto,

      En caso que tu madre sea una persona dependiente y tenga asignadas las prestaciones correspondientes, deberías estar asignado como su cuidador en el PIA (Plan Individual de Atención).

    • Hola Maria del Mar,

      Las ayudas por dependencia no se relacionan con la edad, sino con el grado de dependencia. Si tu hijo sigue teniendo el grado de dependencia 2 y no cambia la situación económico-familiar, la ayuda no cambia de por sí.

  36. buenas tardes ,quería hacer una consulta .
    Tengo una hija con autismo de 5 años actualmente tiene un grado de dependencia II con 50% de discapacidad.
    Mi pregunta es; ahora por situación económica nos tenemos que ir a vivir con mi madre y mi hermano mi madre está jubilada y cobra unos 800 eu mi hermano está cobrando el subsidio de 463 y yo estoy de baja en mi empresa y voy a tramitar mi discapacidad y también la incapacidad permanente total , actualmente mi nómina es de 1100 entonces me quitarán la ayuda de mi hija de 268 eu que me están dando ahora?

    • Hola Elena,

      Ante cualquier cambio de situación económica-familiar de la persona dependiente se debe informar a servicios sociales por si hace falta volver a realizar la valoración para ajustar las ayudas. Es posible que con el cambio de situación las ayudas actuales se vean modificadas para adaptarlas.

  37. Tengo a mi madre con 87 años, con una discapacidad del 81%, con La ley de la dependencia reconocida en Grado III desde el año 2019.( con prestación de ayuda en domicilio por 70 horas mensuales, con un copago de 45 €) Cobra una pensión de 1000 € ..Residimos en un municipio de Sevilla.
    Actualmente tenemos contratada una interna en su casa, conviven solo las dos.
    Somos dos hermanas que vivimos en una localidad cercana a nuestra madre y que ayudamos en sus gastos. Por su deterioro hemos solicitado revisión del PIA en la Ley de la Dependencia para ingreso en una residencia. En el caso en que concedieran el ingreso en la misma, cuánto sería la cantidad que abonaría la Junta de Andalucía ? Tendría que abonar mi madre algo de la residencia?

    • Hola Evein,

      No te podemos indicar la prestación económica que le correspondería puesto que ello se fija mediante la evaluación económica y familiar que realiza Servicios Sociales. Lo que sí podemos hacer, si te interesa, es estudiar vuestro caso para valorar si el programa Pensium os puede ayudar mientras esperáis plaza en una residencia pública. Te dejamos el enlace para que puedas ver el funcionamiento del programa:https://pensium.es/como-funciona/.

      Si quieres que te contactemos para estudiar vuestro caso sin compromiso, sólo tienes que decírnoslo. Un saludo.

  38. mi mujer tiene dependencia grado 1 y 88% discapacidad.
    yo soy pensionista y quisiera saber si puedo obtener alguna ayuda económica para sus cuidados

    • Hola Ovidio,

      Para obtener una ayuda económica por cuidarla, debes figurar en el PIA de tu mujer como su cuidador. En caso contrario, no será posible.

  39. mi mujer cobra un grado 1 de ley de dependencia,153 euros y hemos solicitado grado 2 por empeoramiento,hasta q la valoren le pueden dejar de pagar los 153 euros?? o eso no se lo tocan

    • Hola Jorge,

      No, hasta que no se realice la valoración y se modifique el PIA las ayudas que tenéis asignadas se mantienen. Un saludo.

  40. mi madre tiene un grado 3 de dependencia,le han aprobado 715€para pago de servicios de ayuda a domicilio, actualmente cobra 430 euros de una pensión no contributiva,la puede seguir cobrando o la pierde?

    • Hola Nancy,

      Cuando se otorga una prestación por dependencia ya se tienen en cuenta los ingresos que tiene la persona beneficiaria, no le quitan nada de lo que ya esté cobrando.

  41. Mi madre tiene grado II de dependencia, pero actualmente vive sola y no hay ningún hijo empadronada con ella, por lo cual no recibe ninguna compensación económica. Mi pregunta es: ¿ Si mi madre se va a vivir con cualquier hijo, tiene derecho a recibir ese pago? Gracias

    • Hola Enrique,

      Si tu madre va a vivir con cualquiera de los hijos y, por lo tanto, su situación cambia debéis pedir una revisión del PIA para ajusten las prestaciones que recibe a la nueva situación.

  42. Sandra granizo nacarino

    Puede ser que pase de grado 1 a 2 de dependencia y me bajen el importe mensual a cobrar y no me lo aumenten?

    • Depende de cuál sea ahora tu situación económica-familiar, las ayudas no dependen únicamente del grado sino de los recursos y situación de cada persona.

  43. Me an dado grado Uno y dos Voy a ir cada vez peor Frigomialhia , lumbargia menisco y cartílago desustrurado ,depresión y ansiedad desbordada Tengo derecho a la paga no contributiva?? I que grado me correspondería??

  44. Buenos días,
    Ha mí madre le denegaron la ley de la dependencia, hice el recurso de alzada y denegado ,tiene 87años, varías lesiones óseas y una Fibrosis pulmonar lleva él oxígeno día y noche, cada día está más débil y le vamos a contratar una persona interna eso supone un desembolso económico considerable.
    Podría conseguir alguna pequeña ayuda económica.
    Respóndame porfavor .
    Un cordial saludo.

    • Hola María Ángeles,

      Nosotros sólo tratamos con la Ley de dependencia. Desconocemos si existen otras ayudas que puedas solicitar en tu caso. Lamentamos no poder ayudarte más.

  45. A mi padre le acaban de diagnosticar parkison hace tres semanas, y puede que demencia, cual es la ayuda economica mensual que les concierne a mi padre y a mi madre?

    • Hola Xabi,

      Hasta que servicios sociales no realice la valoración de la situación económica y familiar de tu padre no sabrás las ayudas que le corresponden.

  46. he pedido las ayudas a la ley dependencia en la generalitat de catalña, mi hijo tiene grado 2 – 50%, tiene una pension no contributiva de 629€, la generalitat de comunica que me dan 69€ mes, esto es correcto?

    • Hola Javier,

      Si crees que es insuficiente pide revisión del PIA a los Servicios Sociales. Las ayudas se establecen de forma personalizada en función de la situación económica y familiar de cada caso, con lo que no te sabemos decir si es o no correcto. Gracias.

  47. Hola ! Mi marido tiene hace 13 años Parkinson y cada vez esta peor no camina solo le llevo en silla de ruedas el necesita 3 o mas ayuda al dia para levantarse de la cama ,para ducharse ,para cambiarse de ropa ,para ir al wc etc y le dieron grado I puntuación 043 caracter permanent yo creo q el tiene grafo 2 o 3 ??? Yo estoy todo el dia con el no puede quedarse solo se cae mucho

    • Hola Francisco,

      Si crees que no es correcta la valoración que le han hecho, exponlo a servicios sociales y solicita una revisión.

  48. tengo un hijo autista dependencia 77% discapacidad 41% y no puede estar en el cole solamente asta a las 13 de la tarde y yo soy su cuidadora no profesional y no me dan trabajo con esas pocas horas que llevas en el cole! tengo derecho de recebe como cuidadora de mi hijo? tiene el grado 3

    • Hola Adriana,

      Si por ley de dependencia estás asignada como cuidadora no profesional de tu hijo en su PIA, tienes que tener una ayuda económica como cuidadora.

    • Hola Miguel,

      Este tema lo deberías consultar directamente con Servicios Sociales de tu localidad, nosotros desconocemos los tiempos concretos de cada comunidad autónoma.

  49. Buenos días
    Soy de la comunidad de Madrid y me acaban de conceder un 70 % permanente. Dependo absolutamente para todo de mi marido porque lo cual hemos solicitado la dependencia a través del Trabajador Social.
    Cuánto tardarán en concedérmela y lo que cobraré por él estar cuidándome las 24 h.
    Soy una mujer de 62 años.
    Muchas gracias
    Saludos

    • Hola Concepción,

      Los tiempos dependen mucho de cada comunidad autónoma, desconocemos en que tiempos se mueve concretamente la comunidad de Madrid. En cuanto a las ayudas comentarte que no hay una ayuda económica fija, sino que dependen de la evaluación de la situación económica y familiar que realicen desde Servicios Sociales. Un saludo.

  50. Solicite la ley de dependencia en octubre de 2019. Me harte a llamar, vivo sola. Reitere la solicitud. En febrero 2022, me conceden grado 2. Si bien, y que, a mi no me han ayudado en nada. Hoy, despues de esperar cita tl. Me llaman, preguntando, que pasa. Pues tiene que esperar!!! A que, pues tienen que llamarla a otra cita. Cuando? No sè!!! Y entonces, a usted, le pagan, para gastar dinero publico, y cabrearme màs . No sabe, tiene que esperar!!!. Esto, es en canaria. Tenerife. La verdad, tienen una plantilla, para reirse de los ciudadanos. Totalmente. Pero, ellos si cobran, tal vez, lo que nos corresponde a nosotros. Le dige, creo que esto no es españa. Es africa.

  51. Hola, tengo una duda.. Si la solicitud de la ley de dependencia fue en diciembre del 2021 y me llegó la primera carta con en abril del 2022 y la segunda carta con el Pía aprobado llegó el 6 de mayo, con fecha de aprobación el 8 de abril, me tocaría cobrar atrasos? Vivo en Valencia. gracias.

  52. buenas tardes
    mi hermana recibe por la ley de dependecia de mi padre una cuantia mas o menos de 120 euros.
    la asistente social en su dia nos pregunto que para que queriamos el dinero,le dijimos que para el arreiglo del baño,o para cama elevadora.etc.mi pregunta es ,,,,ese dinero hay que usarlo para eso o no hace falta justificar para que lo estas gastando?

    • Hola Jany,

      No hace falta justificar la inversión, se entiende que el dinero se utiliza para que la persona dependiente esté lo mejor cuidada posible.

  53. RAMON DEL FRESNO GARCIA

    Buenas tardes tengo un grado de discapacidad reconocida desde el año 2007 del 50% con un positivo 7 y movilidad reducida, posteriormente en el año 2019 solicite revision por empeoramiento y me subieron el grado al 65% con el positivo 7 y movilidad reducida, que impreso tengo que solicitar en renta para solicitar la retroactividad de dicha subida de discapacidad, si por el 50% son 3.000 por el 65% son 9.000 que impreso tengo que solicitar para solicitar dicha retroactividad tengo entendido que se puede solicitar dicha retroactividad, se puede solicitar dicha retroactividad los 2 años desde que se me concedio el 65%

    • Hola Ramon,

      Deberías hablar directamente con un asesor fiscal, él te proporcionará la información más fiable. Nosotros no somos expertos en estos temas. Gracias.

    • Hola Caridad,

      En principio son prestaciones independientes y pueden ser compatibles, pero computan en los ingresos que se tienen en cuenta para otorgarte una u otra.

  54. ¿Es compatible cobrar la ayuda de Cuidador no profesional y el IMVital o te lo restan? La prestacion para el Cuidador no profesional,¿siempre se ingresa en la cuenta de la persona Dependiente o se puede cambiar el perceptor? Gracias

    • Hola Rocio,

      En principio son compatibles, pero los ingresos del IMV se tienen en cuenta para asignar la ayuda por dependencia.

      Sobre tu otra pregunta, en principio sí se puede ingresar en la cuenta del cuidador, pero para mayor seguridad consúltalo con servicios sociales.

  55. M Dolores Lopez

    Buenos díasYo cobraba 153 euros por cuidar a mi madre dependiente,pero ahora yo también soy dependiente y me han suprimido la paga.
    ¿Cómo es posible que no cobremos nada ahora que las dos sómos dependientes?

    Gracias

    • Hola M. Dolores,

      Es normal que te hayan suprimido la paga como cuidadora porque, al ser también dependiente, no cumples con los requisitos para ejercer de cuidadora. Lo que ahora se debe hacer es re-evaluar la situación a través de servicios sociales para que actualicen las ayudas por dependencia a vuestras nuevas necesidades.

  56. Hola, que significa esto?

    Este convenio especial surtirá efectos desde la fecha de reconocimiento de la prestación económica por dependencia, siempre y cuando se solicite dentro de los 90 días naturales siguiente a esa fecha. Transcurrido dicho plazo, surtirán efectos desde la fecha en que se haya solicitado su suscripción.

    • Hola Fátima,

      Significa que si te das de alta dentro de los 90 días posteriores a la fecha de efecto de la prestación económica que se te indica en el PIA, tu alta constará en esa fecha. Si lo haces más tarde, la fecha de alta al convenio especial será la fecha en que realizaste la solicitud.

    • Hola Moisés,

      La evaluación del grado de dependencia la realizan personas especializadas, nosotros no te podemos indicar el grado que le debe corresponder. Lo lamentamos.

  57. Buenos días, cobro cada mes la dependencia de mi hijo y este mes pasa de Abril 2022 no he cobrado aún, como puedo saber q pasa,porque pasa esto ,estoy preocupada ,se lo agradezco

    • Hola Maria Carmen,

      Para saber qué ha podido suceder lo mejor es que contactes directamente con servicios sociales. Un saludo.

  58. Hola mi mujer está solicitando una incapacidad permanente pero aún está sin contestar el INSS estamos solicitando una ayuda de dependencia que seguramente si nos la condeden sea grado I ,
    ¿ sería incompatible cobrar la pensión por incapacidad y la ayuda por dependencia ?
    Gracias.

    • Hola David,

      Cuando te asignen la ayuda por dependencia te la asignarán en función de tus ingresos (donde se computará la pensión por incapacidad). A priori no son incompatibles (a no ser que ambas ayudas respondan a la msma causa), pero sí influye en la asignación de las ayudas por dependencia.

  59. Hola una pregunta yo solicité,la ayuda de la dependencia y me la aprobaron,la solicite en 2019,y me pagaron 29 de abril 678 eruos,era para saber si me pertenece atrasos,muchas gracias

    • Hola Yessica, en principio te corresponden atrasos a contar desde la fecha de efecto que consta en el PIA. Un saludo,

  60. Hola por todos los comentarios que e leido yo quería saber si alguien a cobrado ya de los que habéis publicado retraso a mí también me está pasando a mi hija le suelen depositar del 29 al 1 pero este mes no le han ingresado cómo puedo averiguarlo

  61. Maribel Mesa Padilla

    Mis padres venden su vivienda para comprar otra más cerca de mi ( hija) le han concedido el grado 3 a mi madre, le perjudica a la hora de cobrar su ayuda?
    Gracias

    • Hola Maribel,

      En teoría los cambios en la situación económica y personal se deben comunicar a Servicios Sociales, que pasará a re-evaluar la situación para ajustar las ayudas.

  62. Martin telechea eguren

    Mira vivo solo tengo 67 años y me an dado el grado de dependencia,fuy a una residencia y estuve un día, y llamé a mi hija y la dije que me sacaría vi cosas raras de mal trato,y a una interna me contó que la maltratavan y me asuste y me fuy,la pregunta mi hija trabaja y me atiende por las tardes ,no me lleva su casa porque es pequeña no viviendo con migo,puede recibir, alguna prestación economica

    • Hola Martín,

      Lamentamos la experiencia que nos cuenta…en principio, si no conviven, su hija no puede constar como su cuidadora en el PIA con lo que no percibirá la ayuda como cuidadora no profesional en entorno familiar. Aún así, existen algunas excepciones en el requisito de convivencia, con lo que le recomendamos que realice la consulta a servicios sociales para asegurarse.

  63. Hola, quisiera si es posible que me aclaren si corresponden atrasos y desde cuándo, solicite la dependencia en diciembre de 2019, en marzo de 2022 le han reconocido el grado 3 de dependencia, estoy a la espera del PIA, y como he dicho mi pregunta es si le corresponden atrasos y desde cuándo le corresponderían.
    Gracias.

    • Hola Arancha,

      Si aún no tienes el PIA no se te han asignado ayudas, con lo que no se generan atrasos. Los atrasos se computan a partir de la fecha de efecto de las ayudas establecida en el PIA.

  64. Hola
    El año pasado me abonaron los atrasos de la dependencia el 9 de abril, este año todavía no me lo han abonado, soy de Andalucía, saben ustedes si hay algún retraso general?
    Magdalena Carmona
    Gracias

    • Hola Magdalena,

      Desconocemos las casuísticas concretas de cada comunidad. Para ello deberías informarte directamente en Servicios Sociales. Gracias. Un saludo.

  65. Patricia Moreno Sánchez

    Hola suelo cobrar todos los años en marzo 330€ de unos atrasos de ley de dependencia, sólo en marzo esa cantidad. Ya estamos a 9 de abril puede ser que haya atrasos? Gracias por su respuesta

    • Hola Patricia,

      Es posible que haya atrasos por los comentarios que vamos recibiendo en nuestro blog al respecto, pero no te lo podemos confirmar. Lo mejor es que hagas la consulta directamente a servicios sociales. Un saludo,

  66. Hola, a mi madre le han reconocido el grado dos de dependencia, la cuidamos entre todos los hijos turnándonos, cuánto se cobraría con ese grado y de qué manera realizan el pago, un saludo

    • Hola Olivia,

      Depende de la valoración que realice la asistenta social y lo que considere que tu madre necesita por parte del Estado. No hay una prestación económica fija.

  67. Hola. Hoy es lunes 4 de abril y aún no me han ingresado la Dependencia cuando antes siempre lo ingresaban entre el 28 y 1 del mes. Estoy en ING. ¿Saben si hay retrasos generalizados o soy un caso aislado? Gracias.

    • Hola José,

      Desconocemos si hay atrasos, pero por la cantidad de comentarios relacionados con los pagos que estamos recibiendo creemos que sí ha habido una demora en los pagos. Para confirmar deberías consultar directamente con servicios sociales. Un saludo.

  68. Hola ! Me gustaría saber si existe algún retraso con los pagos de este mes ya que estamos a día 2 de abril y aun mi hijo de 9 años no a recibido la pensión que le corresponde y normalmente hacen los ingresos entre el día 27 y 1 en el caso de mi hijo y hace nada e mirado su cuenta y no había ningún ingreso y es la primera vez q pasa esto en nuestro caso y no se si hay algún retraso o a pasado algo con el pago y si es un retraso, cuanto tiempo se tardaria para que hagan el ingreso? Somo de Madrid. Gracias!

    • Hola Andrea,

      Desconocemos si hay atrasos, pero por la cantidad de comentarios relacionados con los pagos que estamos recibiendo creemos que sí ha habido una demora en los pagos. Para confirmar deberías consultar directamente con servicios sociales. Un saludo.

  69. Hola Buenos días solo quiero saber si hay algún retraso con los pagos de este mes porque todavía no he cobrado nada y cuido a mi abuela de 84 años está en el grado 2 suelo cobrar los 29 y todavía nada
    Muchísimas gracias con antelación pase buen día

    • Hola Francis,

      Nosotros desconocemos si ha habido algún problema con los pagos este mes, pero tenemos muchos comentarios que dicen lo mismo así que entendemos que ha habido algún retraso pero no te lo podemos decir con exactitud. Deberías consultar directamente con servicios sociales. Un saludo.

    • A mí me pasa lo mismo, la solía cobrar 30-31 y este mes aún nada, me imagino que será algo generalizado, puesto que veo comentarios que se repiten, que no será problema individual

    • Pues a mi tampoco me han ingresado este mes de abril,pues viendo q no soy la única puede ser un retraso,he estado llamando al 012 para informarme como me dijeron de la oficina donde hacer el tramite y nunca contestaron.
      No está de más pedir cita con la trabajadora social q nos inicio la prestación.

  70. buenos dias, tengo una hija con dependecia de grado 2 de madrid, hasta ahora hemos estado percibiendo la prestacion de dependencia desde hace un año,
    la consulta es hasta cuando se deja recibir la prestacion por dependencia.
    un saludo

    • Hola Luis,

      La ayuda no se deja de percibir, en todo casa va a variar si cambia la situación de tu hija y solicitáis una revisión del PIA.

  71. Hola buenas noches, yo no he cambiado de banco, la situación es la misma, pero aún no he cobrado y siempre del 25 lo más tardar el 26 me ingresaba, están con retraso?
    Gracias de antemano por la respuesta esperando su contestación, un saludo.

    Reply

    • Hola Macarena,

      Nosotros no conocemos el motivo del retraso, deberías consultarlo con servicios sociales.

  72. Hola! tengo una hija con una grado 2 de dependencia que cpbra 268 euros y tb por ser mayor de edad 626 de la actual pension. Ella esta incapacitada legalmente, y algunas personas aqui en catalunya comentan que la dependencia me estan pagando una parte que no me corresponde pq ya se asume en la pensión, que es la de ayuda a la tercera persona, tendre que devolver alguna cantidad a lo largo del tiempo? nadie me ha avisado de nada pero nos da miedo. Gracias!

    • Hola Nerea,

      Si ya tenías estas prestaciones cuando iniciaste la solicitud de ayudas por dependencia y te la asignaron, no hay problema. Sin embargo, si las prestaciones que comentas te las asignaron con posterioridad a las ayudas por dependencia deberías consultar su compatibilidad a servicios sociales.

  73. Buenos dias, a dia de hoy aun no hemos cobrado la dependencia y suelen ingresarnosla el dia 24-25, alguien ha cobrado ya o sabe el porque del retraso? gracias

  74. Hola, mi madre de 84 años tiene una Pension de 760 euros, la valoraron en Marzo de 2021 y a fecha de hoy no sabemos qué grado le han asignado, no nos lo han notificado aun. Tiene movilidad plena pero su deterioro cognitivo se ha acelerado muchísimo en el último año. Nos la hemos tenido que llevar a casa y la situación de ha vuelto insostenible. Desorientación, caidas, pérdida de memoria, agresividad……
    En la provincia de Cádiz sabemos que optar a una residencia subvencionada puede tardar años (nuestro padre enfermo con grado 3 y en 2,5 años hasta su fallecimiento no conseguimos ayuda para geriátrico subvencionado teniendo que afrontar uno privado con recursos privados de los hijos).A mi madre dada la situación, hemos decidido buscarle un centro geriátrico privado. Podríamos solicitar algún tipo de ayuda económica para ayudarnos a afrontar el costo de un geriátrico privado? Es compatible con la solicitud de plaza pública en geriatrico? En la actualidad no disponemos de capacidad para el pago de los 1650 euros de un centro privado.

    • Hola Fernando,

      Si te parece bien te contactamos a través del mail que nos has facilitado y vemos si el programa Pensium os podría ser de ayuda mientras esperáis las ayudas por dependencia.

  75. Hola: Mi madre tiene reconocido un grado 3 nivel 2 y estamos pendientes del PIA. ¿ Si se establece cualquier tipo de ayuda económica o asistencial podemos renunciar a ella y optar por la espera en residencia pública y hasta entonces optar por el cheque asistencial. Hablo de la CCAA gallega.
    Gracias y un saludo

    • Hola Juana,

      Entendemos que el trabajador social os ha anticipado lo que probablemente os asignen. Si es así y queréis cambiar de servicio lo mejor es comunicarlo a servicios sociales cuanto antes, porque una vez te manden el PIA (si no estás conforme con lo asignado) deberás iniciar un proceso de revisión.

    • Hola Maria,

      Esta consulta la deberías realizar directamente a servicios sociales, nosotros no te podemos ayudar en eso. Un saludo.

    • Hola Francisco,

      Normalmente se pagan a final de mes. Consulta con servicios sociales si crees que ha habido algún error en el abono de tu prestación. Un saludo.

  76. Buenas noches
    Tengo un hijo de 23 años hace 6 meses solicite la ley de dependencia
    hace 2 meses que estuvo en mi casa una persona para entrevistar a mi hijo y hoy día 24 de marzo hemos recibido una carta en ella pone que le reconocen el grado 1
    Ahora que tengo que esperar a que venga otra persona para que le puedan hacer el PIA
    Gracias

    • Hola Gerardo,

      Correcto, el siguiente paso es que venga a tu casa un trabajador social para realizar la valoración de la situación económica y familiar de tu hijo y elabore el PIA, donde se indican las ayudas que le corresponden.

  77. Yo tengo una pregunta ami abuela le an dado la ley de la independencia pero como cuidadora se puso mi madre y mi madre ya no vive con eya y la que la e cuidado siempre e sido yo cómo podría cambiarme yo como cuidadora gracias

    • Hola Sara,

      Debes solicitar una revisión del PIA a Servicios Sociales y explicar la situación para que, si procede, hagan el cambio de cuidadora.

  78. Buenos días,
    Si recibo una ayuda por cuidador no profesional de grado II, tengo algunas horas asignadas para que vengan del servicio de SAD, A ayudarme?
    Y si es grado III, me pertenecen ?
    Saludos,

    • Hola Eva,

      Si estas asignada como cuidadora no profesional, en principio, no hay servicio de ayuda externo. La ayuda es precisamente para que tu prestes esta atención a tu familiar dependiente. Un saludo.

  79. Buenos días
    Tengo un hijo de 13 años con PCI y tiene la valoración de 86/100 de discapacidad,baremo de movilidad ( puesto que está en una silla),y otorgada la valoración de concurso de la tercer persona, puntos 96 para BVD
    Acudo con esta resolución a los servicios sociales, que es lo que me dijeron, para una valoración de prestación ,puesto que no tengo ni patrimonios ni ingresos en este momento.Pero me dicen que esto no es dependencia…como????.digo yo
    O sea?
    Qué hago?
    Donde más acudo? Estoy desesperada
    El crío tiene reconocido todo
    No entiendo
    La trabajadora social nunca me ha echo caso de nada,dice que ella lo siente,no puede hacer nada,de nada, que tengo que esperar la dependencia,pero si ya tiene la valoración
    Qué me aconseja?
    Soy de Cataluña,un pueblo muyyy pequeño
    Gracias
    Saludos

    • Hola Ángela,

      Para solicitar las ayudas por dependencia tu hijo tiene que tener un grado de dependencia reconocido. Una vez tenga reconocido el grado, servicios sociales acudirá a vuestro domicilio para realizar la valoración de la situación de tu hijo y elaborará el PIA (Plan Individual de Atención), donde se estipularán las ayudas por dependencia que le correspondan. Sin el reconocimiento de grado la trabajadora social no puede iniciar el proceso.

      Te facilitamos un enlace donde encontrarás toda la información para solicitar el reconocimiento de dependencia en tu comunidad autónoma: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Reconeixement-de-la-situacio-de-dependencia

  80. Buenos días , soy cuidadora no profesional De persona con grado3.
    Yo me quedo , los 387€ , y los ingreso en mi cuenta para mis gastos . Estoy haciendo algo ilegal???
    Y, saber cuantas horas está permitido trabajar , en una empresa , siendo cuidadora no profesional.En la comunidad valenciana.
    Gracias

    • Hola Mari,

      No estás haciendo nada ilegal.

      Respecto a las horas de trabajo, dependerás de las horas de dedicación como cuidadora que tengas estipuladas en el PIA.

  81. Buenos días,

    ¿La Cuantía máxima PEVS, te la ingresan a tí como dependiente o a la empresa autorizada o autónomo que realiza el servicio?

    En el caso de que te la ingresen a tí como dependiente, ¿hay que gastarla toda?

    Un saludo.

    Gracias

    • Hola Angela,

      Las ayudas las ingresan a la persona dependiente para cubrir sus gastos asistenciales. Se entiende que la ayuda se utiliza para ello, no se comprueba si la has gastado toda o no.

  82. Buenos días,
    ¿Se puede cobrar a la vez con un Grado de Dependencia II, la Cuantía máxima por Prestaciones de cuidados en el entorno familiar (268’00€) + la Cuantía máxima PEVS (426’12€)?
    ¿Qué requisitos son necesarios para cada una?
    Un saludo.
    Gracias

    • Hola Gela,

      Se pueden llegar a asignar en el PIA dos tipos de servicios distintos, pero no sería lógico que te asignaran las dos ayudas que comentas al mismo tiempo, puesto que la PEVS es para pagar servicios externos y la prestación por cuidados en entorno familiar es justamente lo contrario.

  83. Hola qué diferencia de dinero existe entre ser cuidador no profesional o decidir que sea una empresa privada (S.A.D) la que de el servicio a la persona dependiente. Vi un comentario q un grado 1 le ingresan 154€ por ser cuidador no profesional… Es la misma cuantía que ingresan si viene una empresa ?

    • Hola Arancha,

      Esto se asigna en el PIA y los importes dependen de cada comunidad y de las circunstancias de cada persona, no te podemos decir si serían importes equivalentes.

  84. Hola buenas:
    Nos ha llegado hoy carta con el grado de dependencia de mi abuela.
    Ahora qué pasos hay que seguir para cobrarla,bueno para usarla para los servicios o cubrir las necesidades.
    Nos llama servicios sociales o hay que llamar para preguntar?

    • Hola Carmen,

      Ahora servicios sociales se pondrán en contacto con vosotros para concertar cita para visitar a tu madre en su domicilio. Ellos valorarán la situación y elaborarán el PIA (Plan Individual de Atención), donde se detallarán las ayudas que le corresponden y su fecha de efecto.

      • Tengo una duda, el reconocimiento de Grado ¿lo hace la enfermera del Centro de Salud que va primero a tu casa o la Valoradora/trabajadora Social que acude después?

  85. ¡Buenas! Le quería hacer la siguiente pregunta: a mi abuela le han reconocido el grado I de dependencia pero según me han dicho algunos familiares, no te dan ninguna prestación económica sino que simplemente te dan de alta en la seguridad social para que te cotice posteriormente. ¿Es cierto? He visto por los comentarios que desde 2019 se volvió a aprobar la ley para recibir una prestación económica.
    ¡Muchas gracias de antemano!

    • Hola Tamara,

      Una vez se obtiene el reconocimiento de grado servicios sociales visita a la persona dependiente para realizar su valoración y elaborar el PIA (Plan Individual de Atención), donde se detallan las ayudas que le corresponden y su fecha de efecto. En caso de que corresponda prestación de cuidados en el entorno familiar, la cuantía máxima es de 153 €/mes.

      Si te asignan a ti como su cuidadora y cumples los requisitos podrías darte de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales. En este caso el estado se haría cargo de tu seguridad social.

      Esperamos haber resuelto tus dudas. Un saludo.

  86. Cristina Sánchez

    Hola, mi tia tiene una minusvalía del 65 %, tiene una enfermedad mental desde hace muchos años y principios de demencia que a veces le afectan fisicamente (se cae, se quema, etc) haciendo todo ello la convivencia muy dificil día a día. Ya hemos solicitado la ley de dependencia y estamos a la espera de valoración. Ella no tiene ingresos, depende economicamente 100 % de su marido pero es propietaria de medio piso. ¿Para asignar ayudas económicas o ayudas de otro tipo en el caso que se la den, se fijan en su situación económica o patrimonial personal, o también en la de su marido? Ya que su marido se niega a desembolsar dinero alguno. Gracias

    • Hola Cristina,

      Miran la situación económica y familiar. Es decir, tienen en cuenta la situación de la unidad de convivencia…después cada comunidad tiene sus varemos específicos, pero sí tendrán en cuenta a su marido.

  87. ANTONIO ROMERO

    Buenos dias.A mi madre le han concedido una asignacion economica de 715 euros por tener grado 3 ,la pregunta es :esta ayuda la tiene en cuenta la seguridad social a la hora de quitarle el complemento a minimos que cobra por tener una pension muy baja.muchas gracias

    • Hola Antonio,

      Las ayudas de dependencia te las asignan teniendo en cuenta tus ingresos, con lo que no se modificará el complemento (ya lo tuvieron en cuenta antes de asignar la ayuda), a no ser que en tu comunidad haya alguna norma que diga lo contrario.

  88. Buenas tardes hoy me he enterado que se había vuelto a incluir la ayuda económica al cuidador retirada de la ley en su momento entrando en vigor otra vez en 2019 tengo un hijo con 95 %que va a centro de dia .Puedo pedir el retroactivo de dichas cantidades gracias

    • Hola Luisa,

      Es cierto, a partir del 1 de abril de 2019 el Estado volvió a activar el pago de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de personas dependientes.

      A la pregunta que haces sobre si esta modificación tiene carácter retroactivo, la respuesta es no. A partir del 1 de abril del 2019 el Estado volvió a hacerse cargo del pago de las cuotas de Seguridad Social de los convenios especiales que ya existían antes de esta fecha y que estaban pagando los propios cuidadores, pero no se abonarán las cuotas asumidas durante el período en que el Real Decreto 615/2007, la norma que regula los convenios especiales de los cuidadores de dependencia, se mantuvo suspendido.

  89. Hola mi hija 17 años, tiene reconocida una discapacidad del 65% y vivimos en Castilla y León. No hemos solicitado de momento nada de la ley de dependencia nipara ella , ni para mi mujer como cuidadora , nos corresponde algo. Acudimos a servicios sociales?

    • Hola Jose,

      El primer paso es solicitar el reconocimiento de grado dependencia, para que después en función de ello y la situación económica y familiar os asignen las ayudas que correspondan, si es el caso. Acudid a servicios sociales para que os indiquen los pasos a seguir y podáis iniciar el proceso.

  90. Lola Polo Barrantes

    Hola, tengo una situación excepcional que paso a relatarles:soy hija y nuera de dos matrimonios mayores, de los cuales me ocupo como familiar, sobre todo en temas médicos y de muchas tareas que en el día a día necesitan. Ambos matrimonios tienen edades entre los 85 y 87 años de edad, hasta ahora se ha encargado el SAD de ayudarnos, pero ya es insuficiente y necesitarían más horas de atención. Además mi suegro tiene una minusvalía y el otro hijo que vive con ellos también es minusvalido y a veces necesita de nuestra ayuda. Yo soy sociosanitario titulada y actualmente en paro y nos estamos planteando que sea yo la que me quede de cuidadora de los 4 y pedir la ayuda como familiar. Me podrían indicar los pasos a seguir? Ambos están ya bajo la ley de la dependencia(mi madre tiene un grado 1 desde hace un año) pertenecemos a Extremadura. Gracias por su atencion

    • Hola Lola,

      Deberías comentar la situación con servicios sociales puesto que se debería pedir revisión del PIA en ambos casos para que tu pases a ofrecerles el servicio de atención como profesional.

  91. Hola mi hija con 7 años está con grado 3 cobra 387euros mensuales la subida que dice el gobierno que iba a subir al partir del 1 de enero Ami hija no le an subido la pensión que a podido ser un saludo

  92. Buenas tarde tengo un niño de 8 años con una Hemiparesia no utiliza la
    Mano izquierda y el pie le falla un pco. Le caducaba en octubre la dependencia y hoy nos llega la resolución y de un grado II se la bajaron a un grado , I el caso es q no estamos de acuerdo el no puede ponerse zapatos, ni calcetines, necesita ayuda para el baño ,no puede utilizar cubiertos con las dos manos …. Y quisiéramos saber si eso es reclamable y como podríamos hacerlo.

    • Hola,

      Si no estáis conformes con la resolución podéis recurrirla. Para ello hay unos plazos, con lo que te recomendamos que acudas a servicios sociales para informarte de cómo llevar a cabo el procedimiento e tu comunidad autónoma.

  93. Liliana sachez lopez

    He solicitado que se regularse mi pensión, pues tengo reconocido un 86% desde el año 2009 y no se me reconoció económicamente hasta el 2020he presentado la pertinaz reclamación aportando la documentación, junto con las leyes que me amparan para el cobro de esos atrasos, pues en 2009 se me negó mi derecho de percibir la cantidad que me corresponde. Como y quien puede informarme de en qué estado está mi solicitud. Gracias anticipada

  94. Hola mi pregunta es si es verdad que han subido un cuatro por ciento a las ayudas de ley dependencia Soy de granada

    • Hola,

      Las subidas de las prestaciones económicas por dependencia dependen de cada comunidad autónoma, con lo que deberías consultarlo directamente a Servicios Sociales.

  95. Hola Buenos Dias , que días se cobra la ley de Dependencia ? Siempre en Bankia lo cobraba el día 31 a más tardar , pero al cambiar de cuenta al Banco Santader , que m lo hizo la asistenta social , este mes aún no lo he cobrado , estoy a la espera que la asistente me llame a ver que me puede aclarar , a no sé si por ser otro banco , llega 2 o 3 días más tarde ….
    Sabéis algo ?
    Gracias

    • Hola Adela,

      El abono de la Ley de Dependencia no está relacionado con el banco por el cual se cobra. Si crees que ha podido haber algún problema con el cambio de cuenta consulta a servicios sociales mejor.

    • Ami me está pasando lo mismo siempre me lo ponen en día 27 o 28 y este mes estamos a 28 y aún no lo eh cobrado así que no lo entiendo

  96. Buenas, después.de.un añoe.llego el.dia 3 de enero aprobado la dependencia grado 2 severo, y quisiera saber cuando empezará mi esposa a cobrar como cuidadora ,cuanto esta la cuantía y desde cuando le respetan el cobro es decir desde donde es de carácter retroactivo, gracias

    • Hola Antonio José,

      Una vez se ha reconocido el grado de dependencia de tu esposa, una personas de servicios sociales debe acudir a vuestro domicilio para valorarla y, en función de la situación económica y familiar, estipular las ayudas correspondientes en el PIA (Plan Individual de Atención). En el PIA tendrás la fecha de efecto de las ayudas y la cuantía (en caso de corresponderos ayudas económicas). Un saludo.

  97. Buenos dias ,es cierto quevla ley de dependencia sube edte año,yo tengo el grafo 1:y cobro 145,y yevo un año ala espera para que me miren el grado 2

    • Hola Elisabet,

      La actualización de importes es algo que depende de cada comunidad, desconocemos si en la tuya hay alguna actualización este año.

  98. Jose Luis Fernández

    A mi madre le han asignado grado 3 de dependencia. Solicité prestación económica para cuidarla yo mismo, pero, la han concedido 16 horas semanales de ayuda a domicilio y no me habían informado de ese cambio. Que puede haber pasado?. Como puedo informarme?

    • Hola Jose Luis,

      Debes hablar directamente con la seguridad social, nosotros no te podemos ayudar en este tema.

  99. Buenos días, soy la cuidadora pero el ingreso de la ley dependencia se ingresaba en la cuenta del dependiente. Ahora ya ha fallecido y quisiera saber si esa parte me pertenece, ya que se puede demostrar que no se ha tocado nada. Gracias

  100. Hola, soy cuidadora no profesional de mi abuela con Alzeimer , grado 3.
    Cobro 387€ , y lo ingreso en mi cuenta corriente.. Estoy actuando bien?
    Mi abuela , anda ( no para en todo el día ), no se puede quedar sola ,.
    Tengo la ayuda de mi madre , mi padre , mi hermano.
    POdria trabajar , en un contrato de 3 horas y media ? O, 4 horas .

    • Hola Mari,

      Ningún problema en cuanto al ingreso de la ayuda en tu cuenta. Respecto al trabajo, deberías informar a servicios sociales por si ello te puede suponer algún ajuste en la cuantía que te pagan por dependencia, puesto que varía la situación económica al obtener más ingresos.

  101. Tengo una incapacidad permanente total es decir el 70 por ciento y una discapacidad del 50 por ciento voy a ir a una residencia privada podía solicitar ayuda es una residencia mental el grado de dependencia es el uno

    • Hola Marisa,

      Con grado de dependencia I podrías tener alguna ayuda, pero no te otorgarían plaza pública.

  102. Mi madre tiene un grado I de dependencia,y esta cobrando 106 eu,hasta hace poco vivia con mi hermano,siendo este el cuidador,hace poco vive commingo y solicite el cambio de cuidador,que soy su hija,la ayuda la perderia al cambiar de cuidAdor?

  103. Hola necesito poner una ducha en el baño para poder duchar a mi padre que tiene el 3 grado de dependencia y una ayuda económica para contratar una cuidadora

    • Hola Manuel,

      Deberías hablar con Servicios Sociales para ver qué opciones tienes al respecto. Un saludo.

  104. BUENOS DÍAS. Yo tengo esclerosis múltiple ,gran invalidez 77%grado de discapacidad.Dependencia me ha dado lll .Ahorra me dice que si tengo gran invalidez nu puedo percibir más de 300 euros .Yo he pedido ayuda para fisioterapia en fundación de esclerosis múltiple. Es verdad?

    • Hola Cornelia,

      Desconocemos tu situación exacta, pero si desde servicios sociales te han indicado esto será así sin duda alguna.

  105. Hola,después de separarme las ayudas por tener una niña con tea que recibimos de la seguridad social,ayuntamiento y generalitat,becas de colegio y material escolar(mi otra hija no tiene nada) y psicóloga se traspasan tal y como se ingresan en la cuenta donde figura cada una de ellas pasan a la cuenta de mi ex sin figurar las niñas,es una cuenta suya,estos mismos gastos me los pide,no hay ningún requisito en que gastarse ese dinero?incluso deja de pagar el colegio o la doctora cuando las ayudas cubrían ampliamente los gastos
    Las ayudas fueron pedidas dentro del matrimonio y tenemos la custodia compartida.
    Gracias

    • Hola Ivan,

      Este tema lo tendrías que hablar directamente con tu abogado, nosotros desconocemos las particularidades de tu convenio de separación y custodia.

    • Hola Daniel,

      Los plazos dependen de cada comunidad autónoma, lo cierto es que a nivel general está habiendo cierto retraso.

  106. Hola aquien corresponda,yo estoy a cargo de una persona con grado 1 de la dependencia,la ayuda se fue cobrando cada mes de 26,27,28 de cada mes pero en diciembre 2021 no le hicieron el ingreso,por favor me pueden asesorar que debo hacer gracias
    Saludos

    • Hola Carlos,

      Las prestaciones económicas de la Ley de dependencia dependen de la situación económica y familiar de la persona dependiente.

  107. Milagros garcia

    Tengo mi marido con grado 2 de dependencia con pudo de alquiler . Tiene que pagar solo alquiler o mas gastos de la casa? Como el iva o algo asi

    • Hola Milagros,

      El grado de dependencia no tiene nada que ver con lo que tiene que pagar del piso. Pagará lo que le corresponda según el contrato de alquiler.

    • Hola Celestino,

      Los atrasos se computan a partir de la fecha de efecto establecida en el PIA. Respecto a cuando los vas a cobrar no te podemos decir, pues depende de la gestión de cada comunidad autónoma. Saludos.

    • Hola Isabel,

      Si no tienes ningún grado de dependencia reconocido no puedes solicitar ninguna ayuda. Saludos.

  108. Hola tengo reconocida el derecho de ña dependencia de 2 grado reconocida por enfermedad fisica mi y esta a puesta al nombre de mi madre mi pregunta seria si si mi madre falleciera a mi me quitarian la prestacion economica??

    • Hola Rosa,

      Si tú eres la persona dependiente y tu madre es tu cuidadora asignada en el PIA y fallece, lo que se deberá hacer es una revisión del PIA para volver a valorar la situación y asignarte las ayudas que te correspondan en función de ello.

  109. VIRGINIA AMELIA VALLINA CAMPILLO

    Es compatible la cuantía de dependencia grado III con una pensión de viudedad de 810 euros

    • Hola Virginia,

      Compatible en sí lo es, lo que en la asignación del importe de la ayuda tendrán en cuenta los ingresos familiares (con lo que el ingreso de 810 euros será tenido en cuenta para determinar la cuantía que te asignen)

  110. Hola me llamo Mónica y acaba de llegar mi carta de valoración de dependencia. Me pone que tengo un 3 grado con dedicación completa y un BVD de 81 y eso no lo entiendo. Me pueden asesorar por favor y gracias

    • Hola Mónica,

      El BVD es el Baremo de Valoración de la Dependencia. El BVD permite determinar las situaciones de dependencia moderada, dependencia severa y de gran dependencia y el nivel dentro de cada grado. En tu caso te han asignado grado III (Gran dependencia, que se corresponde a una puntuación final del BVD de 75 a 100 puntos) con BVD de 81, correspondiente al nivel 1 de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 26 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

      A partir de aquí, servicios sociales hará la valoración económica y familiar correspondiente y te asignará las ayudas en función de ello.

  111. Hola, Una pregunta hoy me han visto el grado de discapacidad que tengo tengo una enfermedad ocular se llamaa aniridia pero no me ha visto ni trabajadora social ni sicologo, osea me ha visto el doc y me ha dicho ya te llegara la carta a casa yasta con unas minimas preguntas me ha visto por encima y yasta alguien save si esto es asi

    • Hola,

      Desde Pensium trabajamos más con temas de dependencia, no de discapacidad. Entendemos que si el doctor te ha indicado que ya ha iniciado el proceso y tienes que esperar a recibir la carta con la certificación de discapacidad será así.

  112. Buenos días:

    Mi madre tiene reconocida el Grado I de Dependencia en el cuidado de entorno familiar desde hace más de un año (esta cobrando 153€), desde hace meses la situación a empeorado, le han amputado una pierna y ya no se vale, por si sola. Antes de darle el Alta en el hospital, la trabajadora social hizo el informe de revisión de grado, y hace más de un mes ya vinieron a casa a hacer la revisión. Que pasos tengo que seguir y cuanto tiempo tardan en dar la nueva revisión?? Y si va a seguir cobrando esa cantidad hasta que se resuelva

    • Hola Eva,

      Respecto al tiempo que pueden tardar en resolver la revisión no te podemos decir nada, puesto que no disponemos de esta información. Lo mejor en este caso es que te pongas en contacto con servicios sociales directamente.

      Ahora mismo no tienes que dar ningún paso más, simplemente esperar a la revisión de grado y a la revisión del PIA (donde se revisarán las ayudas de acuerdo a la nueva situación). Mientras no haya resolución, tu madre va a seguir cobrando las ayudas que ha tenido hasta ahora.

      • Gracias, el viernes me a llegado la resolución ya. Hemos pasado de grado I a grado III pero pone algo de 82 BRV, y no lo entiendo, tampoco entiendo las cantidades que ponen. Ponen 2021: 406,80 y 2022: 321,06 euros. Hasta el día 18 no tengo cita con la asistencia social de la gerencia territorial

  113. Hola,recurro a ustedes para pedirles asesoramiento y ayuda.Pues estoy desesperada porque no sé que tengo que hacer para solicitar una ayuda económica.Mi caso es este:
    Desde hace dos años o más me tengo que ocupar de la ayuda a mis padres para cosas básicas que cualquier persona en buenas condiciones de salud lo pueden hacer pero en mi caso no es así
    Mi padre enfermo que no sale ni de casa y mi madre casi no puede andar ni hacer las tareas propias de un hogar.Yo como hija estoy haciendo lo imposible por ayudarles al 100×100 pero resulta que ahora mi salud no está para rendir y ayudar como hasta ahora.En Julio estube ingresada por una insuficiencia respiratoria severa crónica sin determinar, ingresé de urgencia Y hasta el día de hoy me han diagnosticado por prescripción médica Oxígeno 15 horas diarias. Aparte de que apenas hago cualquier mínima tarea me ahogo y soy incapaz de realizar las tareas mínimas en casa para la ayuda a mis padres y la mía propia.
    Les agradecería me prestasen su información y ayuda de que ayuda económica podría acceder.Pues con la pensión de mi padre no llega casi ni a terminar el mes .
    Y como persona tengo unas necesidades que ahora ni puedo cubrir.
    Necesito ayuda,estoy desesperada.
    Un saludo

    • Hola Toñi,

      Lamentamos mucho tu situación, deberías acudir a servicios sociales para ver qué opciones tenéis. Ellos son quien mejor te pueden asesorar, valorando vuestra situación económica y familiar.

    • Hola Rita,

      Deberías preguntar a servicios sociales, nosotros desconocemos el caso con lo que no podemos decirte porqué no has cobrado los atrasos ni cuando los vas a cobrar.

  114. Luisa Rodríguez jimenez

    Alguien puede decirme si mientras me suben la ley de la indepencia sigo cobrando los 268 asta que me la suban?
    Aun no e cobrado estoy a la espera….

    • Hola Luisa,

      En principio, si estás cobrando una ayuda de dependencia y has pedido una revisión de grado por empeoramiento vas a seguir cobrando la ayuda actual hasta que hagan la revisión.

  115. Alguien me podría decir porque no me an pagado la ley de la dependencia siempre la e cobrado sin problema pero este mes de diciembre 2021 no e cobrado y estoy desesperada alguien me podría decir algo gracias

  116. Hola, tengo un hijo con TEA con el 49% de discapacidad y un grado II de dependencia me acabo de llegar el reconocimiento de la dependía que tengo hacer a partir de esta confirmacion realmente no estoy muy enterada de a lo que tengo derecho ni que hacer si alguien me puede ilustrar por favor

    • Hola Carmen,

      Ahora debes esperar a que Servicios Sociales vengan a tu casa a realizar la valoración de la situación de tu hijo (situación económica y familiar). En función de ello elaborarán el PIA (Plan Individual de Atención) donde te indicarán las ayudas que te asignan.

  117. Hola. Tengo grd.I de la dependencia por enfermedades mentales fobia social en cual mi mi se necesito la ayuda para compras realizar AVD una veces díaria ademas tengo una PNC. PIA solicitid entregada en 2 de enero 2020 por la Benestar Social de Catalunya. Me informo de trabajadora social cuando voy recibir la ayuda 153 euros mensual y ella me dijo q se falta pasar 18 meses. Ok ahora ha pasado 23 meses poca poco y no tengo ninguna respuesta. Benestar social me ha respondido q esta en silencio administrativo y q no tiene dinero para pagar. Mi pregunta es a donde puedo ejercitar mis derechos para q me paga la ley de la dependencia ? Pensó q voy a Justicia Social de Barcelona en fine porque es mucha tiempo no recibo la ayuda. Pido un consejo q mi se falta hacer? Gracias.

    • Hola Loan,

      Desconocemos qué procedimiento debes seguir en este caso, lo mejor es que acudas a un asesor especializado para que te oriente.

  118. Julio César Simón Choya.

    Hola mí madre tiene 83 años de edad y una lumbalgia sebera con un disco estropeado y crónica, casi no puede ni caminar y con dolores,casi no pega ojo por las noches debido a los dolores,saber qué ayuda la pertenece al mes,gracias.

    • Hola Julio,

      Primero tu madre debería tener reconocido el grado de dependencia. Luego, en función de esto y de la valoración que hagan desde Servicios Sociales de su situación económica y familiar, se elaborará el PIA (Plan Individual de Atención), donde se detallarán las ayudas que le corresponden.

    • Hola Ana,

      Para recibir la ayuda económica como cuidadora no profesional debes constar en el PIA de tu hija como su cuidadora. En caso que no figures, puedes pedir a Servicios Sociales una revisión del PIA.

  119. Tengo una discapacidad del 44% intelectual vivo con mis padres pero no sé cocinar ni poner una lavadora podría cobrar la pensión de dependencia de grado 1?

    • Hola Miguel,

      Primero deberías tener reconocido el grado de dependencia. A partir de ese momento, Servicios Sociales valorará tu situación y te asignará las ayudas correspondientes.

  120. Hola buenas tardes, mi consulta es porque me reconocieron el grado de dependencia 2 y ahora es que me han concedido la ayuda económica, lo que pasa es que me la han ingresado directamente a mi en vez de ingresarla a la entidad privada que me realiza la ayuda a domicilio. Me habían dicho que a mí no me deberían de haber ingresado nada, soy de Madrid. Asique, ¿cada vez que reciba el ingreso tengo que transferirlo inmediatamente a la entidad privada que me ayuda?

    • Hola Izan,

      Nosotros no te podemos resolver este tema, lo mejor sería que hables directamente con Servicios Sociales y expliques lo que sucede.

  121. Virginia Rivero Menchero

    Mi padre tiene reconocido el nivel 3 de dependencia, y la trabajadora social de Urda, dice que en Castilla la Mancha, no hay prestacion económica, que solo puede acceder, ayuda a domicilio y cama articulada.

    • Hola Virginia,

      Las ayudas dependen siempre de la situación económica y familiar de la persona dependiente, cuya valoración la realiza Servicios Sociales. Nosotros desconocemos si la situación requiere o no ayudas econímicas, aunque entendemos que si Servicios Sociales ha considerado que no es porque debe ser así.

  122. Hola! Tengo hijo de 8 años con TEA, tiene 45% discapacidad y tercer grado de dependencia (ahora hemos recibido la carta). La trabajadora social me ha dicho que tenemos derecho solamente de 15,5 horas en la semana de apoyo personal – una persona va venir en casa a limpiar o salir con el nene de paseo, pero NO puede ir a recogerlo del colegio, porque el nene va en otro pueblo al cole. Mi pregunta es si tenemos derecho de alguna prestación economica o elegir alguna hora apoyo personal y alguna prestación economica, porque el nene va en terapias privadas i también pago a una chica que lo recoge drl cole 2 dias a la semana. Es para La Rioja. Gracias!

    • Hola Gyul,

      Si servicios sociales ya ha hecho la valoración y os ha asignado esta ayuda es porque considera que es la adecuada. Si consideras que es insuficiente puedes pedir una revisión del PIA para que vuelva a valorar la situación y modifiquen lo que se os ha asignado.

      • Muchas gracias para la informacion! Mañana me pongo en contacto con la trabajadora social para pedir revisión del PIA. Mil gracias, estoy extranjeta y las cosas no lo tengo muy claras.

      • Muchisimas gracias por la respuesta! Hemos hablado con la trabajadora social otra vez y me ha dicho que no puedo optar PECEF porque estoy trabajando a hornada completa y que PECEF puedo optar solo si estoy trabajando hasta 20 horas semanales. Dice que esto es lo que nos dan y nada de prestación economica. Yo no estoy de acuerdo con esto y creoque voy a buscar un asesor aver si me puede ayudar. No se donde puedo hacer la queja.

        • Hola Gyul,

          Si no estás de acuerdo lo mejor es buscar un asesor que te guíe para una posible reclamación si procede.

  123. Hola buenos dias, tengo aprovado 2 grado dependencia de mi madre 93 años siendo yo en este caso la cuidadora, el PIA se me comunico en enero 2021, pero aun no hemos recibio nada la Comunidad es de Catalunya, puedo saber desde cuando podra cobrar mi madre. El `PIA aprovado? gracias

    • Hola Mercé,

      Desconocemos el tiempo de espera que hay en cada una de las comunidades, lo mejor es que realices la consulta a servicios sociales. En todo caso, cuando cobres, en principio, se te pagarán los atrasos desde la fecha de efecto que se te indica en el PIA.

  124. Buenos días
    Mi madre de 88 años acaba de enviudar. Ella tiene reconocido un grado 1 de dependencia por lo que cobra 153 euros mensuales, y no tiene más ingresos.
    Mi pregunta es: La pensión de Viudedad es acumulable a los 153 euros de la dependencia o es incompatible? Hay cuantia máxima en caso de ser acumulable?
    Muchas gracias

    • Hola Amparo,

      Son perfectamente compatibles y no son acumulables. Lo único que puede pasar es que al revisarse el PIA, como la situación económica y familiar de tu madre ha cambiado, haya un ajuste de las ayudas.

  125. Buenos días. El dos de septiembre me reconocieron el grado dos y ya ha venido la trabajadora social para la documentación. Me dijo que me llegaría una carta de cuanto y cuando cobraría. Me podrían decir cuanto tarda esa carta de confirmación???? En Sevilla. Un saludo y gracias.

    • Hola María,

      Desconocemos cuanto tiempo puedes tardar en recibir la resolución, te aconsejamos que preguntes directamente a servicios sociales para ver si te pueden dar alguna estimación.

  126. María del Carmen Cruces Vega

    Tengo un grado de dependencia de grado 1 quisiera saber si he lo tengo desde el 2010 estaba en un centro de día ahora en el año 21 en este año me dieron de baja aunque los tres últimos años no es asistidoTengo que tengo que pedir informe para que me suban el grado lo he echado para que me paguen desde el 2010 que tengo la de la ley de la dependencia hasta el día de hoy y sigo con ella voy a pedir informe para que me puedan subir la ley de la dependencia puesto que tengo más cosas en mi contra me puedes responder por favor que no sé mucho de esto estuvo la trabajadora de la ley de la dependencia y por ella se todas estas cosas y vivo en Fuerteventura correspondiente a las Palmas de Gran Canaria Canarias graciasAh tengo 55 de minusvalía minusvalía

    • Hola María del Carmen,

      Si crees que tu situación ha empeorado, debes pedir una revisión del grado de dependencia. En el caso de subirte el grado, servicios sociales valorará de nuevo la situación y ajustará las ayudas por dependencia que recibes. Esperamos haber resuelto tu pregunta.

  127. Hola, mi consulta es la siguiente,cuánto debe cobrar un cuidador interno que atiende dos personas en su domicilio que reciben ayuda del gobierno,y cuales serían sus horas de descanso?

    • Hola Armando,

      Esta pregunta la deberías formular directamente a un especialista en temas laborales, nosotros desconocemos esta información. Un saludo,

    • Hola buenas noches haber mi hija tiene concedida la ayuda de la dependencia empezamos a cobrar en el mes de febrero de 2021,y resulta que todos los meses bien me lo an ingresado pero este mes todavía nada y me preguntó por qué puede ser,y me an dicho una Amiga que ella la Cobra por su hijo que cada cierto tiempo te piden documento donde gastas esa ayuda pero esque Ami desde la última carta que recibí en enero diciéndome lo que me iban a pagar por mi hija no eh vuelto a recibir ninguna carta más entonces me da miedo porque no se que pensar por cierto mi hija tiene grado ll,y también quisiera saber hasta cuándo puede cobrarla muchas gracias

      • Hola Beatriz,

        La gestión de las ayudas por dependencia está cedida a cada comunidad autónoma, deberías consultar a servicios sociales directamente para saber qué ha podido suceder en tu caso. Gracias.

    • Hola Maria Carmen,

      Primero tiene que tener reconocido el grado de dependencia, para ello se debe presentar la solicitud a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento dónde se esté empadronado. Una vez reconocido el grado, Servicios Sociales realizará una valoración económica y familiar de la persona dependiente y, en función de ello, le asignará las ayudas oportunas.

  128. MI MADRE TIENE RECONOCIDO DEPENDENCIA GRADO I. TIENE POCA VISION, SORDA Y DEMENCIA. EN LOS ULTIMOS MESES SU DEMENCIA ES MUCHISIMO MAS ACUSADA, NO SABE DONDE ESTA NI YO SU HIJA ME RECONOCE EN MOMENTOS DEL DIA. NO SE LEVANTARIA POR LA MAÑANA SI NO LA OBLIGO NI SABRIA DONDE IR SI FUERA A LA CALLE. NO OBSTANTE, COMO PUEDE COMER SOLA Y ANDAR (AUNQUE CON LA DIFICULTAD DE VISION Y DOLOR DE PIERNAS) SIN BASTON, ASUNTOS SOCIALES NO LE RECONOCEN GRADO II. COMO CONSEGUIR UNA VALORACION MEDICA QUE INDIQUE SU ESTADO MENTAL REAL? SU MEDICO DE CABECERA? LA PSIQUIATRA Y NEUROLOGA SE LIMITAN A INDICAR QUE LO QUE LO OCURRE ES EL PROCESO NORMAL DE DEMENCIA Y LA SEGUNDA LE DIO EL ALTA.

    • Hola Lourdes,

      Desconocemos cuál sería el procedimiento en tu caso. Lo recomendable es exponer la situación a los servicios sociales, ellos son los que determinan el grado de dependencia, y preguntar si con un certificado médico alegando el estado mental que comentas la volverían a valorar para actualizarle el grado.

  129. Hola.tengo grado 1 de incapacidad y mi domicilio es una habitación alquilada.como puedo acceder a una vivienda donde pueda contar con lo minimo de mis necesidades.soy casada hace muchos años.mi marido no cuenta con trabajo estable para poder pagar el alquiler de una habitacion ..podré aspirar a un piso de proteccion oficial..o ayudarme con un alquiler economico??.gracias

    • Hola Miroslava,

      Deberías hablar con servicios sociales para ver cómo te pueden ayudar, ellos valorarán tu caso de forma personalizada y te indicarán si existe algún tipo de ayuda a la que te puedas acoger o el proceso a seguir para optar a un piso de protección oficial.

    • Hola Eloisa, no nos consta que haya una subida en las prestaciones por dependencia de cara el año próximo. Aún así, asegúrate de ello preguntando directamente a Servicios Sociales.

  130. Hola mi madre tiene dependencia grado 1 hemos pedido revision, y el dia 14 de Octubre le realizaron, en el supuesto que le dieran grado 2 y no tiene nada en su propiedad, que cuantidad le podria otorgar aprox .
    Gracias

    • Hola Iolanda,

      Las ayudas siempre varían en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente, servicios sociales hace una valoración global y asigna las ayudas correspondientes. En todo caso, para un Grado II de dependencia, la cuantía máxima de la PEVS es de 426,12€/mes y la de la prestación por cuidados en el entorno familiar de 268,79€/mes.

  131. Yo soy cuidadora de madre que tiene grado 3,llevo 4 años cuidándote y viviendo con ella.Solicite a la junta q me diesen de alta como cuidadora no profesional,ya q no puedo trabajar. Esto es así?no cotizo y no puedo trabajar por cuidar a mi madre.

    • Hola Mercedes,

      Si estás asignada como cuidadora de tu madre en el PIA (Plan Individual de Atención), puedes suscribirte al convenio especial de cuidadores no profesionales en entorno familiar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en una Administración de la misma, aportando la solicitud debidamente completada y la documentación necesaria indicada en dicha solicitud.

  132. Hola, me han concedido grado I y Teleasistencia, vi la comunicación a través de Internet con la resolución del PIA, han venido a ponerme la Teleasistencia 3 días después pero nadie me ha notificado nada por carta ni nada, está la resolución por internet con el certificado electrónico, mi pregunta es, ahora que tengo que hacer para cobrar, deben de pedirme más papeles bancarios o algo o simplemente es esperar a la notificación y esperar, por otra parte Uds creen que en servicios sociales me darán mas información ( lo hice todo desde allí). Gracias

    • Hola María,

      Si en el PIA te han asignado una ayuda económica y tienes dudas sobre si disponen de toda la documentación para realizarte los pagos, lo mejor es que consultes directamente con Servicios Sociales. Ellos te informarán.

  133. Hola:
    Me gustaría saber si puedo cobrar alguna otra prestación como paro agricola o ayuda por desplegó si estoy cobrando.la prestación económica por cuidar a mi madre que tiene el grado III.

  134. Hola, buenas ¿Tiene mi madre derecho a los atrasos si pedimos una revisión del Pía? Pues ella tenia ayuda a domicilio pero renunciemos a ella al traerla a mi casa hace ya 3 años.

    • Hola Manuel,

      Los atrasos se pagan desde la fecha de efecto que se indique en el PIA. Consulta a servicios sociales para ver qué sucede con las ayudas que aún no se han cobrado si se revisa el PIA y se asignan ayudas distintas.

  135. Hola mi pregunta es la siguiente.
    Mi madre tiene el III grado tiene la ayuda a domicilio de 2hora y cuarto todos los días teniendo está ayuda puedo solicitar una ayuda por cuidarla gracias

    • Hola Ana,

      Deberías solicitarlo pidiendo una revisión del PIA a Servicios Sociales. Ellos decidirán se te otorgan o no ambas ayudas.

    • Hola Lourdes,

      Las ayudas por dependencia se asignan en función del grado y de la situación económica y familiar de la persona dependiente. El organismo encargado de realizar la valoración y asignación de ayudas es servicios sociales, con lo que nosotros no te lo podemos indicar. Lo único que te podemos decir es que los importes máximos para Grado III 715,07€/mes para PEVS y 387,65€/mes para Prestaciones de cuidados en el entorno familiar. Un saludo.

  136. Hola: Mi madre tiene desde hace años grado II Nivel II estoy como cuidadora sunq no cubre los gastos qconlleva una vida medio bien. Su pensión es de 402€ y luego cobra una por Algo de invalidez o no se antes era el Gas. Quisiera saber si con esa dependencia tiene q pagar IVA. IBI etc. Y cuanto me correspondería cobrar ya q no nos dan ni para la SS. Gracias saludos Rosa

    • Hola Rosa,

      La duda del IBI debes consultarla directamente en el ayuntamiento de tu municipio, ya que es un impuesto que depende de cada ayuntamiento. Respecto a tu otra consulta, si constas como cuidadora de tu madre en su PIA y, cumples los requisitos, puedes suscribirte al convenio especial para cuidadores no profesionales en entorno familiar. En este caso el Estado se haría cargo de tu seguridad social.

  137. Angela Dolores Sanchez Delgado

    Hola buenos dias mi consulta es yo tengo reconocido el grado 2 desde hace unos años en ese momento solicite la ayuda a domicilio vale y ahora quiero solicitar prestacion economica de los 268 euros yo vivo con mi hijo de 16 años y tambien sigue conviviendo con nosotros mi exconyuge y como ahora esta en paro por ejemplo el hace la limpieza de la casa y me ayuda en mi higiene y las auxiliares de ayuda a domicilio hacen la comida y para eso prefiero quitar la ayuda a domicilio y mi exconyuge se apañaria para hacer todo y el que solicite como noprofessional tendria que darse de alta no y que cuenta bancaria tendria que poner la suya o la del beneficiario que soy yo elotro dia hablamos con la trabajadora social y nos dijoque al estar divorciados nose podia solicitar con el y he consultado con otras personas que si podia porque sigue conviviendo conmigo y estaayudandome o que grado de consanguinidad debe de tener la persona que solicite gracias espero su respuesta

    • Hola Ángela,

      Esta prestación económica está dirigida exclusivamente a aquellos cuidados que se realizan en el entorno familiar. Es decir, el cuidador debe ser un cónyuge, un pariente consanguíneo o debe existir necesariamente una afinidad hasta el cuarto grado de parentesco. De forma excepcional podría ser una persona allegada, pero debe ser acreditada como idónea por el informe social del trabajador social.

  138. Hola buenas mi madre a pedido el grado 2 para solicitar plaza en la residencia socio sanitaria si se lo dan cobraría más de dependencia??

    • Hola Pilar,

      Las ayudas por dependencia varían en función del grado y de la situación económica y familiar de la persona dependiente. En principio, si hay un incremento de grado las ayudas incrementan, pero se debe esperar a la valoración global que hagan servicios sociales.

  139. Juan Pablo Machón Santana

    Hola.
    Mi madre está en una residencia y le han otorgado grado 3 en la valoración.
    Está pagando el 10% de IVA.
    Mi pregunta es si ya que está valorada el IVA pasa a ser el 4% o sigue siendo el 10% por no ser plaza concertada.
    Gracias y saludos.

    • Hola Juan Pablo,

      La normativa general es la siguiente:

      – Cuando el servicio lo preste una entidad pública estará exento de IVA.

      – Cuando la plaza es concertada, o está ocupada por un beneficiario de PEVS, siempre que la ayuda que recibe suponga más de un 75% del precio, se le aplicará un 4% de IVA.

      En todos los demás casos, se aplicará un 10%.

      Si el cambio de grado implica cambio en el coste de la residencia o en la ayuda, deberías consultar si el IVA se ve afectado.
      Esperamos que la información te sirva de ayuda.

  140. Hola. Quisiera saber si puedo solicitar para mi esposa valoración para grado de dependencia ya que tiene una incapacidad absoluta vitalicia por depresión crónica, migraña crónica y fibromialgia severa.
    Gracias

  141. Buenos días, mi madre tiene reconocido el grado I de dependencia en el entorno familiar, le acaban de amputar una pierna. Mi pregunta es: cual es el proceso a seguir para que la hagan una revisión de grado, y de que la asignará el grado II cual sería la cuantía??

    • Hola Eva,

      Tienes que solicitar la revisión de grado a Servicios Sociales. Una vez hecho revisarán el PIA y volverán a evaluar la situación para asignar las nuevas ayudas. No te podemos indicar la cuantía puesto que ello depende de la situación económica y familiar de la persona dependiente.

  142. Si se tiene solo la pensión y esta es elevada,casada en régimen de gananciales.
    Que porcentaje aporta el dependiente en la residencia?

    • Hola Isita,

      Estos cálculos son diferentes en cada comunidad y no únicamente se miran los ingresos de la pensión. Lo mejor es que realices la consulta a Servicios Sociales, ellos te harán el cálculo con toda la información necesaria.

      • Hola, voy a solicitar el Alta en la Seguridad Social de cuidadora no profesional en situación de dependencia de mi madre de 86 años, con certificado digital y un documento que me piden es la Resolución de la prestación económica de la dependencia, como conseguirla?

        • Hola María José,

          Debes contactar con servicios sociales para que te indiquen cómo conseguir un duplicado del PIA.

    • Hola Moisés,

      Puedes realizar la solicitud para las dos, lo que al realizar el PIA de cada una se valorará la situación global con lo que la ayuda que se asigne a una tendrá efecto sobre la ayuda de la otra.

  143. Hola e recibido la resolución y lo del pia con fecha del 21 de julio de una cuantía de 153 euros cuando ingresarán e leído que tardan 3meses y pagarán los atrasos gracias

    • Hola Jesús,

      La fecha efectiva de pago no la podemos saber, depende mucho de los ritmos y volumen de gestión de cada comunidad autónoma. En cuanto al pago de atrasos, en principio sí te los pagan (a contar desde la fecha de efecto indicada en el PIA). Saludos.

    • Buenos días, mi suegra tiene recocido el grado 3, lo solicito en junio del 2019 y la resolución 03 de septiembre del 2020.empezaron a a pagar en abril del 2021, los atrasó me lo pagará. Gracias

      • Hola Ingrid,

        En teoría, se te abonarán los atrasos a contar de la fecha de efecto de las ayudas indicada en el PIA. Pero consulta a servicios sociales para una mayor seguridad.

  144. José Antonio Aquino Vargas

    Mi madre tiene concedida la dependencia en grado II severo. Tiene una pensión aproximadamente de 800 €. Es propietaria de una vivienda, la cual no puede vender por estar avalando otra vivienda de un familiar.
    Mi pregunta es la siguiente:
    Puede ella alquilar su vivienda sin perder la dependencia. A ella le queda muy poco dinero después de pagar los gastos de residencia y no le llegan para pagar los impuestos, la luz y el agua de la casa que se encuentra vacía en estos momentos.

    • Hola José Antonio,

      Puede alquilar la vivienda sin problema, lo que ello implicará un aumento de ingresos que puede conllevar una revisión de las ayudas económicas que reciba actualmente.

  145. Buenas tardes,mi padre tiene grado 3 nivel 1, dice que quiere realizar un testamento, pero en sus condiciones, ese testamento tendría validez o sería nulo,gracias

  146. Marco Antonio

    Hola, y, ante todo, gracias por vuestra atención. Debo deciros, para empezar, que mi madre falleció el pasado 24 de septiembre en una residencia de Cádiz. El caso es que había solicitado la ayuda por dependencia más de un año antes, el 2 de septiembre de 2020. Pasaron los seis meses estipulados por la propia Administración sin que nos contactasen para nada, ni mucho menos hubiera valoración o resolución. Algo que a mí, directamente, me parece un delito porque ocasiona un perjuicio económico al solicitante.

    El caso es que a mi madre sí la valoraron este mes de julio, y por lo visto hay una carta donde se reconoce el resultado de dicha valoración: grado 3. La carta tiene, por lo visto, fecha de 23 de agosto. Un mes y un día antes de fallecer mi madre. He preguntado hace casi un mes (mi madre aún vivía) que por qué no me llegaba esa carta, dado que yo era su guardador de hecho. Me respondieron desde el teléfono de información de la Dependencia que a ellos les constaba que la carta debía ir a la Residencia, no a mí. Y lo que a mí me consta es que en la residencia geriátrica no ha llegado mes y medio después de haberse fechado.

    Quiero iniciar un procedimiento de Responsabilidad Patrimonial contra la Consejería de Salud y Familias. Mi madre pagó íntegramente con su pensión y sus ahorros todo el tiempo que pasó en esa residencia, esperando a que una Administración absolutamente desvergonzada contestara (ya fuera de plazo) a su solicitud. Sé que hay procedimientos telemáticos, pero lo primero es esa carta donde se le da cuenta del grado de valoración apreciado. ¿Cómo puedo hacer para conseguirla? Porque es la prueba de que la propia Administración ya estaba reconociendo que mi madre tenía un grado severo de dependencia, como poco. Trabajó más de 30 años para el Sistema Andaluz de Salud como auxiliar de clínica, y cuando veo lo que esa Administración canalla e incompetente ha hecho por ella, se me llevan los demonios.

    • Hola Marco Antonio,

      Lamentamos mucho la situación. Te recomendamos que para llevar a cabo este proceso te pongas en manos de un especialista, él te podrá asesorar sobre los pasos que debes hacer y donde acudir en cada caso.

  147. Antonio ferreruela Fernández

    Mi madre anteriormente tenía aprobado un centro de día debido a que no se integraba hemos decidido cambiar el recurso hemos optado por la ayuda económica (yo como cuidador) una vez llegué la ayuda eso viene con efectos desde el cambio de Pía o desde que acepten el cambio?

  148. Hola! Tengo reconocida la dependencia grado III desde el 1 de febrero de este año., y me ha venido aprobada la prestación económica en agosto de 2021. Mi pregunta es, puedo reclamar el pago de los meses desde febrero hasta agosto?

  149. Mi madre está en una residencia privada. Tiene el grado II y cobra 426 euros de ayuda. En enero de este año hemos solicitado la plaza pública y seguimos sin tener noticias. Hace 2 meses solicitamos el grado III y ya la han valorado. Seguimos a la espera de resolución. Desde la valoración, la residencia nos ha subido la cuota 600 euros y se nos hace cuesta arriba. Unos me aconsejan que trámite la ayuda de grado III que son unos 700 euros, pero que tardan más de un año en resolver y otros me dicen que mejor pida la plaza en garantía. Cómo puedo saber lo que le concederán con la plaza en garantía, cobrando 1300 euros de pensión (12 pagas)?

    • Hola Álex,

      Nosotros no disponemos de información suficiente para indicarte que es lo que te puede salir mejor, en este caso te recomendamos que te dejes asesorar totalmente por Servicios Sociales. Un saludo.

  150. En abril de 2019 solicite la ley de dependencia. El 2 de septiembre de este año me han reconocido el grado II y mañana vienen a recoger los papeles para solicitarme la trabajadora social la prestación y decirme, supongo la cuantía. Mi pregunta es: cuanto tardan en empezar a pagarme si estoy en este punto???? Desde cuándo son los atrasos???? Gracias

    • Hola María,

      Los plazos de pago dependen de cada comunidad, pero es cierto que la situación COVID ha hecho que haya más tiempo de espera en la mayoría. Los atrasos te los pagarán desde la fecha de efecto que se te indique en el PIA (Plan Individual de Atención) que realiza servicios sociales.

      • Hola soy Nuria a mi madre le pedido la dependencia y le asignan el grado dos . Y yo soy la que la cuidadora no profesionalPorque vivimos juntas y yo no cobro nada y ninguna ayuda y . Quisiera saber cuánto sería la cuantía más o menos ? Un saludo

        • Hola Núria,

          Las ayudas a la dependencia destinadas a los cuidados dentro del entorno familiar son:

          – Hasta 153€/mes para usuarios con un grado I de dependencia.
          – Hasta 268,79€/mes para usuarios con un grado II de dependencia.
          – Hasta 387,64€/mes para usuarios con un grado III de dependencia.

          Ello no significa que vayas a cobrar la cuantía máxima, esto lo decidirá servicios sociales en función de su valoración.

  151. Hola,a mi hermano le pidieron la independencia lo valoraron y seis meses después ya a firmado lo que va a cobrar?,tiene que llegarle otra carta de cuando va a empezar a cobrar?

    • Hola Josefa,

      En el PIA os indica la fecha de efecto de la prestación que le hayan asignado. En cuanto al plazo para hacerse efectiva es difícil de responder, puesto que dependen de cada comunidad autónoma y en todas se mueven en plazos distintos.

  152. Me acaba de llegar la carta de dependencia grado 1 tengo la tengo la incapacidad total actualmente estoy en una residencia pública pero hasta el mes q viene estuve 1 año en una privada pagando esperando la pública q es lo q me corresponde

    • Hola Marisa,

      Si ya tienes acceso a la plaza pública, no puedes reclamar lo anterior. Es decir, no puedes solicitar ayudas con efecto retroactivo.

  153. Hola el padre de mi novio tiene demencia y van a solicitar lo de la ley de dependencia, mi novio vive con ellos y está trabajando,mi pregunta es ¿se la pueden denegar por estar el viviendo con ellos?Gracias.

    • Hola Gracia,

      Para determinar las ayudas por dependencia se tiene en cuenta la situación económica y familiar de la persona dependiente. Una vez le asignen el grado de dependencia al padre de tu novio, servicios sociales acudirá al domicilio para valorar la situación y determinar las ayudas que le corresponden. No es lo mismo que viva solo y no tenga apenas ingresos o que viva con su pareja e hijos y todos aporten ingresos, la situación es diferente y como consecuencia las ayudas asignadas también lo son.

  154. ANTONIO PINA PEREZ

    Quisiera saber porque Echenique cobra una prestación anual de dependencia de 3559 euros anual cobrando un sueldo de 48900 euros al año y teniendo dos viviendas y unos ahorros de superior a 50000 euros y mi madre con una pensión anual de 16000 euros y una discapacidad a sus casi 95 años de mas del 80% grado 3 no le han dado ni un euro.

  155. Hola,

    Mi padre tiene Grado III y vamos a solicitar ayuda para ingreso en una residencia. Basado en la experiencia con un tío hermano, al otorgarle la residencia con financiación total, creemos que deberá abonar el 86% de la pensión y el otro 14% libre para él y «sus gastos». El tema que mi madre es la persona que lo ha cuidado y ella no tienen ninguna prestación económica, por lo que si le ingresamos ella no podrá tener ningún ingreso. En estas situación, ¿ también se aplica la regla del 86% para personas con una conyugue dependiente?

    Gracias

    • Hola Gonzalo,

      En principio a través de la Ley de Dependencia valoran la situación económica familiar de la persona dependiente. Si tu madre, a causa del ingreso de tu padre en la residencia, se queda sin ingresos debería preguntar a Servicios Sociales si hay alguna opción de ayuda para ella (independientemente de lo que reciba tu padre).

        • Hola Pilar,

          El PIA es el Plan Individual de Atención en el que, después de la valoración por parte de servicios sociales, se detallan las ayudas que corresponden a la persona dependiente (sea cual sea su grado de dependencia). En base a ello, si tu madre tiene reconocido algún grado de dependencia puedes solicitar las ayudas (éstas se asignarán en función de la situación económica y familiar de tu madre)

  156. Hola, me pueden tramitar en la residencia la ayuda PEV de 200€? En el centro de día la tenia para mi suegra con un grado 1 , ahora en la residencia me dicen que solo hay ayuda a partir del Grado 2, que residencias y centros de dia funcionan diferente, es correcto?
    Gracias

    • Hola Ingrid,

      Sí, las residencias y los centros de día funcionan diferente. Si en la residencia te dicen que no hay ayuda para Grado 1 será así.

  157. Hola, a mi madre le ha llegado carta de resolución con fecha de 21 mayo de 2021, reconociéndole grado ll , nos dijeron que tiene que llegar otra carta, supongo que del PIA , con la cantidad y fecha desde cuando se cobra, a fecha de hoy no ha llegado, cuanto tiempo como máximo tiene para mandarla y empezar a cobrar …….gracias

    • Hola Manuel,

      Antes de la carta del PIA, Servicios Sociales deberá acudir a la casa de tu madre para realizar la entrevista de valoración y, en función de su situación económica y familiar, determinarán las ayudas que le corresponden (que es lo que se os indicará en el PIA). Es decir, aún queda una fase antes de conocer las ayudas, su fecha de efecto y empezar a cobrar (si es que se os asigna ayuda económica). Lo tiempos de cobro dependen de cada comunidad, así que no te podemos indicar cuanto tiempo se tarda en cobrar una vez recibido el PIA.

  158. Hola, tengo a mi suegra ingresada en una residencia, pago plaza privada hasta que tenga la pública, tiene el Grado 1, puedo solicitar una PEV si es residencia?
    Gracias

    • Hola Ingrid,

      Si estás pagando residencia privada y tienes derecho a plaza pública, con lo que estás en espera de asignación de plaza, sí que puedes solicitar la PEV.

  159. Creo que no queda clara mi pregunta, he tenido en mis manos fotocopia de la Ley que especifica que el paciente Dependencia Grado II severa puede decidir cuantía en efectivo anual o prestaciones. Indicándose las cuantías según grado. En cuanto nos visitó la Delegada Territorial de Igualdad y políticas Sociales y Resolvió 10/02/21 que mi esposa está en Grado II de Dependencia Severa, yo obtuve vía ordenador, asignadas según Grado de Dependencia. Lo he perdido y es lo que busco.

  160. Solicite la ayuda de la Independencia
    Me llamaron que vienea a casa hacer una entrevista de valoración a mi pregunta es sabré algo de la valoración? Gracias

    • Hola Luz,

      Servicios Sociales realizan la entrevista de valoración para elaborar el PIA (Plan Individual de Atención), donde se indican las ayudas correspondientes en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente, y su fecha de efecto. Con lo que sí, con posterioridad a la visita recibirás el PIA con la información que te comentamos. Un saludo.

  161. Juana López garcia

    Mi madre estuvo en una residencia privada cuando la vieron para darla el grado de dependencia pedimos residencia y tardaron 4 meses en darla residencia nos dijeron q desde q se la dio la dependencia haya q la dieron residencia del IMSERSO nos pagarían una parte del pago de la privada cuánto tardan

    • Hola Juana,

      Los plazos de pago dependen de cada CCAA, actualmente hay retrasos a causa del parón que hubo durante el confinamiento, por lo que desconocemos cuánto tiempo puedes tardar en recibir el pago.

  162. Fernando Barradas Castillo

    Deseo plantear dos cuestiones.
    ¿Cuantas veces ha de llamar la administración antes de pasar al siguiente usuario, y dejar sin valorar al paciente?
    ¿Puede la administración demorar de manera prolongada la valoración de un paciente , «dado que es el único en su zona» y» no se programan visitas para un único paciente»?

    • Hola Fernando,

      La ley de dependencia y la gestión de todos los trámites vinculados a la misma dependen de cada comunidad autónoma. Lamentamos no poderte ofrecer información precisa en este sentido.

  163. Hola buenas.solicite la ayuda de dependencia y todo me salio bien.la última carta que me llegó fue sobre el dia 6 de agosto.y me decía que me ingresarían el dinero.pero a dia 26 de agosto no han ingresado nada.quisiera preguntar cuanto más tardaran en empezar a ingresar?un saludo.

    • Hola Francisco,

      En el PIA lo que te indica es la fecha de efecto de la ayuda que te han asignado. La fecha real de ingreso no está especificada en ningún sitio y se puede demorar más o menos en función de la CCAA. En todo caso, cuando se haga efectivo el ingreso te abonarán los atrasos a contar desde la fecha de efecto que te hayan indicado en el PIA. Saludos.

  164. Hola cobrando la ley de la dependecia te dan de el alta la seguridad social por cuidadora no profesional y me llego la carta de que iba a cobrar ace dos semanas y todavía no man ingresado nada y me pone que lo atrasos me lo dan poco a poco cada año

    • Hola María,

      Te pagaran los atrasos a contar de la fecha de efecto indicada en el PIA. La forma de pago depende de cada comunidad, si te dicen que te lo pagarán poco a poco cada año, será así.

    • Clara naranjo baca

      Hola mi madre tiene grado 3 de dependencia va centro de día,mi pregunta es tengo derecho a la ayuda al cuidador?

  165. Buenas tardes.
    Mi madre tiene demencia con 79 años y estamos a la espera de que la valoren y le den el pia con el grado de dependencia correspondiente.
    Una Amiga me ha dicho que se puede solicitar en la agencia Tributaria una ayuda de 100€ mensuales y que para ello tiene que tener reconocida un mínimo de minusvalía.
    Mi pregunta es ¿si cuando le reconozcan el grado de dependencia y tenga el pia ya puedo solicitar esos 100€ o hay que solicitar otros papeles para la minusvalía?

    • Hola Ana María,

      Entendemos que la ayuda a la que te refieres es la deducción de 100 euros mensuales en las cuotas de la seguridad social. Si estás trabajando, y como consecuencia cotizando, consulta a la seguridad social para asegurarte de que puedes beneficiarte de ella al ser tu madre la persona con minusvalía y no un hijo a cargo.

  166. Hola ma venido la carta como que voi a cobra la ley de la dependecia pero pone que me dan los atrasos de año en año y es muy Pokita cantidad para ser en año en año

  167. Buenas
    Mi consulta es
    Mi madre cobra la pensión no contributiva de canarias y lleva 20 meses en una residencia la cual de su pensión no contributiva la residencia le descuenta el 75%de su pensión
    Y ahora salió la resolución de dependencia de grado dos ;ella tiene ahora derecho a cobrar económicamente también esta cantidad
    Es decir puede cobrar las dos
    Gracias

    • Hola Alberto,

      Si comentas que ahora te ha llegado la resolución del grado dependencia, entendemos que estás pendiente de la definición del PIA por parte de servicios sociales, donde se concretarán las ayudas por dependencia que le pertenecen a tu madre. En principio, si ya está en una plaza residencial pública en el PIA no se le asignarán ayudas económicas.

  168. Tengo la ley de depencia aprobada desde el 23 /03/2021 que nesecito para mi madre y no me a mandado la carta que cuando cobro

    • Hola Fátima,

      Sabemos que hay atrasos en los pagos en muchas comunidades, desconocemos en qué tiempos se mueve tu comunidad. En todo caso, cuando te paguen te abonarán los atrasos a contar desde la fecha de efecto que se te indique en el PIA.

  169. buenas tardes,

    Mi hermana esta cobrando ayuda económica cuidador en entorno familiar, mi madre y tutora aparece como cuidadora, actualmente tienen una cuenta bancaria siendo las dos titulares y recibiendo ahi la prestacion.
    Intentamos cambiar de entidad bancaria por los intereses abusivos y mi hermana a ser dependiente grado II discapacidad más del 33% no lee ni habla y no nos estan dejando realizar alta de cuenta bancaria por ese motivo, pero entiendo que para recibir esa ayuda el dependiente tiene que aparecer en la cuenta si o si, y si los bancos se niegan, donde podemos recurrir???

    • Hola Teresa,

      Si tu madre es la tutora legal (es decir, según resolución judicial) tiene que poder hacer la apertura de la cuenta.

  170. Hola, soy emigrante retornado. En Alemania tengo aprobada la ley de dependencia nivel 2. Que debo hacer para que me la acepten en Andalucía. Ahora vivo en Sevilla desde hace un mes
    Gracias

    • Hola Ana,

      para poder acceder a las ayudas por la Ley e Dependencia, la persona solicitante debe estar empadronada en España y haber vivido aquí al menos durante cinco años. Si se cumple esta condición, una vez reconocido el Grado de Dependencia, en el PIA (Plan de Atención Individual) se indicarán los servicios a los que se puede optar.

  171. Hola!!! Tengo a mi madre en una residencia con grado 2 y plaza pública y ella no tiene pensión , pagamos un importe pequeño porque hacia la renta conjunta con mi padre que tiene una pensión pero no es muy grande. Mi padre tiene grado 1 y con 90 años nos estamos planteando ponerlo tambien en una residencia para que lo atiendan mejor. El precio de las residencias es elevado y con sus ahorros puede pagarla en un periodo corto. El piso es de propiedad y a nombre de los dos, si se alquila tendria que pagar mi madre todo el importe de la residencia? O puede ir ese importe a ayudar al pago de la residencia de mi padre? Gracias y un saludo

    • Hola Andrés,

      En este tema del copago hay muchas diferencias en función de la CCAA, nuestra recomendación es que preguntes directamente a los servicios sociales en tu comunidad. En teoría a ella le correspondería el 50% del importe del alquiler, con lo que entendemos que el impacto no sería demasiado…pero para una mayor seguridad consulta en tu comunidad.

  172. Buenas tardes:
    Nos han aprobado la prestación económica para cuidados en el entorno familiar en el mes de Marzo y nuestra duda es cuál es el plazo aproximado para el ingreso de la prestación y si se pagan atrasos. La Comunidad es Castilla y León.
    Muchas gracias.

    • Hola Roberto,

      Los plazos de pago son muy variables y dependen de cada comunidad, desconocemos en que plazos trabaja ahora mismo la comunidad de Castilla y León. Lo mejor es que consultes directamente con servicios sociales. Respecto a los atrasos, en principio se pagan desde la fecha de efecto que se indica en el PIA.

  173. Hola le han concedido el grado 3 de dependencia a mi padre,¿ para empezar a cobrar hay que darse de alta en la seguridad social o no hace falta darse de alta??? Ya ha recibido la Carta de la resolución PÍA pero aún no han ingresado nada gracias

    • Hola Ana,

      El cobro y el alta en la seguridad social son cosas independientes. Los pagos dependen de cada comunidad autónoma y en muchas se están sufriendo algunos atrasos, en todo caso se te abonarán las cantidades correspondientes a contar desde la fecha de efecto que tengas indicada en el PIA.

  174. Ola buenas ma llegado la carta y mandado en grado 2 y quería saber si me vendrán atrasos gracias un saludo

    • Hola Sara,

      Una vez reconocido el grado debes recibir la visita de servicios sociales, ellos harán la valoración económica y familiar de la persona dependiente y elaborarán el PIA (Plan Individual de Ayuda), donde se indicarán las ayudas que le corresponden y la fecha de efecto.

  175. Buenas. Quisiera por favor saber la siguiente duda.
    Si una persona a la cual le han solicitado la ley de la dependencias donde una vez tenerla le harían el descuento proporcional que desconozco requiere un ingreso en una residencia sin tener dicha solicitud aprobada donde pagaría el 100×100 se le aplicaría una vez aprobada? Muchas gracias

    • Hola Juan Carlos,

      Las ayudas por dependencia se pagan a partir de la fecha de efecto que conste en el PIA.

  176. Hola, vivimos en Catalunya y tenemos pedida la dependencia para mi madre desde Agosto 2020, ella le dieron II severa, i el PIA desde enero 2021. la pregunta es cuando tardan en pagar y si pagaran desde enero 2021 que tenemos el PIA. gracias

    • Hola María Mercé,

      Desconocemos los tiempos de pago con los que trabaja ahora mismo la comunidad de Catalunya, en todo caso, los atrasos, en principio, te los pagan a partir de la fecha de efecto que se indica en el PIA.

  177. Hola buenas una mujer viuda cobra pensión no contributiva y le concedió ayuda dependencia para su hijo de grado III

    ¿Pueden quitarle la madre su pensión no contributiva ?

    ¿Puede solicitar para su hijo ayuda descendiente discapacidad en hacienda 1200€ anual ?

    • Hola Javi,

      La pensión no contributiva no se la pueden quitar. Respecto a tu siguiente pregunta, entendemos que te refieres a la ayuda de 100 euros mensuales para pagar la cotización en la seguridad social. En este caso, es indispensable estar cotizando para percibir la ayuda.

  178. Buenos días, solicité la ley de dependencia para mi abuela en junio de 2019. En julio de este año (2021) vino el trabajador social para valorar el grado de dependencia y me dijo que era el máximo, que el siguiente paso es que me enviaran una carta certificada con el grado de dependencia y luego vendría otra trabajadora social para valorar los cuidados. Sabrían decirme cuánto tiempo tarda la Carta Certificada y la visita de la segunda trabajadora social?
    Muchas gracias y un saludo
    Ariadna

    • Hola Ariadna,

      Lamentablemente los plazos suelen se largos. No te podemos decir cuánto tardan porque cada comunidad se mueve en plazos distintos.

      Una vez recibas la visita del trabajador social para elaborar el PIA, la Ley establece un plazo máximo de resolución de 6 meses (pero sabemos que en la mayoría de comunidades se están superando estos tiempos)

  179. Hola buenas yo estoy cobrando la paga por discapacidad la no contributiva y ahora estoy esperando a k me suban el grado de discapacidad y me Dan la total mi pregunta es si podría pedir la ayuda de dependencia sin k me afecte a la paga no contributiva?

    • Hola Josua,

      Puedes solicitar la ayuda por dependencia sin que afecte a lo que cobras ahora. Lo que la paga no contributiva sí se va a tener en cuenta a la hora de valorar las ayudas por dependencia que te asignan.

  180. Me ha llegado la ressolucion del PIA, con el importe mensual y los atrasos, con fecha 30 de junio, cuando se empieza a cobrar?

    • Hola, un saludo
      Hace ya más de un año que realicé la solicitud de la ayuda de dependencia, aun no e tenido respuestas. Donde puedo ir o llamar para ver como va la solicitud?

  181. Hola, Buenas Tardes, Excelente Web.

    Tengo una Pregunta,: Se puede cobrar la ley dependencia en el extranjero, Y solicitarla, o se solicita en el País que Residas, aunque sea una Residencia de Ancianos ?, así como por ejemplo en Alemania se la pagan ellas por cuotas aparte del seguro obligatorio de salud, cosa que aun se jubilen siguen pagando ambos seguros.

    Un saludo y gracias por la información.

    • Hola Andrés,

      Para acceder las ayudas de dependencia en España debes haber residido en el país como mínimo 5 años, los 2 últimos en la comunidad donde las solicites.

  182. A mi padre la han reconocido rl gráfica de dependencia, tenemos contratada a una persona interna de lunes a viernes como empleada de hogar como empleador mi padre, y tenemos a otra persona contratada los fines de semana a través de una agencia acreditada .
    Cuando nos envirn el Pia lo.pyeden rechazar por tener a mi padre de empleador, de la persona interna por semana , o deberíamos presentar la persona que tenemos contratada por agencia. Gracias.

    • Hola,

      Las ayudas se establecen en función de la situación económica y familiar de la persona mayor dependiente. Se valoran muchos factores, con lo que no te podemos decir si lo que comentas va a ser o no determinante en la asignación de la ayuda.

  183. Mi madre tiene reconocido el grado 1 de dependencia. No recibe ningún tipo de ayuda o asistencia. Somos tres hermanas que nos turnamos en sus cuidados. No sé con ese grado si le corresponde alguna ayuda. Agradeceré su información.

    • Hola Sílvia,

      Las ayudas que os corresponden se indican en el PIA (Plan de Atención Individual) que elabora Servicios Sociales cuando a una persona se le reconoce el grado de dependencia. La asignación de ayudas varía en función de la situación económica y familiar de la persona beneficiaria. Si Servicios Sociales aún no ha realizado el PIA, contactad con ellos para saber cuál es la previsión para que acudan a valorar la situación de vuestra madre.

  184. Mis abuelos estan en residencia con grado 2, uno a coste 0 y el otro en base a su pension el 90% aprox. Tienen una casa y queremos hacer donacion a la hija o a nietos para vivir en ella y poder hipotecarla para reformarla.
    La donación tambien afecta a la calculadora? En la residencia nos dicen que tanto alquilar como donar como vender les afectará. Esto es así realmente? Cuanto afectaría una donación?

    • Hola Miguel Ángel,

      Lo mejor sería que formularas esta pregunta a un gestor, para que analice tu caso particular y, en función de la normativa de tu comunidad autónoma, te indique cuál puede ser la afectación (en caso de que la haya realmente). Lamentamos no poder ayudarte.

  185. Buenas tardes me han reconocido grado 1 en febrero con la cuantía aplicada q me corresponde, ya fui visitada por la asistenta social me dijeron q me pagarían en junio a vencido todavía no he recibido nada. Me corresponde con carácter retroactivo desde febrero? Que día del mes se realizan los pagos? Gracias

    • Hola Jose,

      Los atrasos no te los pagan desde la fecha de reconocimiento de grado, sino desde la fecha de efecto indicada en el PIA (Plan Individual de Atención), elaborado por Servicios Sociales.

      Las pagas por dependencia se acostumbran a abonar entre el 1 y el 5 de cada mes.

      • Francisco Cuenca Morilla

        Hola me han reconocido grado 2 de dependencia me ingresan la cuota mensual tengo derecho a reclamar atrasos de la prestación el expediente es desde Abril 2019 y me lo han dado desde Abril 2021 no me correspondería atrazos. Saludos

        • Hola Francisco,

          La fecha de inicio del derecho a las ayudas la encontrarás en el PIA, ésta es la fecha desde la que puedes reclamar atrasos, no la que se tramitó el expediente. Un saludo.

  186. Mi padre tiene Grado 3 Nivel 2 aprobado de dependencia , acaba de entrar en una residencia lleva 3 día, ellos son los que se encargaran de solicitar la ayuda de 715€, mientras están con la burocracia de los papales mi padre fallece, nos pertenece cobrar ese mes?

    • Hola Isa,

      La gestión de los pagos corresponde a cada comunidad, lo que habitualmente una vez fallecida la persona beneficiaria acostumbra a ser muy complicado que os abonen los pagos no hechos efectivos.

      • Buenos días mi madre lleva en residencia de la comunidad desde noviembre 2020, yo la he tenido conmigo viviendo 9 meses, me hubiera correspondido alguna ayuda, o la corresponde ahora a ella, se ha quedado viuda hace dos meses.

        Muchas gracias

        • Hola Julia,

          Para cobrar la ayuda como cuidadora, deberías haber constado en el PIA como cuidadora no profesional de la persona dependiente en cuestión. En ese caso, se te hubiera asignado la ayuda correspondiente por ser cuidadora no profesional en entorno familiar.

  187. Hola, el 8 de Abril recibi la carta, de la dependencia grado 1 aceptada, i me dijeron q desde esa fecha me ingresarian la prestacion mas los atrasasos, pero aun no he recibido ningun ingreso.
    Mi pregunta es cuanto tardan en pagar?

    • Hola Anabel,

      Una vez recibes el reconocimiento de grado, Servicios Sociales tiene que valorar la situación económica y familiar de la persona dependiente y elaborar el PIA (Plan Individual de Atención). En él se establecen las ayudas a percibir y la fecha de efecto de las mismas. Con lo que, por lo que dices, todavía te queda un paso para saber qué ayudas te corresponden y empezar a cobrarlas. Un saludo.

  188. Angeles Viejo Cuenca

    Buenos días , a mi madre le han concedido 2 horas y 11 minutos diarios para la ayuda de SAD pero hemos pedido que nos permitan acumular horas pues tenemos una persona interna pero necesitamos cubrir las horas de viernes por la tarde y el sábado eso sería posible ?

    • Hola Ángeles,

      Deberías consultarlo directamente con la empresa que te va a prestar el servicio de ayuda a domicilio, a ver si pueden adaptarse o si siguen lo estipulado por servicios sociales.

  189. JOSE PASCUAL IBAÑEZ

    Buenos dia
    A mi madre le concedieron el grado 2 el pasado 28 de Abril
    A dia de hoy aun sigue cobrando cono si tuviese el Grado 1.
    ¡A quien debo recurrir?

    • Hola José,

      Cuando hay un cambio como el que comentas, Servicios Sociales debe modificar el PIA y adecuar las ayudas a la nueva situación. Contacta con ellos para saber cuándo van a realizar dicha revisión.

  190. Hola buenos dias una pregunta a mi hijo le diero un grado de dependencia II y ha estado cobrando la prestación por dependencia 2014 hasta junio del 2021 y este mes de julio no le han pagado porque será? O cuanto tiempo es que dura esta prestación .Gracias

    • Hola Mariela,

      La prestación no ninguna limitación temporal, lo mejor es que contactes con Servicios Sociales para ver qué ha podido suceder.

  191. Buenos días, soy beneficiaria de una paga de la ley de dependencia, y me han abonado los atrasos este mes, pero la seg soc, me los ha embargado , este tipo de pagas no contributivas, se pueden embargar?

    • Hola M.Ángeles,

      En principio, las ayudas por dependencia son inembargables desde el 2015, sin embargo existen supuestos en los que sí es posible embargarlas. Para una mayor seguridad, te recomendamos hacer esta consulta a un especialista que valore tu caso de forma personalizada.

  192. Buenos días. A mi madre le dieron un grado II hace un año y 4 meses , aún no le han pagado nada y está en lista de espera para ingresar en una residencia. Tiene derecho a cobrar la prestación?

    • Hola Pepe,

      Entendemos que te refieres a la PEVS. Sí que tiene derecho a cobrarla, deberías solicitarla a servicios sociales.

  193. Buenos días, mi duda es la siguiente:
    Mi abuela esta en una residencia privada, fueron a valorarla en mayo de 2021 el grado de dependencia, estamos todavía a la espera de la resolución de dicho grado. La cuestión es, cuándo le darán la resolución del grado y cuándo empezará a cobrar la prestación una vez la hayamos solicitado?
    Somos de la comunidad valenciana.

    Muchas gracias

    • Hola Bea,

      Nosotros no te podemos decir nada respecto a los plazos, puesto que desconocemos en qué tiempos está trabajando ahora mismo esta comunidad. Una vez recibas el reconocimiento de grado, servicios sociales debe valor la situación de la persona dependiente y realizar el PIA (Plan Individual de Atención), donde se estipularán las ayudas que le corresponden y su fecha de efecto. En el caso de asignarse ayudas económicas y demorarse en el pago, lo habitual es que en el primer ingreso te abonen los atrasos a partir de la fecha de efecto indicada en el PIA.

  194. Sella Fanjul Álvarez

    Hola,
    se solicitó la Ley de dependencia para mi madre con prestación económica y se le concedió el Grado III
    Mi madre falleció al cabo de un año y medio después de solicitarla y sin haber percibido ningún pago. ¿Tengo derecho a reclamar las cantidades que le hubiesen correspondido cobrar? ¿O una vez fallece el titular del derecho (mi madre) se extingue el derecho del familiar a cobrar las cantidades adeudadas y no abonadas por el Servicio Territorial que tramita todo lo referente a la Ley de dependencia?
    Cuando vino una persona a valorar a mi madre, le pregunté cuando se empezaría a cobrar la ayuda y si se cobraría con carácter retroactivo, me respondió que sí pero que tardaría un poco en empezar a cobrar la ayuda.
    En conclusión, fallecida mi madre ¿tengo derecho a reclamar lo que no se le abonó?
    Muchas gracias por su atención

    • Hola Sella,

      Para una mayor seguridad pregunta directamente a Servicios Sociales, pero habitualmente una vez fallecida la persona beneficiaria no se cobran los atrasos. Un saludo.

  195. Buenos días, mi pregunta es . Mi marido a cobrado el PIA por primera vez ayer pero, solo le ingresaron el mes de junio. Tenemos reconocida la retroactivididad por medio de una carta que recibimos. Pero no le han ingresado ni esa cantidad ni el mes de mayo. Que puedo hacer? Gracias con antelación.

    • Hola Amparo,

      Si tenéis una carta de reconocimiento de retroactividad te lo van a abonar seguro. Consulta con servicios sociales para saber los plazos de pago en tu comunidad.

  196. Hola. Mi pregunta es: Tengo 7n discapacidad mental 71% cobro la PNC. En 2019 diciembre me ha dado un grado I con 28 puntuación con efectos de 11 de deciembre de 2019 por fobia castrofobia social mi se necesito la 3 persona para AVD q me hace las compras etc.
    PIA entregada 14 de enero 2020. Ha pasado 18 meses y toda vía no tengo ninguna resolución de pago. Trabajadora social de Tortosa me ha comentado q se falta pasar 18 meses claro ha pasado y no tengo ninguna resolución. Q mi se falta hacer acudir por tribunales sociales q me reconoce derechos de a aplicar ayuda 153 euros mensual q ne lo pague retroactivo? Gracias muy amable por respuesta.

    • Hola Juan,

      Efectivamente, si consideras que la demora es excesiva lo primero es realizar la reclamación a Servicios Sociales. En caso de no resolver el problema, puedes acudir al defensor del pueblo y, en última instancia, realizar una reclamación legal.

  197. Tengo una pregunta en que se puede gastar el dinero de la ayuda de dependencia, porque me dijeron que se debe gastar en la persona pero que tipo de cosas están incluidas o donde puedo consultar gracias

    • Carolina,

      No hay un listado de cosas específicas en las que gastar la ayuda, lo que tu consideres necesario para la atención adecuada de la persona dependiente.

        • Hola Rosario,

          En principio el la comunidad valenciana las ayudas por dependencia se abonan entre los días 1 y 5 de cada mes. Un saludo.

  198. SILVIA ROCHERA CORDELLAT

    Estoy tramitando la dependencia, una vez la tenga aprobada y sepa el grado de dependencia ¿Cómo puedo conseguir a alguien que me lleve a clase y al trabajo?

    • Hola Sílvia,

      Una vez reconocido el grado de dependencia, servicios sociales valorará tu situación económica y familiar y realizará el PIA (Plan de Atención Individual), en el que se detallarán las ayudas que te corresponden.

  199. Hola, mi hijo tiene reconocido un grado III para la ley de dependencia, que es el máximo grado, por lo tanto tendría que recibir todos los meses 387,64 € que es la cuantía máxima por el grado III, y solo recibo 368,90 €, desde año 2017. Como y que tengo que hacer para que me paguen los 387,64 € todos los meses y recuperar con efecto retroactivo la diferencia que no me han pagado todos estos años. Muchas Gracias

    • Hola Enrique,

      Una vez revisado y reconocido el nuevo grado de dependencia se tiene que revisar el PIA para ajustar las ayudas a la nueva situación. Allí se indican las nuevas cuantías y la fecha de efecto a partir de la que se te deben abonar los atrasos. Un saludo.

  200. Hola buenas .
    Mi pregunta es :
    Ya he recibido la carta dándome el 3er grado (permanente?)
    ???k tardan desde k ya te han dado el grado hasta k te pagan la ayuda ??
    Sili recibido carta con el 3er grado pero no carta de lo k me van a dar etc ,
    Me lo puede explicar alguien
    Gracias

    • Hola Lui,

      Ahora tienes que esperar a que servicios sociales hagan la valoración de tu situación y elaboren el PIA (Plan Individual de atención). En él, basándose en tu situación familiar y económica y tu grado de dependencia, se estipularán las ayudas que te corresponden y su fecha de efecto.

      Esperamos haberte ayudado. Un saludo.

  201. Buenos días,quería hacerles una pregunta a mi familiar ya lo han valorado le han reconocido un grado lll sin revisión, está en la residencia y me llamaron para preguntarme por su enfermedad tiene demencia y su situación si tiene hijos y tal no tiene hijos me pidieron que les mandará su número de cuenta le dije que a ver si se pudiera quedar en la residencia q está pues para visitarla es la mejor por cercanía ,bueno voy a la pregunta de esto hace dos meses me puede decir aproximadamente cuánto más van a tardar gracias

    • Hola Mariaki,

      El tema de la residencia dependerá de si la residencia actual tiene o no plazas concertadas a las que pueda acceder en formato de plaza pública, si es así puedes pedir que le asignen una plaza allí cuando haya plazas dispoibles.

      En cuanto a los plazos de cobro, no te lo podemos concretar puesto que depende de cada CCAA y a raíz de la pandemia ha habido desajustes en los plazos.

  202. Hola de nuevo. Como cuidadora de un TEA grado lll nivel máximo, me ingresaron en cuenta 166€( él cobra una PNC) y yo estoy desempleada. Sólo convivimos los dos.
    No he recibido resolución del PIA.
    Mi pregunta es como me ingresan tan poco con un tan agrio grado de discapacidad( 83%)? Y, pagaran atrasos?
    Muchas gracias.

    • Hola Nelly,

      Si crees que te corresponde más deberías acudir a servicios sociales y exponer tu caso. En el PIA te indicaran las ayudas y la fecha de efecto a partir de la cual te pagaran los atrasos.

  203. Hola
    Por favor a mi hija de 3 años le ha llegado la valoración grao ll y yo como su madre solicité la dependencia para y llevo más de un mes no me ingresaron nada ni me contestaron suele tardar.. Muchas gracias comunidad murciana

    • Hola Nassira,

      Una vez reconocido el grado, Servicios Sociales tiene que realizar la valoración y el PIA, donde se indicaran las ayudas que os corresponden y su fecha de efecto.

  204. Hola, a mi madre le ha llegado la valoración con el grado III.. Estamos pensando en lo de un centro de día, podría ser? Pq también había oído qué tenía ser directamente la residencia ya total, la de noche y no la de día, gracias

    • Hola Ana,

      Una vez reconocido el grado de dependencia, servicios sociales realiza la valoración para elaborar el PIA (Plan Individual de Atención). Allí es donde indican las ayudas a las que la persona dependiente tiene derecho en función del grado de dependencia y su situación familiar y económica.

  205. Alfonso Espolet

    Buenos días, tengo la siguiente duda una persona que este cobrando el PEVS, cuando fallece tiene derecho a cobrar el mes del fallecimiento independientemente del día que haya ocurrido como ocurre en las pensiones por jubilación.

    Muchas gracias

    • Hola Alfonso,

      Pues dar respuesta a tu pregunta, convendría conocer la Comunidad Autónoma de residencia de la persona beneficiaria de la prestación de dependencia, ya que la normativa que regula todas estas situaciones es normalmente la normativa autonómica.

      Además, es importante tener en cuenta, que más allá de lo que la normativa indique, esta prestación (PEVS), está sujeta también a una justificación de gasto por parte de la empresa prestadora del servicio (sea SAD, centro de día, centro residencial…).

      Te adjuntamos a continuación la normativa de la Comunidad de Madrid:

      DECRETO 54/2015, DE 21 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA RECONOCER LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y EL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

      SECCIÓN 3ª. EXTINCIÓN DEL DERECHO A LOS SERVICIOS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

      Artículo 61. Causas de extinción del derecho

      Serán causas de extinción del derecho:

      a) El fallecimiento del beneficiario.

      b) La renuncia expresa a la percepción del servicio o prestación económica.

      c) El ingreso definitivo en un servicio incompatible.

      d) El incumplimiento de los requisitos u obligaciones regulados en la normativa vigente en materia de dependencia.

      Artículo 62. Resolución declarativa de la extinción del derecho

      1. Para la extinción del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia será requisito e inexcusable la previa tramitación y resolución, por el órgano competente en materia de dependencia, del correspondiente procedimiento administrativo, con audiencia del interesado, en el que se declare constatada la concurrencia de una causa de extinción.

      2. Declarada la extinción del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia esta tendrá efectos desde el último día del mes en el que se produzca el hecho causante, requiriéndose, en su caso, la devolución de los pagos indebidamente satisfechos.

  206. Hola.
    Mi madre tiene reconocida la dependencia desde el 2011 pero hasta fecha de hoy no habíamos solicitado la prestación económica, porque no sabíamos que tenía derecho.
    Le pagarán los atrasos desde que tiene la dependencia reconocida o solo empezarán a pagarle la cuota mensual.
    Gracias
    Pertenece a Murcia.

    • Hola Begoña,

      La fecha de efecto de las ayudas por dependencia (sean prestaciones económicas u otros servicios) se indica en el PIA. Los atrasos te los pagan a contar de esta fecha.

      • Ayer recibí la aprobación de la ley de la dependencia grado 1,cuando empezare a cobrar, gracias

        • Hola Manuel,

          El paso siguiente es que servicios sociales haga una valoración de tu situación y elabore el PIA, donde se detallan las ayudas a percibir.

          • Hola tengo tres personas en casa casa esta semana ha llegado por correo el grado uno para cada uno. Mi duda es: ¿ Qué hacer con el certificado de grado uno. Voy personalmente a servicios sociales o espero que se pongan en contacto? Un saludo

          • Hola Mari,

            Habitualmente se ponen en contacto, pero si quieres asegurarte mejor llama y exponles tu caso para que te tengan en cuenta.

  207. Buenas noches.A mi hijo le dieron I grado por la ley de dependencia.Me llego la resolución el 2 de mayo .Por favor me pueden decir cuando y cuanto cobraría? Yo tengo entendido que desde este mes .Me pidieron la cuenta de él. MUCHAS GRACIAS

    • Hola Yester,

      Entendemos que lo que te llegó el 2 de mayo es el reconocimiento de grado de dependencia. Ahora debes esperar la visita de servicios sociales para elaborar el PIA (Plan Individual de Atención), en el que se establecerán las ayudas que os pertenecen en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente. En el PIA mismo se indicará la fecha de efecto de dichas ayudas.

  208. Maria Carmen

    A mi padre le acaban de conceder el grado lll de dependencia, está en una residencia de cerca de Barcelona, nos han dicho que puede optar a una plaza publica o a una subvención de máximo 750€ según ingresos, nuestra duda es saber a que tipo de ingresos se refieren, solo pensión, o también si tiene algún ingreso de otro tipo. Gracias

    • Hola Maria Carmen,

      Cuando se establecen las ayudas se tiene en cuenta toda la situación económica y familiar, no únicamente la pensión.

  209. Hola, desde julia aprobada la ayuda del grado III o sea el PIA, creo que son unos 387 euros, alguien sabe si en catalunya cuanta tardan en pagarlo y si pagan atrasos?
    Gracias

    • Hola Elvira,

      En principio te pagan los atrasos, a contar de la fecha de efecto de las ayudas que te sale en el PIA.

  210. Hola, mi madre desde el año1992 ha estado recibiendo la ley de dependencia mas la ayuda a domicilio del ayuntamiento de Mérida, Badajoz.

    Ella tiene un 96% de minusvalía, es dependiente total, yo soy su cuidadora no profesional desde siempre.

    Ella vive conmigo permanentemente desde hace mas de 6 años. Tuve que cambiar de domicilio y ahi vinieron los problemas.

    En el nuevo domicilio me dicen que no hay usuarias por la zona y que no van a poner una persona para mi madre.
    Vale, no me queda otra que aceptarlo. Estoy unos 9 meses en ese domicilio pero reitero una y mil veces que ése domicilio es provisional y que me cambiaré de nuevo. Finalmente me cambio de domicilio, lo notifico al ayuntamiento y en la zona en la que vivo es centro y si hay usuarias, me indican que contactaran conmigo y me mandarán una persona, y después de esperar y esperar, reclamo y cual ha sido mi sorpresa:

    Primero, me piden toda la documentación de mi madre y mía, se la entrego…pero para mayor sorpresa me dan de baja definitivamente del servicio de ayuda a domicilio alegando que como tiene la Ley de dependencia no puede tener SAD.
    Ya acabo de sorprenderme del todo, como es posible que después de tantos años recibiéndola y en las mismas circunstancias ahora me vengan con estas?????

    Por favor podría aclararme si ésto es así en la comunidad de Extremadura si es que va por comunidades.
    Puede ser compatible con las circunstancias de mi madre?
    Puede existir casos excepcionales a esta incompatibilidad si la hubiere??

    Muchas gracias y cordiales saludos.

    • Hola Eva,

      Efectivamente, las ayudas de la Ley de Dependencia no son compatibles con el SAD municipal. Desconocemos porque anteriormente lo habíais podido compatibilizar, pero lo cierto es que son incompatibles.

  211. Este Año no pagaron a trazos ya 5 años y una vez aprobado se cobraría a plazos durante 5 años consecutivos aprobado este año cobra y a fecha de hoy no se efectuó ingreso con quien puedo contactar, gracias

  212. Hector Jose Estrada

    Buenos días,

    Mi madre ya fue valorada en el ayuntamiento de Pinto y espera el resultado del grado de dependencia y el PIA. Ella no es española pero mi padre si lo era, aunque falleció en diciembre de 2020.

    Mi madre (87), con 5 años de residencia en España, quien se encuentra en silla de ruedas actualmente, ¿podrá solicitar la plaza totalmente financiada o en residencia pública a la comunidad de Madrid?

    Gracias por su atención.

    Héctor José Estrada

    • Hola Héctor,

      Si hace 5 años que está empadronada en España y los 2 últimos ha estado empadronada en Madrid tiene derecho a pedir la ayuda por dependencia. Una vez realizado el proceso, en el PIA se establecerá si como ayuda le corresponde plaza en residencia pública en Madrid o es mejor otro tipo de ayuda. Pero si cumple los primeros requisitos, sí tiene derecho a solicitarlo.

  213. maria eugenia

    Recibí la carta de resolución del grado de mi hija. Cuanto tardan en ingresar la prestación?

    • Hola Maria,

      Una vez reconocido el grado de dependencia se tiene que elaborar el PIA, donde se determinan las ayudas que os corresponden y la fecha de efecto de las mismas. Tienes que recibir la visita de servicios sociales para ello.

  214. Hola tengo un hijo de 18 años, tenía concedido un grado III, y se lo han bajado a grado II. He recurrido porque no estoy conforme, sirve de algo?. Me han dicho que se tienen en cuenta los ingresos de unidad familiar y que conforme a eso te pueden rebajar la prestación. Muchas gracias.

    • Hola Isabel,

      Por lo que comentas le han rebajado el grado de dependencia. Es decir, consideran que tu hijo ha mejorado y que su nivel de dependencia ha disminuido. En base a ello, se debe realizar una revisión del PIA para ajustar las prestaciones a la nueva situación. En dicha revisión, es cierto que se tiene en cuenta la situación económica y familiar de la persona dependiente para asignar las ayudas.

  215. Hola,
    mi madre es beneficiaria de la ley de dependencia, ahora ya en grado III, con prestación económica de cuidados en el entorno familiar. Ahora se traslada a Barcelona con su hija por lo que habrá que hacer traslado de expediente.
    Le han dicho a mi hermana en Barcelona que para el cobro de la prestación la Generalitat ésta obliga a abrir una cuenta de banco con la oficina domiciliada en Cataluña, que no podría domiciliarse la prestación como actualmente en una cuenta de banco con la oficina en Madrid.
    Esto es así como le han explicado?
    Muchas gracias

    • Hola Juan Carlos,

      Es posible que así sea, pero para mayor seguridad lo mejor es que preguntéis directamente a servicios sociales. Muchas gracias.

  216. Hola. Mi suegra tiene grado de dependencia 3 y está en una residencia. Sólo tienen la pensión de su marido y le abonan 725€ para ayuda al pago de la residencia. Se han tenido que vender su piso para pagar la residencia de los dos y ahora tienen dinero en la cuenta, pero ese dinero es para pagar la residencia durante los próximos años. Le quitarán la ayuda aunque ella no tenga ingresos? Gracias por la respuesta

    • Hola Maite,

      En principio, si Servicios Sociales realiza alguna revisión del PIA podrían llegar a disminuir la ayuda. De todos modos, entendemos que la ayuda que comentas es la PEVS, que es la ayuda que te dan cuando te pertenece una plaza en una residencia pública pero mientras no hay plaza disponible te ayudan a costear la residencia privada. Si es así, en los 8 años que comentas seguro que ya tendréis plaza pública, con lo que no te hará falta la ayuda seguro.

      • Hola, me han enviado una carta en la cual a mi hijo le reconocen un grado 2 de dependencia. Cuanto tiempo pasará hasta que me empiezan a pagar la cuantía como cuidadora no profesional?
        Gracias

        • Hola Olga,

          Una vez reconocido el grado de dependencia, una persona de servicios sociales tiene que acudir a vuestro domicilio y realizar el PIA, donde se determinaran las ayudas que os corresponden y la fecha de efecto. Es decir, estáis aún en la primera fase.

          Si en el PIA se te asigna a ti como cuidadora, podrás darte de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales en el entorno familiar y el gobierno cotizará por ti en la seguridad social.

  217. Hola buena yo tengo grado 1 del año 2014 y desde entonces aún no e cobrado nada , el 24 de febrero de 2021 ya me an mirado el PIA Y CONCEDIDO esperando la carta , y me pregunto si me pertenece los atrasos

    • Hola Vanesa,

      Sí, cuando te abonen la primera paga en principio te abonaran los atrasos a contar de la fecha de efecto que se ha indicado en el PIA.

  218. Buenos días vivo en un pueblo de barcelonay me han concedido a ley de la dependencia grado1 me han dicho que los primeros 18 meses no los cobrare y después de los 18 meses enpezare a cobrar para un familiar no profesional y cobrare siendo el mínimo 153€ y yo voy a cobrar 143€

    • Hola…los 153 es el máximo….cuentan los ingresos brutos,según los ingresos es la cuantía….algo ilogico,porque lo bruto no es lo q uno ingresa en su casa.

  219. MARIA JOSE SANZ

    Tengo una pregunta : ¿Se puede quitar una prestación por dependencia de 250 € al mes ? La persona en cuestión tiene una pensión de 800 al mes pero quiere alquilar una propiedad suya por 1000 € al mes. ¿ Se puede ver afectado esa ayuda que recibe ?

    • Hola Maria Jose,

      Cualquier cambio sustancial en la situación económica o familiar de la persona dependiente se debe comunicar a servicios sociales a fin de realizar una re-evaluación y ver si requiere revisión del PIA. Se puede dar el caso que debido a un cambio de situación se reajusten las ayudas.

  220. Belén Sardón Calvo

    Me han concedido la Ley de La Dependencia, por una parte estoy contenta porque mi marido tendrá un poco de descanso.
    Yo he trabajado pero aún dicho por La Trabajadora Social derecho a una ayuda economica, pregunto
    Porque razón piden de ingresos en mi casa, que solo tenemos la pensión de mi marido, todo lo que tendria que cobrar, Ponen ingresos brutos que dividen por dos.
    Y que pasa con el IRPF, Comunidad, agua, luz, contribucción, basura y un largo etc. fijo de gastos.
    Pues que al final nos queda unos 600euros, que divididos entre dos, comemos y nos compramos unas zapatillas.
    No se quién ha aprovado esta Ley, es una verdadera pena.
    Seguro y no me equivoco que el o los que aprobarón, no les hace falta, ellos cobran un buen puñado de miles de Euros, quitandomelos a mi y a todos los necesitados.
    Muy bien, concedida y NO PODER ACEPTAR POR NO TENER INGRESOS, PARA PAGAR

    • Hola buena tengo reconocido el grado 1 del año 2014 y desde entonces aún no e cobrado, el mes pasados me llamaron y vino la asistenta a mi casa el día 24 de febrero de 2021 para el PIA e llamado para ver cómo está mi expediente y mea dicho de lo tengo concedido a esperar la carta, y me pregunto si me dan los atrasos.

          • Hola Vanesa,

            Nos referimos a que la fecha clave a tener en cuenta para saber desde cuando te corresponde cobrar atrasos es la que aparece como fecha de efecto en el PIA. La fecha de reconocimiento de grado no es la que se tiene en cuenta.

  221. Hola soy cuidadora no profesional de mi hermana dependiente, servicios sociales vinieron a valorarla y le han dado grado 1.
    Tengo derecho a seguridad social. Gracias

    • Hola Raquel,

      Si constas en el PIA como cuidadora no profesional de tu hermana puedes darte de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales en el entorno familiar, a partir de ese momento el Estado se hará cargo de tu seguridad social.

  222. Hola tengo grado 2 dependencia con una puntuación de 53 puntos
    Tengo la teleasistencia de 28 horas
    Y tendría que pagar 1, 56 euros la hora
    Pero la ayuda a domicilio nos llegado

    Mi situación se a agravado
    Y dependo de mi marido para
    Calzarme incluso para bañarme

    Mi situación va a peor
    Que debo hacer???

    • Hola Rosa,

      Deberías contactar con servicios sociales y pedir una revisión del PIA si crees que tu situación ha cambiado. Incluso puedes solicitar una revisión de grado de dependencia si crees que has empeorado y el grado que tienes reconocido no corresponde con la realidad.

    • Hola Sofía,

      No te podemos indicar el tiempo, dependen mucho de cada comunidad autónoma. Te recomendamos contactar con servicios sociales para recibir orientación al respecto.

  223. Hola se puede solicitar una ayuda para familiares no profesionales por la ley de la dependencia estando un familiar en incapacidad temporal o eso no es posible?saludos gracias

    • Hola Rocio,

      La ayuda que comentas requiere que el familiar tenga reconocido un grado de dependencia, si se trata de una incapacidad temporal no es posible.

  224. Buenas tardes,espero mucho su respuesta . Estamos viviendo en la comunidad valenciana. 9 de mayo de 2019 he solicitado ayuda por la ley de dependencia a mi madre. 27 de enero de 2021 vino trabajadora social a valorar. Día 5 de febrero de 2021 ha salido la carta de la Conselleria de igualdad,la que recibimos el día 9 de febrero de 2021 ,donde pone:
    Se reconoce 3 grado PERMANENTE .
    La trabajadora social dice,que tenemos que esperar la otra carta ,sin esta otra carta no se puede solicitar el PIA. Es cierto? Y que tiempo tarda de venir esta carta? Y lo más importante -cuando empiezan a pagar a mi madre,y que cantidad?
    Muchas gracias.

    • Hola Olena,

      Si ya tienes el grado reconocido y ya has hablado con servicios sociales, tienes que esperar a recibir la visita de la trabajadora social para la elaboración del PIA. Allí es donde se determinarán las ayudas y la fecha de efecto de las mismas.

      • marina doñate salvador

        Hola buenos días soy marina mi madre recibió el grado ll i recibí la carta de PIA con la cantidad mensual i los atrasos el 26 de abril i hoy por hoy todavía no han ingresado nada por qué puede ser?

        • Hola Marina,

          Es habitual que haya retrasos en los pagos, en función de la comunidad hay más o menos demora, pero lo que seguro es que te acabarán pagando con los atrasos a contar de la fecha de efecto indicada en el PIA.

    • Hola Daniela,

      La ayuda se mantiene mientras se sigan manteniendo los requisitos, con lo que en principio la vas a cobrar cada 6 meses.

  225. Claudiu tomescu

    Hola estoi cobrando una pensión de incapacitar permanente total de 508 e e compatible con renta de inserción

  226. Hola,
    Nos acaban de conceder un grado de dependencia II para mi madre que lleva en una residencia desde el pasado febrero del 2020. Para poder afrontar el pago de la residencia privada, nos hemos visto obligados a vender su vivienda. Llegaremos a cobrar esta prestacion de grado II?

    • Hola Toñi,

      Una vez reconocido el grado de dependencia, servicios sociales debe realizar la valoración de la persona dependiente para realizar el PIA y determinar las ayudas que os corresponden. Allí se indicará también la fecha de efecto de dichas ayudas. Por lo que comentas, interpretamos que os encontráis a medio proceso aún.

  227. Hola, a mi madre le darán 175 € por el grado 2 de dependencia ,por el cuidador no profesional ,,ella cobra una pensión de 778,31€. Yo, tengo que pedir la cotización a la Seguridad social, pero no puedo estar como demandante de empleo, cosa que me pedirán si quiero solicitar el I.M.V .Con esos 175€ me comprare pipas mientras cuido de mi madre las 24h. del día. No hay derecho.Soy asturiana.

  228. Antonio Jesús

    Hola cuando dan los atrasos de ley de dependencia de marzo ? en la carta venia que lo daban en marzo se supone que debe venir los días 1 o 2 cuando se cobra los 153€ ?

    • Hola Antonio Jesús,

      En principio los atrasos te los abonan junto con la mensualidad (aunque puede haber variaciones en función de la comunidad)

    • Hola José Manuel,

      Sí, la pensión no contribuitva sería compatible con las prestaciones de la Ley de Dependencia.

  229. Hola es compatible cobrar una pensión de incapacidad permanente con la renta de inserción valenciana?

    • Hola Carmen,

      Dependerá del importe de la pensión, hay un importe de ingresos máximos para poder acceder a esta renta con lo que en función de si se supera o no este importe podrá comprar ambas cosas o no.

    • Hola se puede solicitar una ayuda para familiares no profesionales por la ley de la dependencia estando un familiar en incapacidad temporal o eso no es posible?saludos gracias

      • Hola Rocio,

        Para tener derecho a la ayuda que comentas la persona a la que cuidas debe tener el grado de dependencia reconocido y debes constar en el PIA como su cuidadora. En el caso de una incapacidad temporal no es posible.

  230. buenas tardes, he visto que hay diferentes grados de ley de dependencia, me gustaría saber, a que circunstancia corresponden cada uno de ellos, como intrpretarlas, alguién puede ayudarme?

    Muchas gracias.

    • Hola Luis,

      Te indicamos la información de cada uno de los grados de dependencia:

      Grado I: dependencia moderada. La persona necesita ayuda, al menos una vez al día, para realizar distintas actividades básicas de la vida diaria.
      Grado II: dependencia severa. La persona necesita, entre dos y tres veces al día, ayuda de terceras personas para realizar diferentes actividades básicas de la vida diaria. Aún así no requiere la presencia permanente de una persona cuidadora.
      Grado III: gran dependencia. La persona necesita ayuda para distintas actividades de la vida diaria unas cuantas veces al día, así como la presencia indispensable y continua de otra persona.

      Si quieres, puedes visitar nuestro post «Pasos para solicitar las ayudas de la Ley de Dependencia«, donde econtrarás más información al respecto.

  231. Jose Antonio

    Hola me gustaría que me dijera alguien si han subido la ley de dependencia porque he visto que han aumentado un poco la cuantía porque escuché algo en televisión pero no han subido nada

    • Hola José Antonio,

      Efectivamente en el «Plan de choque de Dependencia» aprobado recientemente por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 junto con las comunidades autónomas se contemplan varias mejoras en materia de dependencia, entre ellas una mejora de las ayudas. Textualmente en el plan se establece:

      «Analizar la posibilidad de establecer cuantías mínimas para cada grado y tipo de prestación económica con objeto de garantizar un mínimo común en todos los territorios. Con esta medida, 40 mil prestaciones económicas (el 6,6%) aumentarían su cuantía mensual.»

      Aún y así habrá que esperar para que esto se haga efectivo.

    • Hola M.Dolores,

      Desconocemos los tiempos en los que se mueve cada comunidad en cuanto al pago de atrasos. Deberías pedir información a servicios sociales directamente y, en caso de no obtener respuesta, asesorarte con el abogado que ha llevado tu caso.

      • Quisiera saber si una vez aprobado cobrar 153€ es para siempre o solo un tiempo en la carta pone TEMPORAL GRADO 1 NIVEL 2 llevo desde julio 2018 sino recuerdo mal cobrando siendo tan poco dinero teniendo un 50% minusvalía mental faltaría más qué me lo quitatan también…

        • Hola Álvaro,

          En principio la ayuda es vigente hasta que haya un cambio de condiciones que requiera una revisión del PIA para actualizar las ayudas percibidas.

  232. Buenas noches. Mi hijo está diagnosticado con un grado lll de dependencia y estuve cobrando como cuidadora no pfofesional hasta que me la quitaron hace unos años por escolarizarlo en un centro de día.
    En octubre de 2020 me entrevistó una trabajadora social de la ley de dependencia y solicitó de nuevo mi ayuda como cuidadora.
    Mi.oregunta son:
    – Cuanto tardan en comenzar a abonar la ayuda?
    – Cuál sería el importe?
    – Pagarían los atrasos y desde que fecha?
    Gracias por anticipado.

    • Hola Nelly,

      En la revisión del PIA (Programa Individual de Atención) de tu hijo te deben indicar las prestaciones/ayudas a las que tenéis derecho y su fecha de efecto. Los atrasos te los pagan siempre a contar de la fecha de efecto que aparece en el PIA.

  233. Buenos días espero su ayuda, mi madre tiene el grado 2 tiene una pierna cortada , apenas puede moverse y mi hermana está cuidándola más de un año desde que le pasó lo de la pierna , y llegaron a valorarla y le dieron el grado 2 y cuando llegó la mujer para decirle que solo le pertenecía una mujer dos horas y nosotros le decíamos que hemos llamado a asuntos sociales y podemos pedir la ayuda económica y esta mujer erre que erre no decía que no nos pertenecía la ayuda económica pero que firmemos para que venga una mujer 2 horas , que puedo hacer para solicitar la ayuda económica soy de un pueblo de Huelva , por favor necesito su ayuda para saber qué puedo hacer y dónde tengo que ir , esque no entiendo nada , gracias un saludo y buen día , recordar que mi hermana y yo vivimos con mi madre y nunca está sola ,

    • Hola Francisco,

      Las ayudas las establecen Servicios Sociales, que son quienes realizan la valoración para elaborar el PIA (Programa Individual de Atención). Dichas ayudas se establecen en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente.

      En el caso de no estar conforme debéis solicitar una revisión del PIA, para que vuelvan a realizar la valoración.

      • Hola buenas mi hija tiene reconocido un grado 2 y al cumplir los 18años empezó a cobrar la no contributiva con cuidados a terceras personas,ella cobraba de la dependencia 268€ y al cobrar la no contributiva,ahora solo cobra 38€ de la dependencia por qué me dicen que el cuidado a 3 personas ya lo cobra en la no contributiva es así?

        • Hola Pilar,

          Sí, en principio es así, ya que el importe de dependencia se calcula teniendo en cuento los ingresos con lo que si los ingresos aumentan por otro lado es posible que se reduzca la ayuda por dependencia.

  234. Desde 2018 tengo reconocido un grado1 de dependencia y en noviembre del año pasado mando informes el trabajador social para acceder a la prestación mi pregunta es cuántos meses puede tardar en contestar y ingresarme la prestación aproximadamente tarda más que l a minusvalía? Soy de valencia

    • Hola Charly,

      Desconocemos los plazos en que se mueve cada comunidad autónoma para hacer efectivo el ingreso de la primera mensuales (más los atrasos) estipulados en el PIA.

  235. Hola. Ya recibimos el Resuelvo del PIA que inicié el proceso para mi madre y Ayuda al cuidador no profesional a mi que soy su hijo y vivo con ella y llevo años cuidándola, ya viene todo reconocido los 268,79 de reconocimiento de grado 2 más los atrasos de 29 de marzo 2019 hasta el 7 de enero de 2021 en concepto de atrasos. La carta la recibimos ya hace casi mes y medio y no han ingresado nada, además de no hacernos ningún ingreso que corresponden hasta el 7 de enero, hoy escribo esto a 21 de febrero que es otro mes y medio y nada, ningún ingreso. Le escribo desde Valencia, ¿saben cuando ingresan todo lo ya reconocido por carta con nuestros derechos y obligaciones, vamos todo acabado, pero a mi madre no le llega nada. ¿Saben algo de esto?. Muchas gracias.

    • Hola Luis,

      Lamentamos no poder ayudarte con eso, pues desconocemos los plazos en los que se está moviendo cada comunidad autónoma en ese aspecto. Deberías contactar con servicios sociales para informarte de ella con mayor seguridad.

  236. Buenos días,
    Tengo una hermana mayos de edad con una discapacidad de un 80%, mi padre recibía una prestación por ayuda a hijo mayor de 18 años y con discapacidad mayor del 65%. En Febrero de 2020 falleció mi padre y yo he sido nombrada tutora de mi hermana. Se ha solicitado la misma ayuda que recibía mi padre para mi o para mi hermana, después de un año de silencio administrativo, llamando todas las semana y diciéndonos que esta en tramite, he puesto un recurso para por lo menos tener una respuesta. La respuesta que me ha llegado por mail y por parte de una persona la seguridad social, sin firma ni nada, es diciendo que la prestación de ingreso mínimo vital se suspendido en Junio del 2020, y que si quiero solicitarla tengo que rellenar unos papeles. Yo nunca he pedido un ingreso mínimo vital, solo la prestación que tenia concedida mi padre me la pasaran a mi como tutora legal. Temo que han dado carpetazo a mi petición y no se como actuar ahora. Me podrían ayuda? Gracias

    • Amanda,

      Te recomendamos que contactes con un profesional para que te asesore y te indique cuál es la mejor forma de proceder. Al ser un caso tan específico, nosotros no podemos ayudarte. Lo lamentamos.

  237. Hola .Mi marido tenia recunosido grado 2 de independensia de mes de abril 2018 y por la lei faltava cobrar 284euro por mes pero a cobrado 84euro por mes .Nose el motivo porque de la 284 euro ea pagado solo 84 euro .Eu me intere coando am pedido la revision de grado .Ajora tine grado 3 y falta cobrar 384euro por mes .Mi pregunta es : Puedo reclamar la diferensia de dinero que nu ea pagado din 2018 asta 2021?

    • Hola Olga,

      Entendemos que si en el PIA se le asigna claramente este importe que comentas y puedes demostrar que los ingresos recibidos realmente son inferiores, deberías poder reclamar la subsanación del error.

  238. Hola buenas noches: Tengo reconocido la capacidad de dependencia de mi hija de 2 grado, actualmente tengo una vivienda un piso que estoy pagando una hipoteca, he visto un piso pequeño que estoy pensando comprar como segunda residencia y también hipotecarmeen este piso. La compra de ese piso afectaría la ayuda que recibo de la dependencia

    • Hola Patricia,

      Sería conveniente que contactaras con el organismo de dependencia correspondiente a tu comunidad autónoma de residencia para que puedan estudiar tu caso con detalle teniendo en cuenta la normativa autonómica vigente. En cualquier caso, tenéis la obligación de poner en conocimiento de la Administración cualquier cambio que se produzca a nivel social y económico ya que, el importe de la prestación económica que percibes es el resultado de la renta, el patrimonio y el grado de dependencia reconocido a tu hija.

  239. Ricardo Castillo Alonso

    Hola, buenas noches.
    Tengo un familiar de 87 años que cobra una pensión por orfandad absoluta. Es residente en Andalucía
    En fecha reciente, tras numerosas pruebas médicas y a través de la Ley de Dependencia, le ha sido asignada una persona para prestarle Servicio de Ayuda a Domicilio por dos horas diarias de lunes a sábado.
    Dado que posee una discapacidad superior al 65%, vamos a tramitarle una Prestación Familiar por Hijo a Cargo (supuestos especiales).
    Nuestra duda es:
    ¿Es compatible esta Prestación Familiar por hijo a cargo (supuestos especiales) con el Servicio de Ayuda a Domicilio de dos horas de que disfruta en la actualidad?
    Muchas gracias

  240. Hola, mi hermano es pensionista y cobra la ley de la dependencia en grado 2, quisiera saber si mis padres tienen derecho a cobrar la prestación por hijo a cargo de una minusvalia del 65%, es decir si es compatible el cobro de las dos prestaciones cobrando la pensión mínima como pensionista, grácias

  241. Tengo una hija con discapacidad y reconocida la ley de la dependencia ya me vino la carta aprobada que hay que esperar ahora grado 2:

  242. Buenas tardes,recibí la carta pia aprobada con efecto al día 20/6/20,la ayuda de 153 euros para cuidador no profesional,soy de Cataluña ,me pagarán atrasos,y una vez que recibes la carta tarda mucho en cobrar los 153euro

    • Hola Antonio,

      Sí, te pagarán atrasos a contar del 20/06/2020. Desconocemos los plazos de pago actuales en Cataluña.

      • Hola pues yono ecobrado atrasos nose poke y yevo un año y pico cobrando por mi hijo q tiene el grado 2

        • Hola Francisco, si tienes dudas de si te corresponden atrasos o bien crees que te corresponden pero no los has cobrado, deberías hablarlo directamente con servicios sociales.

    • Hola Magdalena,

      Sentimos no poder ayudarte, desconocemos totalmente los plazos en los que se mueve cada comunidad.

  243. Mi padre falleció sin cobrar ayuda a dependencia, pero sí la tenía concedida. Debido a la lesión incapacitante tuvo que ingresar en una residencia, Es posible que con el certificado de defunción ya no tiene derecho a percibirla mi madre (su esposa)? Después de necesitarla durante más de 2 años, aunque solicitada desde hace 18 meses, pues el derecho subsistió mientras estuvo luchando. Existe algún precedente al respecto para iniciar un proceso de reclamación???

    • Hola Malocar,

      Deberías consultar tu caso directamente con servicios sociales O con algún asesor especialista. Creemos que es complicado que recibas la prestación concedida habiendo fallecido ya tu padre, pero mejor infórmate con los organismos oficiales o con expertos.

  244. Buenas tardes,tengo el pia con fecha del 9/5/20, cuando empezaré a cobrar,o tengo que esperar 18 meses para empezar a cobrar la ayuda del cuidador no profesional de 153e.

    • Holra Rosa,

      Esto depende de cada comunidad autónoma. En todo caso cuando cobres cobrarás los atrasos a contar desde la fecha de efecto que se te indica en el PIA.

  245. Hola muy buenas mi hijo de 3años tiene reconocido el grado 3 desde enero de 2020 y a fecha de hoy no me han ingresado nada me han llamado que cobrare el mes que viene pero dicen que los atrasos de todo este año y pico no lo voy a cobrar porque no ha echo los dos años eso es cierto gracias

    • Hola Presen,

      Los atrasos van en función de cada comunidad, si en servicios sociales te han dado esta información será porque es el criterio de aplicación en tu comunidad.

  246. Me gustaría saber aproximadamente cuanto tarda la revision de grado de la dependencia, mi comunidad es Andalucía

    Gracias
    Magdalena

    • Hola Magdalena,

      Desconocemos totalmente cuáles son los tiempos en los que se mueve actualmente cada comunidad. Para ello deberías consultar directamente a Servicios Sociales.

  247. Maria mimadre yeva cobrando delalei de dependecia de sepad un año tiene grado1 ledan 104€ pero estemes no seloan ingresado todavia aque es devido gracias es de extremadura aque sedeve gracias

    • Hola Maria,

      Desconocemos el motivo de dicho atraso, deberías contactar directamente con servicios sociales.

  248. Mis padres quieren ayuda a domicilio. Me gustaria saber cuál es el nivel de ingresos máximos para que estos servicios no tengan coste. Son de grado 1 y de grado 2.

    • Hola Rosa,

      Esto depende de cada comunidad autónoma, te aconsejamos que acudas a servicios sociales para aclarar esta duda.

  249. Ana Belén hernandez

    Hola..que día se cobra la prestación de ley de dependencia.tengo un niño de 6 años con hipertonia..y su prestación es de 153 euros.que día se paga??

  250. El 7 de julio de 2020 la Generalitat Valenciana reconoció un grado III de dependencia a mi tía con una retribución mensual con carácter retroactivo. Nos dijeron que lo abonarían en 2 o 3 meses, pero falleció el 2 de octubre. Me acabo de enterar que, como heredera, lo podría reclamar pero al leer el decreto me doy cuenta de que había que comunicar su fallecimiento en el plazo de un mes. Como puedo reclamar el importe que nos concedieron y que jamás cobramos si ya vamos a comunicar su fallecimiento con retraso? Podemos alegar algo o acogernos a alguna normativa que nos defienda para poder reclamar esa ayuda concedida? O donde puedo dirigirme que nos asesoren?

    • Hola Cristina,

      Lamentamos lo ocurrido. Te recomendamos que para resolver tu duda acudas a un especialista, a nuestro entender es complicado poder cobrar dichos atrasos comunicando el fallecimiento fuera de plazo pero igual existe alguna opción. Te aconsejamos que consultes a Servicios Sociales y, si ellos no te resuelven la duda, acude a un abogado.

  251. Hola buenos dias pedi para mi madre dependencia, vivo con ella y la cuido yo tiene 92 años y le ant reconovido II grado severa, el mes setiembre 2020 tengo todo entregado pero no se cuando se empieza a cobrar y si es desde que le reconocen el grado o mas tarde. gracias.

    • Hola Mercé,

      Una vez reconocido el grado Servicios Sociales debe hacerle la valoración para elaborar el PIA, donde se establecerán las ayudas/prestaciones que le corresponden según situación económica y familiar. En este momento se establecerá la fecha de efecto y, en el caso de que se asigne prestación económica, se cobrará con efectos retroactivos desde esta fecha.

    • Hola Nelly,

      Desconocemos el tiempo de espera en tu comunidad, para ello deberías contactar directamente con servicios sociales.

  252. Tengo a mi madre conmigo y me están dando 153€, aparte de eso puedo llevarla un par de horas 2 veces a la semana a un centro de día y a la hora de pagar se hace a medias con la generalitat? Me olvidaba comentar que ella tiene un grado 1 y paso la poliomielitis a los 2años y tiene mal las piernas

    • Hola María José,

      Para ello deberías solicitar una revisión del PIA, puesto que según se desprende de lo que comentas la ayuda que tenéis asignada son únicamente los 153 euros.

    • Hola Enriqueta,

      Desconocemos el motivo del retraso, para informarte de ello deberías ponerte en contacto con Servicios Sociales.

  253. Domingo calvo Pérez

    Soy dependiente de grado 2 la estuve cobrando mientras estuve casado, ahora mismo estoy divorciado y me cuida mi hijo mayor de edad pero no me la aprueban

    • Hola Domingo,

      Las ayudas van en función de la situación económica y familiar de cada uno. Si no estás conforme con la resolución, ponte en contacto con Servicios Sociales y pide una revisión del PIA.

  254. Mi hijo tiene 18 años el Jueves paso valoración de dependencia tenia 62 puntos ahora le an bajado la trabajadora Social a 44 si depende me y tiene trastorno conversión que le dictaminado un Neuro Psicólogo y la Psicóloga del hospital Cruses en Bilbao y está en Gorabide. También con otro informe médico y el de cabecera.. por que le tienen que bajar ? Cuando el todo lo hago yo visto baño cambio se hace sus nesecidades se mea , Se olvida del todo a tenido episodios epilepsia anteriores, No va a un aula de tareas por el buling que tubo anterior .Cuando hay bases por que lo tiene que bajar tanto la puntúa , Quieto recurrir y adinde debo ir

    • Hola Rosario,

      Desconocemos el procedimiento para recurrir las revisiones de grado. En todo caso te recomendamos hablar directamente con Servicios Sociales, y en caso que no te den opciones para manifestar tu desacuerdo formalmente y solicitar una nueva revisión, lo mejor sería contactar con un asesor o abogado para exponer tu caso y ver qué opciones tienes.

  255. Buenos días.
    Mi madre ha recibido ahora la resolución por la cual le reconocen el el Grado III, de Gran Dependencia con baremo del 95 (sin revisión, permanente) de la Junta de Andalucía. He leído en otros comentarios que el siguiente paso es que acuda una asistente social al domicilio para realizar el PIA y valorará el tipo de ayuda y prestación que le correspondería, ¿estoy en lo cierto?, o ¿tenemos que hacer los familiares alguna gestión?. ¿Cuánto tiempo tardan en realizar la visita para el PIA? .
    Y por último, si le corresponde una ayuda económica mensual , ¿ésta es compatible con la pensión no contributiva?.

    Gracias de antemano

    • Hola Carlos,

      Es correcto. El siguiente paso será la visita del trabajador/a social para realizar la valoración y elaborar el PIA, donde se indicarán las ayudas concedidas y la fecha de efecto. En el caso que tarden mucho en realizar esta valoración, te recomendamos contactar con Servicios Sociales.

      Respecto a tu última pregunta, sí serían compatibles.

  256. yo he solicitado el PIA al principio de mes de noviembre. que estoy viviendo con mi madre en el mismo domicilio y he tenido problema con las auxiliares que estaban con mi madre.
    solicite el PIA me digieron en la consejeria de la junta de andalucia lo podia solicitarlo.
    lo solicite y el trabajador social me digo que me pagarian desde el mes donde lo solicite el PIA.
    mi madre tiene grado 2 y tambien solicito revicion para el grado 3,estamos esperando.
    mi pregunta ¿es si a mi me consede el PIA con el grado de mi madre actual del grado 2,y despues mi madre pasa al grado 3
    me pagarias la diferencia del grado 2 al 3?
    y con los retrasos desde que me lo conseden hasta que le que esten del grado 3
    gracias

    • Hola Jesús Manuel,

      Si le hacen ahora el PIA le asignaran las ayudas conforme a la situación actual. Si una vez realizado hay un cambio de grado, deberás volver a pedir una revisión para que actualicen las prestaciones.

  257. Buenas noches, vivo en Barcelona, he recibido una carta de la Generalitat donde me han aprobado el PIA grado 1, tengo una duda. a continuación pongo literalmente un párrafo:
    -Otorgar los servicios/las prestaciones siguientes:
    Con efecto desde la fecha 28/06/2018.
    El importe que le corresponde de acuerdo con el grado es de 153,00 €
    Mi pregunta es, cobro atrasos desde esa fecha?
    Gracias

    • Hola Núria,

      En principio sí, pero es extraño que la fecha de efecto sea tan antigua. Te aconsejamos que compruebes con Servicios Sociales que la fecha de efecto sea la correcta.

  258. Hola, mi madre solicitó la ayuda dependencia en junio del 2019. Recibio el PIA aprobando la ayuda a domicilio desde enero 2020 con grado 2. En mayo 2020 recibió la ayuda a domicilio, por lo que desde enero hasta mayo 2020 tenemos atraso en pago. Nos han dicho que están tardando 1 año o año y medio en pagar.
    Mi pregunta es:
    -desde junio 2019 hasta que recibe el PIA (enero 2020)  esos meses los pagan?
    -Te dan algún tipo de documentación donde acredite el tipo de grado y si es aprobado el PIA?
    -De ser así, esa documentación la tienes que entregar para reclamar los meses atrasados?
    Gracias

    • Hola M. José,

      En principio te tienen que abonar los atrasos a contar de la fecha de efecto que te indica en el PIA. Y sí, tienes que tener la documentación médica que acredita el grado de dependencia y el PIA, en el que se determinan las ayudas que os corresponden. Con esta documentación puedes acudir a Servicios Sociales para reclamar lo que te corresponda según lo que se te haya asignado.

  259. Una duda ? A mi madre le concedieron la dependencia en grado 3 el 20 de JUNIO de 2020 , habiéndola solicitado el 30 de Octubre de 2015, actualmente recibe una prestación , pero ¿no recibiría lo que le corresponde con efecto retroactivo desde el 2015?

    • Hola Pilar,

      Entendemos que habéis recibido el PIA, donde se indican las ayudas que os corresponden y la fecha de efecto. Los pagos con efecto retroactivo se realizan a contar de la fecha de efecto que se indica en el PIA, no desde el momento de la solicitud.

  260. Hola acabo de recibir la carta y me an concedido el grado 1 de dependencia para cobrar hay k Acer alguna otra gestión o se ace automáticamente

    • Hola Mariola,

      En principio, una vez reconocido el grado de dependencia, automáticamente un/a trabajador/a social debe realizar la valoración para elaborar el PIA, donde se te asignaran las ayudas que te correspondan en función de la situación económica y familiar de la persona dependiente.

  261. Recibí la aprobación de pia en octubre paga atrasos la generalitat de Catalunya, y a partir de cuando, tengo aprobado el grado desde noviembre de 2019. Gracias

    • Hola María,

      En principio cuando recibas el primer pago se te abonarán los atrasos (a contar desde la fecha de efecto que te pone en el PIA).

  262. He cobrado el primer pago de la pía 153 euros este diciembrela tengo aprobada desde junio de 2019, cuando y como se cobra los meses anteriores

    • Hola Anna,

      Esto dependen de cada comunidad autónoma, deberías consultar directamente a servicios sociales.

  263. Hola quisiera saber el caso de una señora que ha tenido dependencia toda su vida pero en grado 2 y ahora la tiene en grado 3 pero ya tiene 93 años.¿ Se le puede hacer cambio de dependencia a grado 3 aunque tenga esa edad? Ella necesita a un cuidador todo el dia y su pension es poca y no le alcanza sus familiares no pueden costear los gastos. Muchas gracias

    • Hola Cecilia,

      Sí se puede. Debes solicitar la revisión del grado de dependencia y del PIA, para actualizar las ayudas a la nueva situación.

  264. Buenos dias, hace una semana me llego las cartas de la resolución del grado de mis padres. A los dos, les han asignado grado I y cuantías diferentes. Tuve que bajar a servicios sociales a rellenar otro papel, que como no entiendo, me dijeron que lo rellenase. Mi pregunta es : cuál es el siguiente proceso y cuando se empieza a cobrar? La primera entrada de registro fue en marzo del 2020

    • Hola Eva,

      Entendemos que tus padres tienen ya reconocido el grado y un/a trabajador/a social les ha realizado la valoración y en el PIA se os ha realizado la asignación de una prestación económica para cada uno. En tal caso, en el PIA se indica la fecha de efecto de las prestaciones. Ante cualquier demora en el cobro (que no te podemos decir cuando se te empezará a abonar puesto que los tiempos dependen mucho de cada comunidad autónoma) se te pagaran las prestaciones con efectos retroactivos a contar de la fecha indicada en el PIA.

  265. Hola mi madre solicitó la ley dependencia en Agosto del 2018 en Noviembre 2019 la valoraron en Enero 2020 recibimos la resolución grado 3..en Noviembre recibimos el PIA aprobando la ayuda a domicilio dsd Octubre del 2020.. En el mismo PIA se mandó un papel de declaración responsable para rellenar y justificar los atrasos a pagar.. Se hizo un registro de entrada en Ayuntamiento de dicho informe… Sabéis que se tarda en contestar si vale la pena también mandarlo por correo ordinario aparte del registro de entrada por Ayuntamiento?
    Muchas gracias

    • Hola Noelia,

      Nosotros desconocemos los plazos de respuesta puesto que ello dependen totalmente de la administración. En todo caso, si el medio de entrega es mediante registro de entrada en el Ayuntamiento no te aconsejaríamos mandarlo también por correo ordinario para evitar confusiones y posibles duplicidades.

    • Hola Leticia,

      Nosotros no tenemos conocimiento de las incidencias que pueda haber en los pagos, para ello deberías informarte directamente en Servicios Sociales.

    • Hola Francisco, desconocemos si existe alguna incidencia o demora. Te recomendamos que contactos con el organismo oficial competente para recibir información de primera mano sobre ello. Atentamente,

  266. Hola. Buenas mi hijo tiene el grado 2 severo de dependencia reconocido en Andalucía desde marzo del 2019. Tramite la ayuda de la dependencia y aún nunca he cobrado nada todos los meses llamo y siempre ponen pegas de que va lento o que faltan papeles es normal???

    • Hola Estefanía,

      Lamentablemente los tiempos de espera son más largos de lo que deberían, cosa que se ha agravado por el confinamiento. Desconocemos el estado de tu caso, la única opción que tienes para hacerle seguimiento realmente es contactar con los organismos oficiales.

    • Hola Vane,

      Entendemos que tienes aprobado un grado de dependencia y que en el PIA te han asignado cuidador, ¿no? En este caso no se tienen pagas extra, son 12 mensualidades.

    • Hola Ana,

      Una vez se reconoce el grado de dependencia, Servicios Sociales elaborará el PIA, donde se establecerán las ayudas correspondientes en función de vuestra situación económica y familiar.

  267. Juan Gutiérrez

    Buenos días, existe algún certificado que diga que no se reciben ingresos procedentes de la ley de dependencia? En el caso afirmativo, por favor, ruego que me lo indiquen o me dejen un enlace, me urge mucho.
    Saludos!

    • Hola Juan,

      Si has solicitado la ayuda a la dependencia y se te ha denegado, la carta de denegación te puede servir de justificante. Desconocemos si hay algún certificado específico para ello. Te recomendamos que acudas a Servicios Sociales para preguntar si te puede expedir algún documento que acredite lo que comentas. Un saludo,

  268. Hola
    Tengo una pregunta.
    La aceptación del grado 1 nos llegó en marzo y hace unos días me avisaron para una visita a casa y arreglar los últimos flecos para la ayuda económica..
    Mi pregunta es si esos seis meses desde que nos lo aprobaron nos los pagarán también como atraso?

    • Hola Marcos,

      La fecha a partir de la cual contar la retroactividad de la ayuda económica se establece en el PIA, que por lo que dices aún no lo han realizado.

  269. Hola,mi hijo tiene reconocido el grado l de dependencia de 5 años,hemos solicitado ahora la ayuda,tiene carácter retroactivo .Gracias

    • Hola Ascensión, deberías realizar una revisión del PIA para que valoren la nueva situación económica. En principio, si puedes seguir siendo la cuidadora del menor en cuestión no debería haber ningún cambio al respecto.

  270. Raquel Martí Hernández

    Buenos días, mi madre está cobrando 153 euros por grado 1 de dependencia y en julio la revisaron otra vez y le han subido a grado 3, todavía le siguen pagando igual que con el fardo 1, saben si la subida la hacen automáticamente, en la carta no pone cuantía solo pone que le han cambiado de grado con fecha 12 de agosto ?

    • Hola Raquel,

      Ante un cambio de grado se deber revisar el PIA para establecer las ayudas que corresponden a la nueva situación. Te aconsejamos que preguntes a servicios sociales.

  271. Tengo una prestación de 153 euros por mi hijo de 6 años..se suele cobrar los días 7 de cada mes..pero este mes no e recibido el ingreso??

    • Hola Ana,

      Los pagos son competencia de cada comunidad autónoma, deberías consultar directamente con Servicios Sociales para que te den una explicación.

    • Hola Pilar, no acabamos de entender la pregunta. Nos puedes dar más detalles, por favor, para que veamos si te podemos resolver la duda. Muchas gracias.

  272. Hola buenas:

    Mi madre está cobrando la dependencia del grado 1, pero mi padre está pensando en comprar una casa de 20.000 € asta 30.000€ eso puede afectar a la ayuda de la dependencia?O afectar también a mi pensión de discapacidad.
    Gracias

    • Hola Bouchaib,

      Si ya tenéis asignada la ayuda de dependencia no tiene porque verse afectada por la compra. De todos modos, te aconsejamos que realices esta consulta a tu gestor patrimonial o fiscal.

  273. Hola
    Tengo pension gran invalidez con ayuda a tercera persona. Si pido la ayuda de la dependencia es compatible con la ayuda a la tercera persona o por el contrario quitaran esa ayuda??
    Gracias

    • Hola Mari Carmen,

      En principio son compatibles, lo que probablemente influya en lo que se te asigne en el PIA como ayuda a la dependencia.

  274. ALFREDO LOPEZ TAIBO

    Mi…pregunta…..cobro.1208 ..€
    De pension por gran invalidez
    En grado 1…..
    Mi compañera..y yo…vivimos en
    Un piso compartido.y habitaciones. Separadas…me cuida desde hace año y medio
    Por la gran dependencia.tengo derecho…años 390..€.de la ley de
    Dependencia….que tengo aprobada y me la niegan porque
    La compañera vive en el mismo
    Piso…..y estamos empadronados
    Juntos…en el mismo…..y en distintas habitaciones………
    Tengo derecho….o..no……

    • Hola Alfredo,

      Lo primera que deberías hacer es solicitar el reconocimiento del grado de dependencia y, en la elaboración del PIA, la trabajadora social determinará las ayudas que te corresponden en función de tus ingresos y situación familiar. En el caso de establecerse cuidador, la trabajadora social valorará si tu pareja cumple con los requisitos para ser asignada cuidadora. En caso afirmativo, ella podría cobrar la ayuda como cuidadora no profesional en entorno familiar.

  275. Julio Monleón Antón

    Buenas tardes, mi padre falleció a los 7 meses de tener reconocido Grado I, puntuación 027; es decir tenía reconocido el derecho a las prestaciones derivadas de tal derecho. No dio tiempo al establecimiento del PIA y en consecuencia, según la Admon. , se extingue cualquier derecho a prestación alguna.

    He mirado Ley 39/2006 y RD 1051/2013, y en ningún momento dice que se extinga el derecho a percibir la prestación que en su caso le hubiere correspondido.
    Yo creo que se puede reclamar desde el reconocimiento del Derecho, que estuvo vigente durante unos meses y NO percibió, hasta el dia de su fallecimiento.
    ¿Es correcta esta postura? ¿Cree Ud. que hay posibilidades del reconocimiento/abono retroactivo de la prestación que en su caso le hubiere correspondido?

    Gracias

    • Hola Julio,

      En principio si no dio tiempo de realizar el PIA no hay prestaciones asignadas por lo que vemos complicado que puedas reclamar.

  276. Hola,

    Hoy he presentado la solicitud inicial de la situación de dependencia y ya ha quedado registrada, quiero decir que tengo copia y fecha de registro. Yo, que soy su hijo y estoy en el paro como demandante de empleo, figuro en la solicitud como cuidador no profesional de mi madre que es quien la solicita. Bien, al margen del informe de salud que ya he presentado de mi madre y a la espera de que la asistenta social haga una valoración presencial en casa (un año aproximadamente para que visite a mi madre) y se resuelva después, mi duda es… ¿Puede afectar la cuantía que se le conceda una vez se resuelva a la paga que ya tiene de pensión de JUBILACIÓN PROCEDENTE DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL (490 euros) y VIUDEDAD (346 euros)? Independientemente del grado que sea el que se le otorgue, que muy posiblemente pueda ser de grado III.

    Muchas gracias.

    • Hola Paúl,

      Para asignar las ayudas se tiene en cuenta la situación e ingresos familiares. Si bien no sele modificarán las pagas que ya recibe (jubilación y viudedad) éstas sí influyen en la cuantía que finalmente le asignen de ayuda a la dependencia en el caso que le corresponda prestación económica.

  277. Un saludo, tengo unas dudas, a mi madre le dieron grado 3, y estuvo en un centro día, pero la sacamos por salud, y está en mi casa y mi padre pensionista también, el caso es que solicitamos la ayuda de 387 €, pero yo trabajo, y ayudo en su cuidado después de trabajar, quien se debe poner como cuidador? yo o mi padre?, y si me pongo yo, no recibiría la ayuda al estar trabajando? y si tuviera que estar a tiempo completo, 387€ no tendría ni para pagar la hipoteca, no entiendo bien los beneficios de ser cuidador a tiempo completo…
    Gracias.

    • Hola Jorge,

      Lo mejor en este caso es que contactes con Servicios Sociales para valorar correctamente la situación y decidir quién debes asignarse como cuidador.

  278. Hola. Hace mes y medio recibí la carta de aprovacion de ayuda en el entorno familiar. El pía. Con fecha 20 de agosto. Firme que estaba de acuerdo y lo lleve a registro. Me tienen que mandar otra carta o ya el pago directamente y cuanto tarda

    • Hola Alba,

      Lo siguiente a la carta de aprobación es el ingreso de la cuantía estipulada. El tiempo que pueden tardar en abonarte el importe depende de cada comunidad, en todo caso el ingreso se te hará a partir de la fecha de asignación que conste en el PIA. Un saludo,

        • Hola Rocío,

          En principio los abonan con la primera paga. En caso de no haberlos cobrado contacta con Servicios Sociales para informarte de lo que puede haber sucedido.

  279. Hola.

    Hemos recibido hoy la resolución del grado de dependencia de mi hijo habiéndosele reconocido el grado II, en ella me dicen que «el abono de la prestación será efectivo una vez aprobado el gasto, la incorporación en la nómina de la prestación será debidamente notificada» ¿Cuánto tiempo aproximadamente transcurre desde la resolución del grado hasta la «incorporación en la nómina»? Me refiero en la práctica, algo aproximado, no a los plazos legales.

    ¿La prestación por hijo a cargo de 1.000 al año (83,33/mes) se restará de la prestación de la dependencia?

    Muchas gracias y un saludo,

    • Hola José Luis,

      Puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar a fecha prevista de pago. Los plazos pueden variar mucho de una comunidad a otra. Un saludo,

  280. Hola buenas quería saber si tardan mucho en dar resolución de si se aprueba la ayuda de depencia o no porq ya me vino aprobado el 3 grado de la nena que tengo con minusvalía

    • Buenas tardes Jennifer,
      Te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad puesto que estos temas dependen directamente de ellos y los plazos puede diferir mucho entre comunidades autónomas. Un saludo,

  281. Buenos días, quería su ayuda y orientación, tengo un niño con discapacidad del 82 % PCI tiene su carnet de discapacidad, el caso es que el niño nació en Venezuela, pero su padre es español, y nuestra situación ha sido un poco desesperante en tema de salud, lo cierto es que estuvimos en España en el 2015 y nos fuimos en el 2016 por estudios médicos, que pagaba venezuela, y tuvimos que regresarnos a nuestro, el caso es que el niño le sacamos el carnet de discapacidad con una valoración del 82% acá en España pero para pedir ayudas no piden la dependencia, que para todo son 5 años de residencia aquí, ahí alguna manera de sacar su dependencia, el niño necesita una persona de cuidado para todo, porque no puede realizar las actividades cotidianas solo, para todo necesita ayuda,
    Y la trabajadora social nos dice que tenemos que esperar 5 años. Quería saber si ahí otra manera, por favor necesitamos ayuda y orientación. Gracias

    • Hola Andy,

      Lamentablemente no hay otra manera. La ley dictamina 5 años de residencia aquí, los últimos 2 de los cuales deben ser en la misma Comunidad Autónoma en la que curses el expediente de dependencia.

    • Hola Amparo,

      La cuantía es variable y se define en el PIA. En el caso de prestación económica vinculada al Servicio (PEVS), el máximo para un grado de dependencia III es de 715,07 €/mes, y en el caso de prestación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales el máximo, para el mismo grado, es de 387,64 €/mes.

  282. francisco martin gutierrez

    hola soy cuidador no profesional (pia) de mi madre..a finales del mes pasado le izieron a mi madre el primer ingreso de la cuantia correspondiente a su grado..pero no hemos recibido ninguna carta o notificacion de dicha resolucion de la prestacion ,importe de atrasos ni nada..es normal que se haga el ingreso sin habernos llegado la resolucion de aprobacion? necesito esa notificacion para poder darme de alta en el convenio de la seguridad social para cuidadores no profesionales..gracias.

    • Hola Francisco,
      Efectivamente necesitarás la notificación. Te aconsejamos que solicites un duplicado para poder cursar tu alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales.

  283. Mi hermano tiene un grado 3 y tenía asignada a su mujer como cuidadora. Ahora ella ha fallecido y yo voy a ocuparme de él. Cobro una pensión de incapacidad permanente. Puedo compatibilizar las dos?

    • Hola Dolores,

      La situación que comentas implica una modificación del PIA. ¿Lo han hecho ya y te han asignado a ti cómo cuidadora? Si no es así, deberás esperar a la modificación para ver si la incapacidad es o no compatible con cuidar de tu hermano.

  284. Buenas tardes,

    Tengo entendido que para una pensión no contributiva se tiene en cuenta los ingresos de la unidad familiar. ¿También es así para la ley de dependencia?

    Gracias.

    • Hola Antonio,

      Efectivamente, las prestaciones de la Ley de Dependencia las asigna la persona de servicios sociales que elabora el PIA, ella es quien decide la mejor prestación en función de los ingresos y situación familiar del caso evaluado.

  285. Buenos días
    Mi madre tiene un grado 2 y esta interna en residencia hace 2 años, hace 3 años se solicitó la revisión de grado y me llamaron que se la van hacer ahora. ¿existe la posibilidad de que me la bajen a un grado 1 ?o cuando se solicita la revisón tiene que ser igual o superior al que ya tiene? Gracias.

    • Hola Carmen,

      Cuando se solicita una revisión de grado se parte de cero, con lo que sería posible que le asignaran un grado inferior al actual, aunque suele ser algo improbable.

  286. Buenos días. Cuando te visitan para valorarte para una residencia en la que ya estás ingresado hace más de 1 año, si te conceden el grado 3, te pagan desde el mismo día de la valoración o desde el día de la solicitud o 6 meses antes? Si en el plazo desde que te lo conceden hasta que te aprueban el dinero, le paso algo a la persona mayor, cobra o se pierde todo? Gracias.

    • Hola José,

      La prestación económica por dependencia se abona, con carácter retroactivo, a contar de la fecha de asignación que se indica en el PIA.

  287. Hola buenas tardes, tengo aprobada la ley de dependencia grado 3, y mi pregunta es, los cuidadores tienen pagas extras???? o son solo los 12 meses del año????? Muchas gracias

    • Hola María,

      Entendemos que tienes aprobado un grado de dependencia 3 y que en el PIA te han asignado cuidador, ¿no? En este caso no se tienen pagas extra, son 12 mensualidades.

  288. Concedido grado l, si se cobra Ia pensión máxima de IPA, qué derechos corresponden?, puede ser horas y los 145€, que contempla la ley?

    • Hola E.D.,

      Esta decisión corresponde a la persona de servicios sociales que elabora el PIA, ella es quien decide la mejor prestación en función de los ingresos y situación familiar.

  289. Hola. Alguien sabe si la cuantía de la ley de dependencia es retroactiva a la fecha de la solicitud? Es por niño de 18 meses invidente.

    • Hola Inés,
      No es retroactiva a la fecha de solicitud, sino a la fecha de concesión indicada en el PIA.

    • Hola Mónica,
      el pago de las ayuda a la Dependencia depende de cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos concretar en qué fecha se te abonará. Te aconsejamos que contactes con la oficina de servicios sociales donde se han realizado todos los trámites para consultar la fecha de pago de la mensualidad.

    • Hola Eva,
      el pago de las ayuda a la Dependencia depende de cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos concretar en qué fecha se te abonará. Te aconsejamos que contactes con la oficina de servicios sociales donde se han realizado todos los trámites para consultar las fecha de pago.

  290. Buenas todos los meses cobraba la ley de dependencia por una hermana correctamente, este mes me han quitado 40 euros sin previo aviso.
    Puede ser?

    • Hola Milagros,
      para resolver esta duda deberías contactar directamente con la oficina de servicios sociales que te corresponda. Lamentamos no poder darte una respuesta.

  291. Hola Buenos días,

    Este mes de septiembre de 2020, alguien ha cobrado el abono de la ley de dependencia? De normal a estas alturas de mes ya saldría al menos como pagado, y a mí me sale desde el viernes que está reconocida la cantidad pero no pagado. Me pasa sólo a mí? O estamos todos igual?

    • Hola Guillermo,
      el pago de las ayuda a la Dependencia depende de cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos concretar en qué fecha se te abonará. Te aconsejamos que contactes con la oficina de servicios sociales donde se han realizado todos los trámites para consultar la fecha de pago de la mensualidad.

  292. Mis padre tiene grado de dependencia II y establecido un PIA de 25 horas/mes, mi madre tiene grado de dependencia III y establecido un PIA de 46 horas/mes, de lunes a viernes, excepto festivos, eso supone una cuidadora de 09:30-13:00 horas todos los días laborables, el resto del día, las fiestas laborables y los sábados y domingos los cuido yo. ¿Puedo solicitar que se me reconozca la ayuda como cuidador no profesional?

    • Hola Antonia,

      En principio no puedes puesto que, como comentas, en el PIA ya se ha establecido la ayuda.

  293. Hola me llamo Ana ,mi madre tiene aprobado el grado de dependencia 2. Solicité el Centro de Día pero debido a esta situación no es aconsejable para ella.He solicitado una PIA ya que soy su cuidadora no profesional. Quisiera saber si es compatible con el subsidio de desempleo que tengo concedido. Muchas gracias.

    • Hola Ana,
      la prestación por cuidados en entorno familiar es compatible con el paro. Sin embargo, no podrás suscribir el convenio especial para que el estado te page la cotización como cuidadora ya que este convenio si que es incompatible con el subsidio de desempleo.

    • Mi hija le dieron el grado 1 ,recurri y presente recurso de alzada y hoy me a venido la resolución le han dado el grado 2 ,mi pregunta es ,me tiene que venir el pia de nuevo con el grado nuevo y el dinero que pertenece por ser otro grado

      • Hola Ana,

        Lo mejor es que contactes con servicios sociales y comentes que se ha hecho una revisión de grado y se tiene que actualizar el PIA en base a ello.

    • Hola Esperanza,
      una vez recibida la carta habitualmente en pocos meses se recibe el ingreso Sin embargo, depende de cada Comunidad Autónoma, ya que los ingresos se gestionan a nivel de Comunidad. Estos últimos meses se han detectado algunos retrasos debido a la situación que estamos pasando.

  294. Si aceptan el pedido de dependencia, el importe a cobrar se calcula desde la iniciación del trámite o desde la fecha de resolución del mismo?

    • Hola Ana,
      el importe de la prestación se decide cuando la Trabajadora Social realiza el PIA (Plan Individual de Atención), una vez ya se ha concedido el Grado de Dependencia. El importe de las prestaciones depende de la necesidad de cuidados del dependiente y de la situación económica y familiar.

  295. Hola me han concedido la dependencia en grado uno y la y no e recibido ninguna carta solo la asistenta social que lleva el caso dice que dispongo de 240 euros pero que la generalita se los pagará a una empresa que yo tengo que contratar de una lista de empresas y que si sus servicios superan los 240 euros yo abono la diferencia

    • Hola Ylm,
      por lo que nos explicas, lo que te han concedido es una prestación en forma de horas de ayuda a domicilio, que tiene que hacer alguna de las empresas de la lista, no un ingreso económico directo. Es una de las posibles prestaciones que establece la ley. Por tanto, es correcto. Deberías tener a carta que lo indica, pero quizás no ha llegado por algún error de envío

  296. Hola.
    Tengo solicitada la prestación económica vinculada para el servicio de residencia, que tiene concedida mi padre, desde finales de Junio, fecha en la que éste entró en una de las concertadas en esta Comunidad. El IMAS (vivimos en Murcia) me indica telefónicamente, en fecha 21 de Setiembre, que no hay presupuesto y que no van a abonar nada, ni resolver el expediente, hasta que lo haya.
    Pregunta: ¿Tendré derecho a solicitar los atrasos por los meses que no me están abonando?
    en caso afirmativo: ¿cómo deberé hacerlo?
    Muchas gracias

    • Hola Ramona,
      el pago de prestaciones se gestiona directamente desde cada Comunidad Autónoma. La situación de pandemia que estamos pasando ha podido provocar ajustes en las diferentes partidas presupuestarias que pueden retrasar algunas prestaciones. Puesto que se trata de una situación algo atípica, deberás consultar directamente a Servicios Sociales, o acudir a algún especialista legal que te pueda asesorar en este tema concreto.

  297. Hola aver en enero de 2019 eche los papeles para la dependencia para mi marido en julio de 2020 bino servios sociales a valorarle en agosto llamo por telefono y me dicen le an dado el grado 1 que esta notificado por carta la cual no a llegado me pueden decir luego qe tramites hay soy de valencia muchas gracias

    • Hola Raquel,
      una vez ya tenéis asignado el Grado de Dependencia, el siguiente paso es que Servicio Sociales hace una segunda visita para decidir qué tipo de prestaciones os asignan (PIA). Puesto que las comunicaciones suelen ser por carta e indicas que no recibisteis la carta con la resolución de grado, te aconsejamos que consultes directamente con Servicios Sociales para que indiques para cuando está prevista esta visita para elaborar el PIA.

  298. Hola , hace ya tres meses para 4 que recibí la carta pia con el grado dos y todo aprobado incluso atrasos correspondientes desde el 2017 mi pregunta es … ¿Cuando van a tardar más en abonarlo?

    • Hola Bea,
      la gestión de los ingresos la hace cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos darte una respuesta concreta. Habitualmente, una vez se recibe la carta, en pocos meses ya se hace el ingreso, pero la situación de pandemia ha hecho retrasar algunos trámites.

    • Hola Antonio,
      una vez recibida la carta en pocos meses ya se hacen los ingresos, pero el plazo real depende de cada Comunidad Autónoma. El primer ingreso incluye todo el importe desde la fecha de inicio del derecho a la prestación.

  299. Buena en mayo recibí la última carta de la ley dependencia y me ponía k llegaban los atrasos hasta mayo de este año y me reconocían un grado 2 se suponía k ya debería de haver empezado a cobrar y todavía a día d hoy nada y la asistenta social me dijo k me daban ya d alta en la seguridad social así k desde mayo ya estoy pero todos los 30 de cada mes miro la cuenta y del dinero ni rastro aún así k ahora k debo hacer esperar más porque llevo desde finales del 2017 esperando o debo reclamar en servicios sociales esk voy un poco perdida

    • Hola Maite,
      una vez recibida la carta habitualmente ya no se tarda mucho en empezar a recibir la prestación, y el primer ingreso incluye los atrasos desde la fecha de inicio del derecho a dicha prestación. No podemos darte una respuesta ni una fecha concreta ya que los ingresos los gestiona cada Comunidad Autónoma

  300. Hola. A mí me ha aceptado la resoluciòn por grado I dependencia todo correcto pero sin ayuda económica desde de 20 marzo 2020.. A yer me ha comentado de la Benestar Social atenciòn ciudadanía todo correcto pero cuánto voy a cobrar no me ha puesto nada. Me da mucha extraño y que no espero nada bien q está paralizado la administraciòn de pago resoluciòn no ha hecho ni la cantidad de pago retroactivo ha dicho que no va pagar en final no me va pagar nada. Donde puedo dejar una queja por favor este es increíble que ocurre en Catalunya.

    • Hola Juan,
      una vez ya tienes la resolución de Grado es necesario hacer una visita a domicilio para valorar la situación de la persona dependiente y que Servicios Sociales realice el PIA, que es el Documento donde se detallan las prestaciones que se asignan a cada persona. Si ya has recibido la carta con la resolución del PIA, allí te indicarán exactamente la prestación y la fecha de inicio.

  301. Tengo entregada la PIA desde de 14 de enero 2020 por grd.I 28 puntos de la dependencia .
    A yer me fue a informarme de Servicios Bienestar Social i Familiar de Catalunya. Ellos me ha comentado que en 20 de marzo 2020 me abrió mi expediente que todo está correcto informe sociales por PIA servicios adecuadas todo acceptada pero económicamente no está poniendo nada en que cantidad me va pagar por mi cuenta bancaria pues nada por mi dependencia. Y que no espero nada bién que ahora está paralizado todo y que no me va pagar ni retroactivo pues nada. Y final no tengo ni la resoluciòn preparada. Yo estoy bloqueado ahora que ocurre me quedao en blanco. La final me ha dicho funcionará que tengo deber ponerme en contacto con mi trabajadora social del barrio para concretizar hacer una queja. Así estamos !!!

    • La actual situación de pandemia ha paralizado algunos trámites y puede retrasar el inicio de las prestaciones. Cuaquier consulta que quieras realizar la debes canalizar a través de Servicios Sociales.

  302. Hola me gustaría saber como puedo hacer para conseguir el grado d dependencia y d cuanto seria la prestación d otorgarmela pues estoy cobrando pensión absoluta

    • Hola Eva,
      debes acudir a Servicios Sociales de tu localidad, o a tu centro de Salud si dispone de un/a Trabajador/ Social, y allí te indicarán qué documentación debes aportar para que puedan solicitar el Grado de Dependencia.

  303. Nuno jorge de Guede dos santos

    Hola cuando se pasaría de la dependencia si el día 7 cae lunes cuando la pasarían a la cuenta

    • Hola! Si ya eres cliente, no te registres de nuevo. Espera a recibir un mail durante el día de hoy con tu usuario y contraseña.
      Cualquier duda también nos puedes contactar por telefono, WhatsApp, email y te facilitaremos la información para que puedas acceder a tu cuenta.
      Muchas gracias

    • Hola buenas
      tengo que cambiar la domiciliacion bancaria donde me ingresan la prestacion de mi hija
      como puedo hacerlo
      se puede hacer online?

      gracias

      • Hola Juan,
        La gestión de las prestaciones por Dependencia son competencia de cada Comunidad Autónoma y, por tanto, cada comunidad establece su sistema para realizar las gestiones. Te aconsejamos que consultes con Servicios Sociales de tu localidad donde te informarán de los pasos concretos a realizar en tu caso.

  304. Buenas tardes, somos de Cataluña y mi hermano tiene un grado 2 reconocido en el 2013 con un servicio en un centro de día, en fecha de 27/05/2019 se dio de baja en ese servicio, meses mas tarde pedimos la prestación por cuidador en el entorno familiar, nos la aprobaron en junio diciendo que tenia fecha de efectos desde 28/05/2019

    Quería saber cuando debería empezar a cobrar la prestación, ya que me informe en la generalitat y cada uno me dice una cosa distinta, unos me dijeron que cobraría en noviembre debido al tiempo de carencia de 18 meses desde el reconocimiento y otros me dijeron que en su caso no habría ese tiempo de carencia al haber estado disfrutando del servicio del centro de día con anterioridad a la solicitud de la prestación

    Por lo mismo espero que me puedan ayudar y decirme cuando debería empezar a cobrar, si habrían atrasos y de cuanto tiempo estaríamos hablando de atrasos.

    Gracias y saludos.

  305. Charo Fernández

    Buenos días. Mi padre tiene reconocido un grado de dependencia II. Ha tenido que entrar en una residencia privada en julio pasado y le han concedido un cambio de PIA con fecha 31 de julio. Es la Comunidad de Madrid
    ¿Cuánto tiempo aproximadamente tarda en llegar la cuantía económica para ayuda pago de la residencia? Se recibe con carácter retroactivo desde la fecha de concesión?
    Muchas gracias.

    • Hola Charo,
      en la carta donde te comunican el cambio de PIA te indican la fecha de inicio del derecho a cobro. Si te indican que tiene la ayuda concedida desde el 31 de julio, lo habitual es que el primer ingreso contemple lo que corresponde desde esa fecha. Una vez recibida la resolución del PIA, en pocos meses ya se realiza el abono, pero estos últimos meses ha habido acumulaciones y retrasos en las gestiones debido al confinamiento, y podría demorarse algo más de lo habitual.

    • Hola Montserrat,
      el importe de la ayuda lo asignan desde Servicios Sociales al realizar el PIA, y depende de muchos factores, como la necesidad de ayuda, los ingresos familiares, etc. No es un importe fijo igual para todas las personas.

  306. Hola mi nombre es Cristina, mi hermano tiene síndrome de Down en grado 3 y le han concedido la ayuda Pia, aún no ha empezado a pagarle y yo estoy como cuidadora no profesional y me di de alta en la seguridad social ya, estoy a esperas de que empiecen a pagar.
    Pero mi pregunta es si: me han hecho una oferta de trabajo a tiempo parcial, es compatible con la ayuda pía siendo yo si cuidadora ??

    • Hola Cristina,
      un trabajo parcial es compatible con ser cuidadora siempre que te permita cumplir con el cuidado a la persona dependiente. Si el trabajo no te deja tiempo para cuidarle, entonces se tendría que asignar a otra persona como cuidadora. Si empiezas a trabajar y estás suscrita al convenio especial de la Seguridad Social, lo que debes hacer es comunicarlo ya que la cotización que te pagará el estado será menor, ya que pasarás a tener cotización por parte de la empresa que te contrate.

  307. Francisco Javier Botana Ferreiro

    Buenas tardes tube que dejar el trabajo por haberse caido mi madre de 87 años 2 veces y en la ultima romperse un brazo al causar baja voluntaria no tengo derecho a ninguna ayuda ella tiene una pendion de 767 y un grado de 33% queria ingormacion para solicitar algun tipo de ayuda

    • Hola Francisco,
      si tu madre necesita ayuda para su día a día debes acudir a Servicios Sociales para solicitar el Grado de Dependencia y una vez tengáis la resolución de Grado, solicitar algún tipo de prestación, que podría ser que te asignen como cuidador y recibir una ayuda económica por cuidar de ella. El primer paso es acudir a Servicios Sociales de tu localidad, o a la trabajadora social de tu centro de Salud, e iniciar los trámites.

  308. Hola.
    Mi hermano tiene una discapacidad reconocida de un 68%, un grado II que tienen que volver a revisar porque su situación a empeorado, depende de mi madre para el aseo personal etc. Mi pregunta es que tipo de ayuda económica tiene derecho. Y si mi madre con un grado de discapacidad del 63%podria recibir algún tipo de ayuda económica por cuidador?
    Gracias

    • Hola Riansares,
      El tipo de ayuda al que puede optar por Grado II lo asigna Servicios Sociales al elaborar el PIA, y tiene en cuenta la situación económica y familiar para asignar el tipo de prestación. Una vez tengáis a resolución de la revisión de grado que estáis tramitando, puedes contactar con Servicios Sociales de tu localidad para la elaboración del PIA, donde te indicarán el tipo de prestación a que podéis tener derecho.

  309. Hola, tengo duda sobre prestación económica de un familiar. ¿Cómo se demuestra? .
    Gracias y un saludo

    • Hola Marta,
      depende del tipo de prestación, de si quieres información para solicitarla o ya se está cobrando, etc.

  310. Buenas noches:
    El 1 de junio recibí la resolucion en la que dan a mi madre grado III de dependencia con una cuantía para el cuidador de 187€
    En la resolucion dicen que está cuantía se reconoce desde el 11 de marzo (la solicitud se presentó el 1 de diciembre de 2019)
    Hace una semana recibo otra resolución rectificando la anterior y diciendo que fue un error y que la cuantía es desde el 1 de junio.
    Mi pregunta es, puede prosperar un recurso? Y no es firme la resolucion primera cuando ya transcurrieron dos meses?
    Me puse en contacto con la asistente social pero lo único que me dijo fue que eso lo resolvía Valladolid. Yo soy de León
    Muchas gracias

    • Hola Pilar,
      si no estás de acuerdo con la resolución recibida, puedes hacer una reclamación a la Administración iniciando un recurso de alzada (recurso administrativo). En la carta recibida debe haber alguna información sobre dónde acudir en caso de dudas sobre la resolución. En caso de que esta reclamación no prospere, el siguiente paso es iniciar un recurso por vía judicial.
      Aunque el recurso administrativo inicial no tiene coste, si tienes que recurrir a la vía judicial si que os puede suponer algún coste.
      Te aconsejamos que en caso de querer optar por esta vía consultes con un profesional en esta materia para que te indique si es aconsejable iniciar estos trámites.

  311. Hola, mi nombre es Beatriz.
    Quería hacer una consulta sobre las ayudas. Mi madre tiene el grado 2 de dependencia, y una incapacidad del 67% , estamos pendiente del resultado de revision de grado. Hasta ahora teniamos una ayuda de una chica, de 38 horas al mes. Actuamente a mi padre, que vive con ella, le han concedido el grado 1 de dependencia, y también tiene una incapacidad del 67%.
    Mi pregunta es, tendrian derecho a una ayuda economica para poder pagar mas horas a una chica que actualmente tienen contratada unas horas? Nos interesaria más la ayuda económica que no una chica que viene 2 horas por las tardes.

    Muchas gracias !

    • Hola Beatriz,
      una vez tengáis la revisión de grado se puede solicitar un nuevo PIA, y se pueden asignar nuevas ayudas según su situación actual. La asignación de horas de servicios o de ayuda económica depende de lo que considere más adecuado la persona de servicios sociales que realizará el PIA con vosotros.

  312. Buenas tardes, soy enfermo de parkinson, tenemos concedido desde el mes de septiembre , reconocida ayuda economica para mi mujer como cuidadora no profesional, tengo grado 1 y creo que la aydua es 153 euros, quisiera saber como ya esta aprobada, cuando empieza mi mujer a cobrarla y asi poder cotizar a la seguridad social

    Muchas gracias

    • Hola Alejandro,
      en la carta donde os indicaban la asignación de esta prestación debe constar la fecha de inicio. En caso de que se produzca un retraso en el ingreso (estos últimos meses ha habido retrasos administrativos debido al COVID), al realizar el primer ingreso se abonan también los atrasos que puedan corresponder. El periodo entre la comunicación y el inicio de los abonos depende de cada Comunidad, ya que estas ayudas se abonan directamente desde cada Comunidad Autónoma. Te aconsejamos que consultes con la persona de Servicios Sociales que gestionó vuestro caso para que os informe más concretamente de la situación de los ingresos en vuestra localidad.

  313. Carmen Casaní

    Hola buenas. Serían tan amables de informarme si el importe que se concede por dependencia se abona conjuntamente con la pensión de viudedad de la Seguridad Social?

    • Hola Carmen,
      Las prestaciones por Dependencia se abonan en un ingreso específico y diferenciado al de la pensión de la Seguridad Social.

  314. Hola, tengo un nene con una discapacidad de 46%.. mi pregunta es, si podría solicitar la ley de dependencia?

    • Hola Pilar,
      debes acudir a Servicios Sociales de tu localidad o a tu centro de Salud, donde te indicarán si le corresponde Dependencia en función de su situación.

    • Rocio huertas Castro

      Buenas tardes yo quería hacer unas preguntas.
      Primero quisiera saber si vamos con un mes vencido?
      Porque emos cobrado el 28 de julio pero agosto aún nada.
      Y otra es que mi hijo tiene una enfermedad rara el tiene 7 años y apenas ace nada. Tiene grado 3 y 76% de minusvalía.
      El día 02/02/2017 le reconocieron el grado de dependencia.
      Y en la carta por detrás me pone, efecto 01/04/2018-en adelante 387,64€ y el primer ingreso lo hicieron el día 04/05/2018.

      • Hola Rocío,
        efectivamente, las ayudas por dependencia se abonan a mes vencido durante los primeros días del mes (el día de pago depende de cada Comunidad Autónoma). Por tanto, el ingreso que indicas del 04/05/2018 es el que corresponde al mes de abril de 2018.

  315. Buenas noches. -mi nombre es Manuel y tengo que haceros dos consultas porque cada vez ando más perdido.
    Mi mujer tiene concedida desde hace 4 años un Gran Invalidez; una minusvalía del 68% y un grado de dependecicia1es de grado 1.
    Llevo prácticamente todos estos últimos años sin poderla dejar sola porque tengo que estar pendiente de ella para lavarla, que coma, que salga alguna a la calle y etc. Esto me impide trabajar uy hace poco he sabido del Convenio para darse de alta como cuidador no profesional y poder cotizar algo pues tengo ya casi 47 años.
    Mi primera pregunta es que hemos solicitado una revisión del grado de dependencia, pues hasta los médicos consideran que es lo que legítimamente le corresponde. Pero hasta entonces querríamos tener en mano la concesión del grado uno y no sabemos dónde hacerlo.
    Yo por mi lado estoy intentado solicitar esa alta en el convenio especial, pero al se por cita telefónica, se ve que no presento todos lo adecuado para solicitarla; cada vez me informan de que me falta otro papel que no venía reflejado en la documentación a aportar. Lo único que hacen es dilatar el procedimiento ya que tengo que recurrir de nuevo a otro organismo público, donde se repite la historia.
    Pasan los meses y mi mujer va empeorando. Padece un TCA severo y crónico que la está matando.
    Os agradecería que me indicarais si trabajáis estos cosos. En caso contrario que me indiquéis los organismos exactos a los que debo acudir y en que orden para agilizarlo todo.
    Además queremos presentar una denuncia ante dichos organismos por entorpecernos las cosas e informarnos de forma errónea. ¿Eso lo podríamos hacer?

    Perdonad por este mensaje tan largo, pero me siento desnudo ante un sistema que no entiendo.
    Gracias por atenderme.

    • Hola Manuel,
      si la situación de tu mujer ja empeorado, es correcto solicitar la revisión de Grado. Mientras se hace esta revisión, sigue siendo vigente la resolución de Grado 1 que dices que ya tenéis.
      por otro lado, para darte de alta en el convenio como cuidadora no profesional y que el Estado te pague la cotización a la Seguridad social es necesario que constes como cuidador en la reslouciòn de la prestación por dependencia (PIA). Si es así, y si actualmente no estás cotizando a jornada compte, puedes solicitar el convenio especial. Estas gestiones se hacen directamente en la oficina de Seguridad Social o por los medios a distancia que hayan habilitado.
      Desde Pensium no realizamos estos trámites, únicamente informamos de cómo realizar estas gestiones. Puedes llamar directamente al teléfono 911 975 125 y nuestro equipo de trabajadoras sociales te informará de cómo realizar los trámites.
      En cuanto a la posibilidad de presentar denuncia, deberías consultar con un abogado especialista, aunque en estos casos te aconsejamos que lo hagas a través del servicio de reclamaciones que todos los organismos están obligados a ofrecer a los consumidores, ya que iniciar cualquier reclamación por vía legal será costoso y difícilmente llegará a un resultado que te aporte algún beneficio.

  316. Hola
    A mi niño le aprobaron la dependencia en enero 2019, en agosto me reuní con la asistenta social y se determinó la prestación de 153 euros al mes, en octubre 2019 me llegó una resolución por la que se establece el programa individual,en la que se me confirma la prestación económica a efectos desde enero 2019. Este mes e julio 2020, hemos recibido un primer ingreso de 153 euros, mi consulta es: los meses de enero 2019 a junio 2020, se me abonarán?????
    Muchas gracias

    • Hola Mar,
      si en la carta te comunicaron que la prestación era con efecto enero 2019 te deberían abonar el importe de estos meses. Habitualmente se abona al iniciar la prestación. Te aconsejamos que acudas a Servicios Sociales con la carta recibida para que te informen si hay algún retraso en el ingreso de las prestaciones atrasadas.

  317. Hola hace dos meses que recibí la carta pia con la resolución del caso de dependencia de mi madre con grado dos y pone q nos abonarán la cuantía con atrasos de hace dos años. Desde que lo solicito mi pregunta es si saben cuánto tardan en abonar la cuantía

    • Hola Beatriz,
      cuando te mandan la carta indicando el importe y los atrasos, la fecha de pago suele ser cercana. Los atrasos se suelen cobrar con el primer ingreso. Sin embargo, como venimos de unos meses con cierto retraso en algunas gestiones, te recomendamos que consultes con el trabajador o trabajadora social que gestionó la petición, por si te pueden concretar la fecha.

  318. Juande hermandez

    Buenas noches solicite la ley de la dependencia hace un año y ya tengo todas las cargas,la última ha sido la del importe de los atrasos y lo que se va cobrar,cuando voy ha cobrarla y los atrasos pueden tardar mucho???!!

    • Hola Juan,
      cuando te mandan la carta indicando el importe y los atrasos, aunque no te indiquen la fecha de pago, suele ser cercana. Los atrasos se suelen cobrar con el primer ingreso. Sin embargo, como venimos de unos meses con cierto retraso en algunas gestiones, te recomendamos que consultes con el trabajador o trabajadora social que gestionó la petición, por si te pueden concretar la fecha.

  319. Francisco Javier San Josè Garcia

    Mi mujer es dependiente gdo. 3.y minusvalida 85%,la atendia yo, se rompio la cadera y los S. Sociales hospital no me han ayudado, he tenido coger una residencia para su recuperacion, pues del hospital de leon, les dan el alta luego, lleva 2dias operada y pretenden q ande ya. Necesito ayuda porque solo me daran la junta 1 tercera parte de lo q cobran de un mes solamente, si tiene q quedar mas tiempo, q tengo q hacer…yo tengo invalidez de accidente trabajo. Me siento solo y abandonado

    • Hola Francisco,
      si su mujer es dependiente grado 3 tiene derecho a una plaza pública en una residencia. Si no hay plaza disponible, hasta que os la asignen podéis solicitar la PEVS (la ayuda económica para pagar al plaza privada). Todos estos trámites se hacen a través de Servicios Sociales.
      MIentras no tengáis estas ayudas, si disponeis de alguna vivienda que pueda quedar vacía para alquilarla, desde Pensium podemos alquilarla y financiar lo que cueste la plaza privada. Si os interesa más información, nos puede indicar un teléfono de contacto y la población donde viven y contactaremos directamente con ustedes para explicarles el programa

  320. Hola,
    a finales de diciembre de 2019 le asignaron a mi madre ( Madrid Capital, 85 años, enferma de Alzheimer) el grado 3 de pendencia. Igualmente ya tiene aprobado su PIA, ayuda a domicilio intensivo que, si no recuerdo mal, está entre 46 y 70 horas mensuales. Asimismo nos dijeron que tendríamos que pagar una parte del servicio. Y les hago dos preguntas,
    Por su experiencia, ¿cuanto creen que tendremos que esperar aún para poder disfrutar del servicio?
    En cuanto a nuestra participación en el coste, he leído en el boletín oficial de la CAM que «En aquellos casos en los que el servicio reconocido en el Programa Individual de Atención sea la ayuda a domicilio, en cualquiera de las intensidades previstas en el artículo 33, apartado 3, del Decreto 54/2015, de 21 de mayo, por el que se regula el procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad de Madrid, la participación del usuario en la financiación del coste del servicio, conforme lo previsto en el artículo 37 del citado Decreto será de 1,37 euros, IVA incluido (base imponible 1,32; IVA, 0,04) para el año 2019. »
    Entiendo que será por cada hora asignada, ¿verdad?
    Muchas gracias

    • Hola Fernando,
      no podemos concretar una fecha de inicio del servicio. En los últimos meses se han acumulado retrasos debido a la situación vivida por el COVID19. La Trabajadora Social que os gestionó la ayuda quizás os pueda concretar algo más.
      La participación en el coste que indicas es efectivamente por hora de servicio.

  321. Hola , han valorado a mi madre de años ayer mismo y piensa que tiene una dependencia máxima .
    Cuanto tiempo tardaran en comunicarme el grado de dependencia y demás
    Pregunto si un hermano mío esta sin trabajo y de momento se dedica a cuidarla , puede ser su cuidador con la prestación que se recibe ??

    Un saludo

    • Hola Fari,
      el periodo de resolución del grado de Dependencia depende de cada Comunidad Autónoma, pero suele ser de unos meses. Una vez tenga la resolución, se realiza el PIA, que es el Plan Individual de Atención donde se asignan las ayudas y prestaciones. Es en este momento cuando debéis solicitar que asignen a tu hermano como su cuidador, y si cumple las condiciones, le asignarán la prestación económica que corresponda.

  322. Del junio el día 19 al 30 ingresaron 61euros y me dicen en la carta la capacidad económica anual del beneficiario es de 588,00Eurosahora estamos en Julio para cuando me ingresa

    • Hola Samia,
      los ingresos en concepto de prestaciones por dependencia los gestiona cada Comunidad Autónoma, por lo que no todos se hacen el mismo dia. Si consultas a la trabajadora socials de tu centro de Salud o directamente a Servicios Sociales, te podrán confirmar las fechas de ingreso que te corresponden

  323. Hola, buenas
    Hace meses mi madre ingresó en residencia de la Comunidad de Madrid, Grado III Dependencia
    Me gustaría saber si se puede cambiar la plaza residencial a otro PIA, ya sea Centro de Día o incluso tenerla de vuelta a casa. Soy su hijo y he sido cuidador de ella reconocido desde 2011 y su tutor legal. En nuestra casa o plaza Centro de Día estaría mucho mejor.
    Gracias.

    • Hola Kay,
      se puede solicitar el cambio de prestación. Debes gestionarlo a través de la Servicios Sociales o a través del/la Trabajador/a Social del centro de salud de tu localidad. Os harán una nueva valoración para la revisión del PIA y asignar la prestación más adecuada.

  324. Tengo un familiar con la ley de dependecia aprobada desde antes del inicio de los pagos no recuerdo la fecha 2007 2008 el grado es 1 sacaron el calendario de pagos y este sería el último en efectuarse en distintas fechas fueron cambiado este pago 2015 era la fecha límite para el cobro de esta prestación en su grado y a día de hoy 2020 aún esta a la espera de la prestación esto es indignante cuanto menos

  325. María del Carmen

    Hola atenemos a mi suegra en casa con Alzheimer y le han dado el grado 3 y a mi marido está como cuidador de ella no trabaja y le han concedido la ayuda de la dependencia nos han mandado la carta y le pone que va a cobrar 26€ al mes por qué no le dan lo que pone por grado 3?

    • Hola Maria del Carmen,
      el importe de la ayuda económica depende de los ingresos de la persona dependiente y de su entorno familiar. Si el importe asignado no se corresponde con lo que esperábais, debes consultarlo directamente a Servicios Sociales donde te podrán indicar el motivo de este importe inferior al esperado y regularizarlo si hay algún tipo de error.

  326. Buenos días,

    Mi padre recibe el cheque servicio y le hemos cambiado de residencia, mi pregunta es si tras haber realizado el cambio dejara de recibir la PEVS y tendremos que solicitar todo otra vez de nuevo. Gracias de antemano

    • Hola Jessica,
      debes comunicar el cambio de residencia, pero si no ha cambiado su situación de salud, seguirá cobrando la PEVS. No es necesario repetir todos los trámites.

  327. Buenas tardes,
    Mi hermana es Sindrome de Down con un 75% de discapacidad. Hace mes y medio falleció nuestro padre y estamos tramitando su pensión de orfandad. Actualmente cobra la pensión por hijo a cargo (Seguridad social) y también estamos tramitando esta ayuda PIA. ¿Existe alguna incompatibilidad entre estas dos y la pensión de orfandad?
    Gracias.

    • Hola Milio,
      Las ayudas por Dependencia son compatibles con las pensiones por orfandad y por hijo a cargo.Únicamente debéis tener en cuenta que si le asignan una prestación por dependencia en formato de ayuda económica, su importe dependerá del total de ingresos que reciba la persona dependiente y su unidad familiar.

  328. Xiomara Gamboa Borges

    Hola, yo llevo 2 años desde que me aprobaron la ley de dependencia en el grado 2.
    Ayer 30 de junio 2020 recibí un pago de 280 euros.
    Mi pregunta es que me habían dicho que llegaría la carta y luego me pagarían los meses desde que fue aprobado. Me podría aclarar un poco el tema por favor.

    • Hola Xiomara,
      Efectivamente, la Administración envía una carta donde se dice qué prestación te han concedido y desde qué fecha. Si no la recibiste, tienes que dirigirte a la Trabajadora Social que te gestionó la prestación, o a Servicios Sociales de tu localidad, ya que la asignación de las ayudas depende directamente de cada Comunidad. Allí te podrán confirmar qué ayudas te han concedido y a qué corresponden estos 280 €

  329. Hola mi padre tiene grado II de dependencia llevo cuidandole desdes hace mucho tiempo puedo pedir prestacion por cuidador no profesional

    Gracias

    • Hola Antonio,
      puesto que tu padre ya tiene concedido el Grado de Dependencia, puedes solicitar una prestación para su cuidado. Debes dirigirte a Servicios Sociales o a la trabajadora Social de tu centro de Salud para iniciar las gestiones para la solicitud de la prestación.

  330. José Romero Gómez

    Mi madre era mi cuidadora en la dependencia que tengo que hacer para cambiar de cuidador a mi padre. Vivo en Madrid y tengo esclerosis múltiple

    • Hola Jose,
      para realizar un cambio de la persona asignada como cuidadora, es necesario contactar con Servicios Sociales y solicitar el cambio. Puedes dirigirte a la oficina de servicios sociales de tu localidad o a tu centro de salud de la Seguridad Social, donde suele haber una trabajadora social que puede gestionar estos temas.

  331. Hola buenas tardes,mi niño tiene 34 % de discapacidad por autismo ,aplicó para la ley de dependencia ?

    • Hola Mar,
      el grado de Dependencia no depende únicamente del grado de discapacidad. Debes acudir a Servicios Sociales para iniciar los trámites y solicitar la revisión médica que determinará si le corresponde Grado de Dependencia.

  332. Buenas tardes,nosotros hemos cobrado la Prestacion Económica Vinculada al Servicio de Centro de Dia,y mi pregunta es,si la Solicitud la realizamos en Marzo del 2019, y nos han pagado desde Julio de 2019,esos cuatro meses se pueden reclamar de atrasos.Gracias,un saludo.

    • Hola Francisco,
      en la carta donde os comunicaron la asignación de esta prestación debería indicarse la fecha de inicio del derecho a cobrarla. Habitualmente, cuando hay derecho a atrasos, se abonan directamente con el primer ingreso. Puesto que la gestión de los pagos depende de cada Comunidad Autónoma, de aconsejamos que lo consultes directamente a Servicios Sociales.

  333. Hola, tengo un familiar cobrando la ley de independencia, pero su hermana con su consentimiento la ha ingresado en una residencia privada. Este familiar dejaría de cobrar al ingresar en la residencia??. Gracias.

    • Hola María,
      Si estaba cobrando la prestación por cuidado no profesional, esta prestación finaliza al ingresar en la Residencia, puesto que el cuidador deja de cuidar en casa a la persona dependiente. Tenéis que comunicar este hecho a Servicios Sociales, ya que en caso de no comunicarlo, más adelante os reclamarían las cantidades cobradas tras el ingreso en la residencia

  334. Lourdes verbal gonzalez

    Tengo aprobada la ayuda de la ley de la independencia ase 14 mese cuando la ingresa

    • Hola Lourdes,
      la gestión de los ingresos se hace desde cada Comunidad Autónoma. Deberías consultar en Servicios Sociales para que revisen tu caso concreto y te indiquen una fecha aproximada.

    • Hola Conchita,
      la gestión de los ingresos se hace desde cada Comunidad Autónoma. Deberías consultar en Servicios Sociales para que revisen tu caso concreto y te indiquen una fecha aproximada.

  335. LOLA ORTIGA BALLBE

    SI TIENES UNA PENSION DE 437€ i estas en una residencia concertada pero tienes ahorros , tambien te corresponde lei de dependencia ???

    • Hola Lola,
      cualquier persona que tenga reconocido el grado de dependencia tiene derecho a solicitar las ayudas establecidas en esta Ley. Al hacer la valoración de la situación personal para elaborar el PIA (documento donde se detallan las prestaciones asignadas), se tiene en cuenta el entorno económico y familiar de la persona dependiente, Si consultas con la trabajadora social de tu localidad, te podrá indicar a qué tipo de prestaciones puedes acceder teniendo en cuenta la pensin que indicas y el importe de los ahorros.

    • Hola Montse,
      debes dirigirte al trabajador o trabajadora social de tu localidad, o a la administración que te hace el ingreso de la prestación, ya que se tendrá que revisar tu caso concreto

  336. José Luis Rodríguez García

    Se me reconoce el derecho al Servicio de Ayuda al Domicilio el 26 de junio de 2017. Solicito que se asigne a mi mujer que lleva cuidándome desde el año 1990. El funcionario me contesta que no, porque son ellos los que designan a las personas que tienen que ayudar. Al cabo de un mes se declara extinguido el derecho a la ayuda. Ahora, me dicen que tengo derecho a elegir a la persona que yo quiera. ¿Es cierto? ?Puedo recurrir?

    • Hola José Luis,
      La asignación del tipo de ayudas que corresponden en cada caso es competencia de cada Comunidad Autónoma, a través de Servicios Sociales de cada localidad. Te aconsejamos que trates este tema directamente con ellos, ya que disponen de todo el historial y te podrán informar de las ayudas a las que puedes optar en este momento.

  337. El 6de agosto entregue toda la docuy que me pidio la,asistente social para el pia, me dijo que como mi madre tiene un grado l, me corresponde como cuidadora 153 euro y poderme dar de alta en la seguridad social.A dia de hoy 22 de mayo todavia no he recibido la carta ,.Cuanto suele tardar en resolver?

    • Hola Magdalena,
      el plazo de resolución debería ser de menos de 6 meses. Sin embargo, la situación de COVID que estamos viviendo ha provocado retrasos en las comunicaciones y asignaciones de prestaciones. Deberías consultar a la asistente social que gestionó tu caso para valide en qué estado está y te pueda orientar en el plazo previsto.

  338. ENRIQUE DE MENA AGUIILAR

    Quisiera saber como y donde se solicita la revisión de la ayuda una vez concedido el nuevo grado,
    Muchas gracias

    • Hola Enrique,
      debes dirigirte al asistente social de tu centro de salud. Allí podrán gestionar la revisión del PIA.

  339. Maria victoria

    Mayo 10 de 2020
    Hola tengo a mi madre con reconocimiento de grado 3 de dependencia gran dependencia desde el 7 de marzo del 2019. Y como cuidadora no puedo trabajar. No ha recibido ayuda ni tiene teleasistencia.

    • Maria victoria

      Leo que tenemos que recibir una carta que nos indica la cantidad a percibir y la posible fecha del ingreso ami no me dieron ni me ha llegado ninguna carta solo me han hecho de mi conocimiento los servicios sociales pero de boca . no tengo ningun papel que me indique dicha situacion no entiendo el por que y he preguntado a los servicios sociales el por que no tengo por escrito esto. Que puedo hacer ya he llamado y me han dicho que me comunicará directamente con la junta de Andalucia pues no es normal esta situacion. Gracias

      • Hola María Victoria,
        si tu madre ya tiene reconocido el grado de dependencia, el siguiente paso es la valoración por parte de servicios sociales para asignar las ayuda y prestaciones que os correspondan, que se comunican a través de la carta de resolución del PIA. Si tú eres su cuidadora y así lo indicaste en la visita de evaluación del PIA, lo habitual es que os asignen la prestación por cuidados en entorno familiar. Todos los trámites y resoluciones son competencia de Servicios Sociales de cada Comunidad, por lo que lo único que podemos indicarte es que te dirijas allí para que te informen de la fecha prevista de envio de la carta de resolución del PIA, y conocer así qué´tipo de ayudas o prestaciones te han asignado.

      • Hola, mi nombre es Elena, y tengo Reconocida un Grado 2 de Dependencia desde Febrero de éste año, y quisiera saber si tengo derecho a Alquilar e un piso de manera privada con la Ayuda asignada.
        ¡Gracias!.

        • Hola Elena,
          las ayuda por Ley de Dependencia se conceden con el objetivo de ayudar a cuidar a la persona dependiente. Por este motivo en algunos casos son prestaciones de servicios (unas horas de una persona de ayuda a domicilio una plaza pública en un centro de día, etc.) y en otros casos, ayudas económicas (por ejemplo, cuando un familiar cuida a la persona dependiente y tiene que reducir horas de trabajo). No podemos darte una respuesta concreta, ya que depende del tipo de ayuda que tengas asignada y del motivo por el que necesitas alquilar un piso, aunque debes tener en cuenta que el objetivo de la prestación por dependencia es que se destine a cuidar a la persona dependiente.

  340. ELENA BRIZ RODERO

    Hola, en Septiembre del 2019, se le fué reconocida la Dependencia Grado I de mi padre con 86 años, en el entorno familiar. Yo soy la que le cuido. Y aunque creo que sería un Grado mayor, porque le hago todo, ni siquiera me han dado la prestación económica desde entonces, sólo el servicio de Teleasistencia. Yo no trabajo, en este momento sin ningún ingreso y estudiando una oposición.
    Me gustaría que se hiciera ya ese ingreso ya que ha pasado más de 9 meses desde que se le ha concedido.
    Gracias.

    • Hola Elena,
      si ya recibisteis la resolución del PIA donde te informaban de la prestación aprobada, en esta comunicación habitualmente se indica la fecha de inicio de la prestación. El plazo máximo para todo el proceso está establecido en 6 meses, pero en muchos casos hay retrasos debido al número de prestaciones que se gestionan, y en estas últimas semanas, la situación de alarma ha podido comportar retrasos adicionales.
      Te aconsejamos que contactes telefónicamente con el centro donde te gestionaron la prestación para que te den una previsión de fecha de pago.

    • Yo fui a consultar y me dijeron que la seguridad social tiene para pagar hasta en 2 años, a mi pequeño también le aprobaron la dependencia en septiembre 2019 y hasta la fecha nada, ni si quiera la carta que dicen que nos tiene que llegar con la cuantía, a sido un caos intentar darme de alta como cuidadora, me enviaban de un lugar a otro, el 012 no sabía nada, tuve que ir directo,, espero no tarden los 2 años en pagar, suerte!

  341. Concepción Belinchon Pamblanco

    Buenas, a primeros del año 2019, solicite Ley de la Dependencia,,ya que después de operarme L5, S1, varios años después, tuve un descuelge en el ascensor, hoy 1/05/2020,las asistentas sociales, no sólo no me ayudan, sino que me deniegan ayuda a domicilio, y menos, que ayuden en el hogar. Yo, apenas puedo andar y problemas de cervicales, que me impiden apenas mover los brazos

    • Hola Concepción,
      por lo que nos indicas, suponemos que ya has recibido el reconocimiento de grado y que, sin embargo no te asignan la ayuda. La asignación de las ayudas a cada persona dependiente es competencia de cada Comunidad Autónoma. Si tu situación es de poca movilidad, quizás podrías solicitar revisión de grado, para que se ajuste a tu situación real y puedas optar a más ayuda. Las asistentas sociales de tu centro de salud te indicarán si puedes solicitar revisión de grado y qué pasos hay que hacer.

  342. Abril 26, 2020

    Buenos días por favor tengo mi marido con 58 años diagnosticado Alzeheimer con grado I desde 2016 y ha ido empeorando está en centro de día. Yo ya presente en servicios sociales para cuidadora no profesional desde noviembre de 2019 y no tengo respuesta. Qué tiempo tardarán en concederme?
    Y otra pregunta y si le cambian de grado en la Seguridad Social le aumentan su pensión?. Gracias x su ayuda

    • Hola Elizabeth,
      el plazo de tramitación de las prestaciones por dependencia depende de cada Comunidad, y puede durar vatios meses.
      En caso de que le asignen una ayuda como dependiente de grado I, si su estado ha empeorado y pasa a tener reconocido un grado II o III, puedes solicitar la revisión de la prestación (no es automático, debes solicitar la revisión de la ayuda una vez concedido el nuevo grado).

    • Yo llevo cuidando a mi madre por un tercer grado hoy me e dado cuenta que los cuidores tienen derecho a la paga de julio y diciembre la cual nunca e cobrado me gustaría que me den información sobre esta tema gracias

      • Hola Alexis,
        si estás percibiendo la prestación como cuidador por Ley de Dependencia, esta prestación es un importe mensual sin pagas adicionales en julio y diciembre. Las pagas adicionales se aplican en general a los pagos de pensiones, pero no a las prestaciones por dependencia.

  343. Hola me aprobaron la ley de dependencia porque cuido a mi madre con demencia senil grado II,, con esta problemática que tenemos tengo una duda , con esta ley me pagan la seguridad gracias

    • Hola Mary,
      si ya estás cobrando la prestación como cuidadora y cumples las condiciones para adherirte al convenio especial (básicamente que no estés trabajando y cotizando a tiempo completo), puedes solicitar que te paguen la cotización a la Seguridad Social. Debes hacer el trámite en la oficina de la Seguridad Social.

  344. juan jose padilla porras

    tengo un grado de dependencia II, 65 y un asistente social a venido a mi domicilio. Me ha comentado que no tengo derecho a prestación económica por cuidados porque mi madre tiene 80 años. Sin embargo la realidad es que dia tras dia es ella la que me cuida. Solamente me propone cuidadora externa dentro de un año.

    • Hola Juan José,
      para asignar la prestación por cuidados en el entorno familiar, la Seguridad Social debe garantizar que la persona cuidadora puede atender todas las necesidades de la persona dependiente. Aunque mientras estés esperando la prestación te esté cuidando tu madre, su edad no es la adecuada para atender tus necesidades diarias como persona dependiente, y por este motivo desde Servicios Sociales proponen que sea una cuidadora externa quien te atienda.

  345. Mi suegra le han concedido la dependencia grado 2 en septiembre 2018 y este mes de marzohemos cobrado la primera mensualidad se cobrarás los meses retroactivo

    • Hola José,
      en la carta donde os asignaban la prestación se indica la fecha desde que se inicia el derecho a cobrarla. Deberías verificar qué fecha os indicaron y, si no es correcto el ingreso que os han hecho, consultarlo directamente con Servicios Sociales.

  346. Luis Morillas Vergara

    Buenas,mi suegra tiene un nivel III grado I de dependencia,pero para hacer la renta necesito saber su equivalente en porcentaje de minusvalía.
    Si pudiera ayudarme.
    Gracias anticipadas.

    • Hola Luís,
      la minusvalía la certifica un tribunal médico, y valora las restricciones para realizar la actividad normal de la persona que la sufre. mientras que el grado de dependencia mide la necesidad de ayuda que necesita la persona dependiente. El porcentaje de minusvalía no siempre tiene relación directa con el grado de Dependencia. En el informe médico en el que asignaron a tu suegra el grado de Dependencia posiblemente también se informa del porcentaje de minusvalía. Si no es así, deberías consultar con su centro medico para que le hagan la valoración de grado de minusvalía.

  347. Hola buenas tardes, a mi hija le aprobaron la ley de la dependencia de grado 1 en mayo del 2019 y hasta hoy 9 de abril del 2020 no me han pagado la mensualidad de 153€ , mi pregunta es no se cobraba con carácter retroactivo??? Si es así tengo yo que hacer algo, reclamarlo o ya dejarlo estar???
    Muchas gracias

    • Hola Veronica,
      en la carta donde te informaban del importe de la prestación también se indica la fecha a partir de la que se inicia el derecho a cobrarla. Deberías comprobar lo que te comunicaron y, en caso de no haber recibido lo indicado en la carta, acudir a Servicios Sociales para que lo gestionen.

    • Hola Francisco,
      el importe de la prestación que se asigna en el PIA (Plan Individualizado de Atención) depende de diversos factores: necesidades de la persona dependiente, situación del entorno familiar, disponibilidad de recursos de la localidad, etc. No hay un importe único para todo el mundo. La persona de Servicios Sociales que gestiono vuestro caso es quien te podrá informar en más detalle del importe de prestación asignado

  348. HOLA BUENAS TARDES ,ES PARA HACER UNA PREGUNTA MI PADRE FALLECIO -Y COBRABA LA LEY DE DEPENDENCIA GRADO II
    ME HAN DICHO QUE ESE DINERO PASA AHORA A MI MADRE ,ELLA ESTA BIEN DENTRO DE LO QUE CABE UNA MUJER DE 80 AÑOS.QUE SE A IDI A VIVIR CON I HERMANA LA CUAL TRABAJA COBRANDO POCO
    YO CREO QUE NO,PERO ME HAN DICHO QUE ESE DINERO PASA A MI MADRE ,ES VERDAD ???
    MUCHAS GRACIAS

    • Hola Eduardo,
      las prestaciones por Dependencia son personales y no pasan en ningún caso a ningun familiar. Son ayudas destinadas al cuidado de la persona dependiente, y cuando esta persona fallece, finaliza el derecho a la prestación

    • Hola Carlos Alberto,
      Atendiendo que indicas que tienes un 65% de invalidez, puedes consultar a Seguridad Social si te corresponde algun tipo de pensión por este motivo.

  349. Hola,
    En 15 de diciembre 2019 conseguido la resolución la grado I , 27 puntuación por fobia social y teniendo en vigor un grado de discapacidad severa 71%.
    La PIA esta tramitada de trabajadora social del tercero sector social Arep Barcelona por la Benesrar social i Familia en 16 de enero 2020
    Pregunta es que cuando me va ingresar mi cuenta bancaria con retroactivo 15 de diciembre 2019 ayuda de cheque social más o menos en julio 2020 ( seis mes de espera tb.) Pedio un servicio semanal dos horas total de 8 horas mensual para acompañamiento del educador/a social profesional para hacerme las compras supermercados y soporte socio educativos? Más o menos cuál es la cantidad de pago mensual cheque social por este servicio grd. I. de la dependencia ? Gracias por respuesta en breve y un saludo

    • Hola Juan,
      tanto los importes de cada prestación como las fechas de inicio de pago se gestionan desde Servicios Sociales, y cada Comunidad Autónoma tiene unos plazos diferentes en función de las peticiones y resoluciones que tenga en trámite. No podemos dar respuesta a tus consultas ya que son muy específicas de tu situación y de tu localidad.

      • Te entendio pues de la entrega PIA Benestar Social y Familiar Catalunya para aprobar las servicios y paga de 153 euros mensual depende de cada uno Comunidad. Esta claro y limpio. Pero ha pasado cinco meses de la entrada la solicitud y no tengo ninguna respuesta de aprobaciòn de la PIA. Con este estado de alslma Covid19 se entiende que el cilencio de la administraciòn entre (seis meses) 14 de julio 2020 tengo derecho para reclamar por impago retroactivo. Un saludo.

        • Hola Juan,
          aunque el plazo establecido como máximo es de 6 meses, la gran cantidad de solicitudes comporta que suela ser más largo.Cuando recibáis la resolución del PIA, os indicarán la fecha de inicio del derecho a cobro, y si en el PIA se indica que le corresponde la ayuda desde una fecha anterior al primer ingreso, ya se gestiona directamente el pago con efecto retroactivo. No te aconsejamos que inicies ninguna reclamación, ya que esta gestión adicional no ayudará a que la petición inicial se acelere.

          • Gracias.Ok yo voy esperar hasta que me comunique aunque espero que hasta septiembre voy a tener una respuesta concreta y tb. se va notar por la ingreso bancaria. Un saludo y gracias por Vosotros respuesta consejos adecuadas en breve.

  350. Mi caso es el siguiente:
    Mi madre de 91 años y dependiente casi totalmente, enfermedad coronaria, insuficiencia respiratoria, colostomia ,cadera etc… Yo trabajo a media jornada y cuido de ella en turnos rotativos con mis 3 hermanos.
    Mi situación es precaria económicamente y quiero saber si puedo acogerme a alguna ayuda como cuidadora.
    Muchas gracias.

    • Hola Ana,
      por lo que nos indicas, la situación de tu madre justifica que le asignen grado de dependencia y, una vez obtenido el grado, solicitar algun tipo de ayuda por dependencia. Debes hablar con servicios sociales y en la visita a domicilio para identificar que ayuda es más adecuada, solicitar si te pueden asignar la prestación por cuidador no profesional. Si te asignan esta ayuda y tu trabajo es a media jornada, también podrás acogerte al convenio especial y solicitar que la cotización a la Seguridad Social te la pague el estado.

  351. Juan Luis Camacho

    Buenos días,

    El 25 de septiembre falleció mi padre. tanto él como mi madre tenían asignada una plaza pública en una residencia, por la que cada uno de ellos pagaba 439,69€ a la residencia y el resto era subvencionado, es decir, ambos estaban gratuitamente en la residencia, y tenían un pequeño remanente, pues la pensión que cobraba mi padre era de 890€.
    Además,en la residencia nos informaron en su día que al ser una plaza pública no se tenia que pagar importe alguno por la residencia.

    Mi madre ha sido siempre ama de casa, por lo que tras el fallecimiento, ha pasado a cobrar la pensión de viudedad por importe de 714,31€.

    Tras el fallecimiento de mi padre, han regularizado la situación a mi madre, la cual, por el Parkinson que sufre ha tenido un deterioro importante desde su primera valoración, pues en estos momentos su dependencia absoluta, y se encuentra en un estado vegetativo.
    Sin embargo, tras esta nueva situación se nos indica que el importe de la plaza pública de residencia son 748,81€, y además nos reclaman la diferencia de los importes desde el fallecimiento, 1213,34€, es decir, si bien la situación de mi madre ha empeorado desde su entrada, las condiciones económicas empeoran, pues ahora tenemos que pagar por una plaza que antes era gratuita.
    Este procedimiento por parte de la administración y residencia se puede considerar correcto?
    Como debemos realizar el correspondiente recurso?

    • Hola Juan Luis,
      lamentamos la situación que expones. Por los datos que indicas, parece que tu madre tenía plaza gratuita por el hecho de no tener ingresos por pensión, ya que al haber sido ama de casa, no había cotizado ni tendría pensión. Si es así, quizás al pasar a recibir una pensión por viudedad, se ha considerado como un incremento de ingresos. Sin embargo, debes consultarlo con Servicios Sociales para que te indiquen el motivo de este cambio en el coste de la plaza y si hay alguna opción para mantener el coste anterior.

  352. Hola,buen día,,soy ascension ,,tengo un ,hijo con una discapacidad intelectual y tiene reconocido 79/ y en l ley de dependencia 85 yo vivo en ibiza y mi hijo en Mallrca en un centro puedo pedir alguna ayuda por desplazamiento ,,,nos desplazamos ,,una ve z almes

    • Hola Ascensión,
      debes realizar la consulta a Servicios Sociales. La Ley de Dependencia contempla prestaciones para el cuidado de las personas dependientes, pero no ayudas para desplazamientos y visitas. Sin embargo, puedes consultar si en la Comunidad Balear existe algun tipo de ayuda adicional para este tipo de casos

  353. Hola, buenos días.

    Mi padre tiene 78 años y tiene la enfermedad de párkinson desde hace unos 20 años.

    Cada vez requiere más cuidados y queríamos iniciar la solicitud del servicio de ayuda a domicilio o del servicio de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía ya que tardará en atenderse más de año y medio.

    Mi duda es si hay un límite máximo de ingresos por la pensión recibida para solicitar el servicio o no es un parámetro limitante para poder utilizar el servicio público de calidad.

    Si no fuera limitante, ¿el primer paso que deberíamos realizar es obtener el reconocimiento de Grado de dependencia , a través de su centro de salud?

    Muchas gracias.

    • Hola Marta,
      Los ingresos por pensión se tiene en cuenta para asignar el importe de las ayudas y el precio a pagar para el acceso a un servicio público, pero no limitan a iniciar la solicitud. En cualquier caso el reconocimiento de grado puesto que es una valoración de la salud y autonomía de la persona mayor, no depende en absoluto de los ingresos.
      Cada Comunidad Autónoma gestiona el importe de las ayudas. Te aconsejamos que inicies los trámites para obtener el grado de dependencia en el centro de salud, como tu ya indicabas, ya que si más adelante necesitéis una plaza en un centro residencial, para poder optar a una plaza pública necesitaréis el reconocimiento del Grado de Dependencia. También te aconsejamos que solicites las ayudas En Servicios Sociales te aconsejarán qué tipo de solicitud hacer según el estado de salud y económica de la persona mayor.

  354. Francisco javier

    Hola soy francisco tengo un niño Có el grado de dependencia con el grado 3 nivel 1 el cobra 355 pero ahora tiene brote socotico esta por un siquiatra se puede aser otro reconocimiento pero tengo miedo que le quiten lo que cobra lla

    • Hola Francisco,
      para valorar si es conveniente hacer una revisión de grado es aconsejable que hables con la persona de Servicios Sociales que lleve el caso. Allí te indicarán si su situación actual es peor que la que tienes reconocida y si puedes optar alguna ayuda adicional.

  355. Hola,

    Cómo puedo saber si a mi padre se le ha concedido la ayuda de asistencia? Sé que mi hermano la estaba tramitando, pero no tengo buena relación con él.
    Hay alguna forma de consultarlo?

    Gracias.

    • Hola José,
      las comunicaciones de resolución se mandan a la persona dependiente. Si no puedes preguntar sobre las gestiones realizadas y su resolución, puedes acudir a Servicios Sociales y consultar sobre la situación de tu padre. Sin embargo no conocemos en detalle si desde Servicios Sociales pueden aportar información a personas diferentes a la solicitante,

    • Buenas noches mi madre tiene reconocida la ley de dependencia con grado dos severo que día se la pagan soy de un pueblo de sevilla

      • Hola Francisca,
        El pago de las prestaciones por Dependencia lo gestiona cada Comunidad Autónoma. Suelen abonarse los primeros días de cada mes,aunque puede haber variaciones entre Comunidades. En la comunicación de la resolución del PIA donde te indicaban la prestación asignada te habrán indicado la fecha de inicio de dicha prestación. Si tienes cualquier duda, puedes dirigirte a Servicios Sociales de tu localidad (puedes hacerlo telefónicamente), donde te podrán dar una fecha más concreta del pago de la prestación.

    • Hola

      Queria preguntar si la pension de mi hijo de 14 años que actualmente es de 270 euros.. ¿Aumentará cuando llegue a los 18 años?

      • Hola Gregorio,
        los criterios de pago de pensiones dependen totalmente de la Seguridad Social. Si se trata de una pensión por menor a cargo con discapacidad, al cumplir los 18 año puede variar según el grado de discapacidad y la necesidad de ayuda del menor. Te aconsejamos que realices la consulta a la Seguridad Social donde tendrán información del tipo de pensión que estás cobrando y de qué pasará al cumplir los 18 años.

  356. Elisabeth megias palomares

    Hola buenas me llamo Elisabeth tengo a mis padre con 89 años y a mi madre con 83 años. Ambos tienen el grado 2, y mi madre con Alzheimer. Yo estoy soltera y vivo con ellos. A día de hoy yo soy su cuidadora, no trabajo ni tengo ingresos de ningún tipo y llevo toda la vida viviendo con ellos. Mi pregunta es si yo puedo cobrar la ley de dependencia por ser la cuidadora de ellos. Gracias de ante mano.

    • Hola Elisabeth,
      si tus padres ya tienen grado II, desde Servicios Sociales te pueden gestionar la solicitud de Prestación y que te asignen como cuidadora no profesional. De este modo podréis recibir la prestación económica por este motivo. Además, si no tienes otros ingresos, si te asignan la prestación como cuidadora podrás solicitar la cotización a la Seguridad Social según el convenio especial vigente, de manera que el estado se haría cargo del pago de esta cotización. Te aconsejamos que consultes con la trabajadora social que te corresponda para gestionar la solicitud de la prestación.

  357. Mis padres tienen una dependencia grado III, están en una residencia y reciben por el PIA, una ayuda económica mensual por atención residencial
    desde julio de 2017 de 214 euros cada uno y la residencia le cuesta 1.900 euros cada uno. Como han pasado más de 3 años, su salud se ha deteriorado aún más (97 y 98 años) y sus ahorros están mermando sustancialmente, volví a la trabajadora social a ver si podía actualizarse la situación del programa para poder recibir más compensación económica.
    La respuesta fue que no, que su grado de dependencia ya era máxima y que sus ahorros no computaban de forma importante en el cálculo de la ayuda.
    Yo creo que no tenía ganas de trabajar!. Es cierto que no puede aumentar sustancialmente esta ayuda por esta razón ? Muchas gracias

    • Hola Marta,
      el importe de la PEVS (la ayuda que reciben para pagar la residencia) depende básicamente del grado de dependencia, aunque también afectan las rentas de la persona solicitante. Puesto que sus padres ya tienen grado III, no se puede incrementar la prestación por este motivo. El impacto de las rentas y ahorros depende del criterio de asignación de ayudas de cada comunidad autónoma, aunque si que es cierto que el impacto de las rentas en el importa de la prestación no suele ser muy significativo.
      Sin embargo, si ya llevan más de 3 años cobrando la ayuda, ya deberían haberles asignado la plaza pública. Le aconsejamos que consulte a la trabajadora social sobre los plazos previstos para tener una plaza pública, lo que significaría que dejarían de pagar la plaza privada.

  358. Hola,

    mi consulta es sobre la dependencia de mi padre que con 88 años y diferentes patologías de enfermedad, mi madre a partir de ahora se tendría que hacer cargo de bañarlo, levantarlo, etc… y eso no es posible. MI padre cobra una pensión 700€

    Mi consulta es, podría solicitar una ayuda de alguien por parte de la seguridad social que pueda venir ayudar a mi padre a lavarse, levantarse, etc… ?

    Cómo se debería tramitar?

    Mis padres viven de alquiler en Reus. CP 43205

    Gracias por su atención y quedo a la espera de sus noticias.

    Saludos

    • Hola Fracisco,
      para poder solicitar la ayuda que indica, lo primero que tiene que hacer es obtener el reconocimiento de Grado de Dependencia (lo puede solicitar a la Trabajadora Social de su centro de salud), Una vez tenga el reconocimiento de grado, desde Servicios Sociales les harán la visita para valorar su situación y asignar las ayudas que necesitan, y en esta visita puede decir que la ayuda que les interesa es ayuda a domicilio.

  359. Mi madre está ingresada en una residencia. Recibió la ayuda a la Dependencia en el mes de septiembre pasado. Me han dicho que, con carácter retroactivo, puedo solicitar que se le reduzca de su pago mensual, del 10 al 4 por ciento, el iva, que sería el reducido. ¿Es esto cierto? ¿Cómo puedo documentarlo? Muchas gracias.

    • Hola Jorge,
      Efectivamente, el IVA aplicable a los servicios residenciales es el 4% para personas que estén recibiendo la PEVS (ayuda de la ley de Dependencia). Si le están aplicando un IVA superior, debe acudir al cetro residencial y solicitar que el apliquen el IVA reducido desde el momento en que le asignaron el derecho a la prestación por dependencia.

  360. Hola,soy asistenta no profesional de entorno familiar a mi hijo que tiene 20 años.Tiene grado 3 por ley de dependencia.Mi hijo esta en un colegio especial hasta 21 años con una programa para jovenes con discapacidad¿Soy obligada a pedir plaza en un Centro dia para mi hijo cuando cumple 21 años o puedo seguir cuidarle en casa?Muchas gracias!

    • Hola Laura,
      si consideras que puedes hacerte cargo de tu hijo, no estás obligada a llevar a tu hijo a un centro de día. o obstante, te aconsejamos que consultes con Servicios Sociales, donde te indicarán qué opción es más aconsejables según la situación de tu hijo.

  361. Veronica morales cardona

    Buenos días!! Stamos esperando q empiecen a ingresar la ayuda por dependencia. Recibimos la carta del PIE en junio con fecha efecto 20/08/2018. Pagan con retroactividad??? Yo estoy trabajando jornada completa, se puede cotizar igual lo de la dependencia?? O si estoy trabajando no se puede??
    Gracias!!

    • Hola Verónica,
      aunque puede haber variaciones según la Comunidad Autónoma donde pertenezcas, habitualmente las prestaciones se pagan desde la fecha de inicio de prestación indicada en la carta. Si recibiste la carta en junio de 2019, ya deberías estar cobrando la prestación.
      En relación a la consulta sobre si puedes cotizar como cuidadora, si estás trabajando a tiempo competo no te puedes acoger al convenio especial para que la cotización la pague el estado, pero puedes dirigirte a la oficina de la Seguridad Social, donde te informarán si hay otras opciones de cotización a las que te podrías acoger para incrementar tu cotización actual.

      • María del carmen

        Hola me han concedido la ayuda por mi suegra con grado 3 pero nos han mandado la carta y nos pone q va a cobrar 26 € al mes no la cantidad q pone x grado 3

  362. Hola me gustaría saber si hay alguna ayuda para una persona que tiene el grado ll esta en residencia y al ir al hospital tiene quien le cuide porque la familia no puede por eso están en residencias

    • Hola Marta,
      puesto que estáis recibiendo la prestación de plaza pública, la Ley de Dependencia no contempla prestaciones adicionales si en algun periodo no está en la residencia, ya que sigue manteniendo el derecho a volver a su plaza asignada.

  363. Hola, buenas noches, les escribo porque tengo una duda. El otro dia, mi trabajadora social me dijo que tenia un grado de dependencia muy bajo, y que deberia subirlo para solicitar un asistente personal. Cuánto podría tardar más o menos en tramitarse? Cuándo podría tener esa ayuda? , gracias.

    • Hola Ana,
      el plazo establecido por ley está en un máximo de 6 meses, aunque el plazo real depende de cada Comunida Autónoma y de cada localidad, ya que estos trámites son competencia de los Servicios Sociales de la Comunidad. La trabajadora social que le aconsejó solicitar este cambio les podrá orientar mejor del plazo previsto.

    • Hola Mara Cristina,
      la gestión de las ayudas se hace desde Servicios Sociales. Si estás esperando la comunicación de la prestación desde hace tiempo, puedes ir a la oficina de Servicios Sociales para que te den una fecha aproximada.

  364. Magdalena Carmona Morales

    Hola, mi mafre tieme reconocido un gradoI de dependencia, el 7 de agosto entregue toda la documentación que me pidio la asistenta social referente al pia, que me concedia una presentación de 153 euros y poderme dar de alta como cotizante, este mes fe febrero hace ,6 meses , tardara mucho la llegada de la carta aprobando la ayuda?
    Gracias

    • Hola Magdalena,
      el proceso no debería durar más de 6 meses; sin embargo, la tramitación de estas gestiones se hace directamente desde Servicios Sociales de cada localidad, y puesto que el número de peticiones es elevada, en muchos casos la comunicaciones tardan más de los previsto. Lamentamos no poder concretarle una fecha ya que únicamente Servicios Sociales tiene competencias sobre este tema.

  365. Buenos días, tenemos una duda, mi marido esta con un grado 2 cobrando 268,79 euros actualmente, yo no trabajo ya que tengo que cuidar de el y no puedo dejarlo solo ni un momento, en el momento que nos concedieron el pia el tenia la pension minima y resulta que mi marido tenia un seguro de vida que le cubria la dependencia y los ingresos nos han aumentado mensualmente, tenemos dos menores y los únicos ingresos son los de mi marido, esto afectaría a lo que cobra de la dependencia? hay alguna tabla donde estipulen los ingresos máximos y minimos , un slaudo y mucha s gracias

    • Hola Virginia,
      por lo que nos explicas, parece ser que estás cobrando la ayudas por cuidador no profesional. Cuando se concede esta ayuda, se hace en función de los ingresos y situación de cada familia, y queda fijada a no ser que la situación global de la familia varíe significativamente. Si tu no trabajas y lo que cobráis de tu marido son los únicos ingresos, es muy poco probable que se modifique la prestación que estáis cobrando. Sin embargo, la asignación de las ayudas es competencia de los Servicios Sociales, por lo que no podemos darte una confirmación al 100 por 100.

  366. Buenas tardes!!! Me siento perdida en estos momentos,, tengo a mi tia de 83 años,con un principio de demencia q mes a mes va a mas. Mi situacion en estos momentos es ,, mi tia con demencia,, mi madre de 81 años q es la q se hace cargo hasta q vengo de trabajar. Donde tengo q acudir para poder pedir ayuda,, ando perdida. Gracias

  367. Adriana garcia

    Mi hijo de 3 años tiene leucemia, me han dicho las trabajadoras sociales q puede solicitar prestación por persona dependiente. Me podéis explicar en qué consiste

  368. Hola quisiera saber una cosa ya L tengo aprobada cobraría los atrasos llevo un año desde q se aprobó mi pregunta es cobraríamos los atrasos gracia s

    • Hola María,suponemos que tienes asignada la Dependencia. Una vez obtenido el reconocimiento de Grado, es necesario que desde Servicios Sociales realicen el PIA (Plan Individualizado de Atención), donde se determina qué tipo de ayudas o prestaciones vas a recibir. En la comunicación de las ayudas o prestaciones asignadas se indica la fecha desde la que se tiene derecho a estas prestaciones.Te aconsejamos que acudas a la Trabajadora social con quien hayas gestionado estos tramites par que te informen de la situación de tu caso concreto.

  369. Hola , mi padre ke concedieron la dependencia de grado II en la Región de Murcia , a los 2 meses lo ingresamos en una residencia de la comunidad valenciana privada , hicimos traslado de Residencia , desde que le concedieron el grado hasta cobrar la prestacion de ayuda a la residencia privada , cuanto tiempo se puede demorar ?? Se la concedieron en marzo del 2019 el grado II , es con carater retroactivo , estaba solicitada desde junio del 2018 , es normal qie tarde tanto ? Muchas gracias

    • Hola Irene,Debido al traslado de Comunidad Autónoma, debes acudir a Servicio Sociales de la nueva Comunidad (Valencia) para que realicen a revisión del PIA y asignen la ayuda que corresponda según los criterios aplicables en Valencia. En la comunicación de la ayuda asignada os indicaran la fecha a partir de la que os han asignado el derecho a recibir la prestación.Aunque el plazo establecido no debería superar los 6 meses, debido al gran número de solicitudes, las resoluciones pueden demorarse algo.

  370. tengo una nena de dos años tiene nibel tres cuanto seria la prestacion cada mes y si pagam los atraso des q la baloran llo soy la madre y cudadora

    • Hola Elisabet,
      el importe de la prestación lo definen los servicios sociales cuando elaboran el PIA (Plan Individualizado de Atención), y te lo comunican mediante una carta.
      No te podemos indicar un importe ya que depende de diversos factores que se evalúan desde Servicios Sociales.

  371. Manuela Morales

    Buenas tardes mi hija ya tiene desde el 25 de octubre de 2019 q recibimos la carta del grado q le conceden q es grado 1 ,fui con la carta asuntos sociales y me comenta q tengo q recibir otra carta donde me pone la cuantía a cobrar no recuerdo aver arreglado nada es cierto esto o tengo q ir algún sitio mas y cuanto me tocaría cobrar soy yo la q la cuido eya cobra una descapacidad de 495 eur el grado se lo an dado permanente

    • Efectivamente Manuela, una vez concedido el grado de dependencia, desde Servicios Sociales se elabora el PIA (Plan Individualizado de Atención), que es donde te indican qué ayudas concretas te asignan. Si en la visita que os hicieron ya informaste que tú eres la persona que cuida de tu hija y solicitaste la ayuda como cuidadora no profesional, en la carta te indicarán el importe de la ayuda, y con esta comunicación podrás también ir a la Seguridad Socia y solicitar el pago de la cotización.

  372. A mi madre le han asignado dependencia grado 2 porque necesita cuidados diarios, y yo no puedo hacerme cargo de todo porque trabajo.¿Qué gestiones tenemos que hacer para que nos asignen una residencia para ingresarla?

    • Hola Carmen,
      Si ya tenéis el reconocimiento de grado, el siguiente paso es acudir a la trabajadora social de vuestra comunidad para solicitar las ayudas establecidas en la Ley de Dependencia. Desde Servicios Sociales harán una visita a domicilio para valorar qué tipo de servicio o prestación necesita tu madre, y elaborarán el PIA (Plan Individual de Atención) donde se detallarán las prestaciones que le asignan. Con grado 2 habitualmente se tiene derecho a una plaza residencial pública, por lo que deberás apuntarte como solicitante de plaza en los centros que elijas (hasta 3), ya que suele haber lista de espera y el acceso a la plaza pública no es inmediato.

  373. Mi madre tiene el grado de dependencia 2 reconocido y estamos pensando en ingresarla en una residencia. El caso es que en mi localidad, la lista de espera para entrar en una residencia pública es de casi 2 años, con lo que nos planteamos ingresarla en una residencia privada. ¿Ustedes nos podrían ayudar con los pagos? Ella tiene una vivienda en propiedad junto con mi padre, que se vendría a vivir con nosotros. Gracias.

    • Hola Marisa, en breve nos podremos en contacto contigo y te informamos de todo lo que necesites. Gracias.

  374. Buenas tardes, tengo 53 años, estoy divorciada y mi hijo tiene un grado de depencia nivel 1 grado 2, percibo una prestación por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad de 588 euros, mi ex marido no pasa la pensión porque está en prisión, estoy en paro, mi hijo tiene plaza en un centro ocupacional. Tendría derecho a percibir la ayuda para cuidadores no profesionales y a su vez la cotización?? Muchísimas gracias

    • Buenos días Lucía,
      la ayuda por cuidador en entorno familiar, que es la que te daría derecho también a que el estado pague tu cotización a la Seguridad Social, tiene que estar asignada en el PIA (Plan Individual e Atención), como resultado de gestionar las ayudas por Dependencia. Esta ayuda es compatible con la pensión por hijo menor a cargo con discapacidad (que por lo que indicas, es la que estás cobrando).
      Si ya te han enviado el PIA, debes verificar qué tipo de ayuda te han asignado según lo que detectaron en la visita a domicilio realizada, Si no tienes este documento, deberías acudir a Servicios Sociales de tu localidad para gestionarlo, y en la visita a domicilio, indicar que tu eres su cuidadora y que solicitas la ayuda por cuidador no profesional, para poder así gestionar la cotización de la Seguridad Social según el convenio especial.

  375. Buenas :Hola yo tengo reconocido el Grado 1 de Dependencia desde el 2 de Mayo de 2018..me volvieron a hacer otra revision y no hubo variacion de grado ..la asistenta social me dice que desde el servicio social ya estan todos los pasos dados y que tengo derecho a la prestacion de 153 euros (es mi mujer quien me ayuda)…Mis preguntas son…¿Cuanto tardan en pagar?…y si es con caracter retroactivo?..Muchas gracias

    • Hola Tomas,
      El plazo para que se inicie la prestación depende de cada Comunidad Autónoma, por lo que le podrán indicar el plazo medio en la oficina de servicios sociales de su localidad. La fecha de inicio del derecho a cobrar se indica en la carta con la resolución del PIA, que ya debe haber recibido. En el primer pago se abona todo el importe desde esta fecha.

  376. María Dolores

    Buenas tardes,
    tengo 49 años y no tengo hijos. Mi madre acaba de fallecer, , después de tener reconocido hace mas de 2 años un grado II de dependencia por el que ya estaba cobrando y solicitado un grado III desde el mes de noviembre pasado en que sufrió otro ictus que la dejo totalmente dependiente. Quería saber si tengo derecho a recibir los atrasos de la diferencia de grado II a grado III desde que se solicitó.
    Por cierto, yo consulté al asistente social si tenía derecho a cotizar como cuidadora principal y me dijo que solo si lo pagaba yo.

    • Hola Maria Dolores,
      El derecho a la prestación se genera con el reconocimiento de grado, y la fecha de inicio de pago se indica en la carta de Servicios Sociales. Puesto que por lo que nos explica, no ha recibido aún la carta de reconocimiento de grado III y su madre ya ha fallecido, es poco probable que reciba esta diferencia, y para solicitarla debería iniciar una reclamación. Le aconsejamos que consulte con un profesional de su localidad especializado en estos temas para que le indique si esta reclamación tiene posibilidades.

  377. Hola, tengo 49 años y soy soltera sin hijos, llevo 2 años cuidadando de mi padre de 88 años con grado de dependencia II reconocido pero sin prestación económica por ello, vivimos en su casa en Castilla la Mancha. Lo único que cobra es la pensión de jubilación mínima porque cotizó en el régimen agrario. Yo estoy en paro y ya no tengo derecho a ninguna prestación.
    Hace tiempo la asistente social me dijo que se podía pedir una ayuda si se contrataba a una persona externa no familiar o darme de alta yo en la seguridad social pagando yo la cuota y solicitar una ayuda para ello.
    Ahora he leído que la administración se hace cargo del pago de la cuota de la SS pero que la persona dependiente tiene que tener reconocida una prestación por dependencia. Es esto así? Mi padre no tiene. Qué opciones tengo?
    Gracias.

    • Hola Inma,
      si tu padre tiene reconocido Grado de Dependencia y tu lo estás cuidando, puedes solicitar la ayuda como cuidador no profesional, y con esta ayuda concedida, si te das de alta en la Seguridad Social puedes suscribir el convenio especial para que las cuotas vayan a cargo del estado. El primer paso que debes hacer es solicitar la asignación de la prestación por cuidados en el entorno familiar, que debes gestionar a través de la asistente social de tu localidad.

  378. Hola, me acaba de llegar la carta donde dice que mi hija de 18 años tiene 0.29 de grado de dependencia que seria el grado 1 . Tambien tiene una discapacidad del 45%. En dicha carta no pone la cuantia a percibir pero si que dispone de prestaciones, la pregunta seria si tiene derecho a alguna prestacion si no a trabajado nunca y que no tenga apenas cantidad en su cuenta, eso influye? gracias.

    • Hola Sara,
      una vez asignado el Grado de Dependencia, Servicios Sociales elabora el PIA (Plan Individual de Atención), que es donde se detallan las ayudas que puede tener. Las ayudas por Dependencia no dependen de haber trabajado o no. Son ayudas para el cuidado de las personas que tienen Grado de Dependencia reconocido.
      Puesto que acabas de recibir la comunicación del Grado de Dependencia, el siguiente paso es que Servicios Sociales haga una visita a domicilio para determinar qué tipo de ayudas os corresponderían, según la situación de tu hija, la situación familiar, etc. Te aconsejamos que consultes con Servicios Sociales el plazo estimado para esta visita y la posterior elaboración del PIA con la asignación de las ayuda concretas que os concedan.

  379. Hola, me han a dado la carta que a mi hijo le reconocen un 15%de minusvalia con un tdah, e han dicho que no tengo derecho a ninguna ayuda, pero si me dice el neurolo que lo tengo q llevar al sicologo o siquiatra, mi pregunta es, si con un 15%no dan ninguna ayuda como pagamos los sicologos, que hago reclamo tengo 30 días.

    • Hola Teresa,
      las ayudas para el cuidado de familiares se otorgan dentro de la Ley de Dependencia. Es decir, es necesario obtener el Grado de Dependencia para que Servicios Sociales elabore el PIA y la asignación de ayudas. Si tu hijo no tiene concedido Grado de Dependencia, aunque si tenga minusvalía, la opción que tienes es pedir hora al psicólogo de la Seguridad Social.

  380. Andoni Anasagasti Goikolea

    Hola,
    Tengo a mi madre con 91 años e hicimos los trámites de Dependencia, y según ellos nos ofertaron la posibilidad de una residencia, pero mi madre siempre se ha negado y la tenemos en casa con una cuidadora contratada con contrato laboral. No recibimos ayuda alguna ya que se nos dice que la persona dependiente tenga asignada una ayuda por cuidados en entorno familiar y ninguno de los tres hijos estamos domiciliados con mi madre. El año pasado se cayó rompiéndose el femur y desde entonces ya no puede caminar y la cosa ha empeorado ya que debemos levantarla para que pueda sentarse en la silla de ruedas y volver a llevarla a la cama, y ello lo hacemos varias veces al día. Hemos solicitado una revisión de la Dependencia y ahora desearíamos optar a una ayuda al menos para poder pagar el sueldo de la cuidadora externa.¿ Existen ayudas de este tipo sin que la cuidadora sea un familiar, qué tramites hay que hacer?
    Gracias

    • Hola Andoni,
      por la situación que planteas, parece que las ayudas que os han asignado en el PIA actualmente no se adaptan a la situación de tu madre y del entorno familiar. Lo más conveniente es solicitar al revisión del PIA, como ya habéis hecho, y tener una nueva visita con el Trabajador o Trabajadora Social para que identifique las ayudas más adecuadas en vuestro caso (residencia o asistencia a domicilio). Debido a la situación de salud de tu madre y si, como dices, os ofrecieron la posibilidad de una plaza en residencia, os aconsejamos que valoréis con buenos ojos esta opción, ya que permitiría que vuestra madre esté cuidada las 24 horas y con el coste cubierto por la Ley de Dependencia.

  381. Buenas tardes, tengo reconocida una incapacidad permanente absoluta por accidente laboral, a primeros de 2019 he sido reconocido como dependiente severo grado 2, actualmente mi mujer percibe la prestación económica por cuidados en el entorno familiar, ¿Al ser reconocido como dependiente podría solicitar la Gran Invalidez? Y si fuese así ¿Es compatible cobrar la gran invalidez y al mismo tiempo percibir la ayuda económica de la Dependencia?
    Gracias!!!

    • Hola Ángel,
      Las prestaciones de la Ley de Dependencia son compatibles con otras pensiones que se puedan percibir, ya que la Ley de Dependencia pretende dar una ayuda adicional a las personas dependientes, que requieren una atención superior. Sin embargo, las prestaciones de la Ley de Dependencia se establecen en función de la situación económica, familiar y del entorno de la persona dependiente, y si hay cambios en esta situación, es necesario comunicarlo por si requiere la revisión del PIA y de las Ayudas a la Dependencia.
      Si cumple los requisits para solicitar Gran Invalidez, puede hacerlo, y deberá comunicar a Servicios Sociales esta nueva situación por si pudiera afectar la ayuda por cuidados en entorno familiar que actualmente recibe por Dependencia.

  382. soy la cuidadora no prefesional de un familiar. El recibe la ayuda del PIA en su cuenta bancaria y queria saber si podria cotizar por sus cuidados aunque no me estean pagando por ello.
    Quiero decir… debo mentir y decir que si que me pagan para poder cotizar o debo decir la verdad? Si admito que recibe la ayuda pero no la utiliza para cubrir los gastos de sua cuidados la sancionarian? Me da miedo decir laverdad y que el dependiente se vea afectado.

    • Hola,
      para cotizar como cuidadora no profesional y suscribir el convenio para que el estado te pague las cuotas, debe cumplirse:
      que la persona dependiente tenga asignada una ayuda por cuidados en entorno familiar
      que la persona que solicita el convenio sea la persona asignada como cuidadora del dependiente
      si estas dos condiciones se cumplen, te aconsejamos que acudas a la oficina de la seguridad Social para confirmar que cumplas los requisitos para suscribir el convenio especial y solicitar la cotización que te corresponda y el pago por parte del estado..

  383. Hola buenas soy nuevo en todo esto, os explico tengo dos hijos con discapacidad, ya tienen reconocido el grado i todo lo demás. Ami mujer le an dado una prestación económica por cuidadora de esto ya ace un año y medio. Estamos esperando y no nos ingresan alguien sabe donde puedo llamar gracias soy de Catalunya.

    • Hola Jorge,
      si ya habéis recibido la carta com la resolución del PIA y os indican que a tu mujer le corresponde una ayuda como cuidadora, debes dirigirte a Servicios Sociales para verificar la fecha de inicio de esta ayuda y la previsión de cuándo os harán el ingreso. Cualquier aspecto relacionado con el ingreso de las ayudas se tiene que tramitar a través del trabajador o trabajadora social que lo haya gestionado o en la oficina de Servicios Sociales.

  384. hola buenos días,queria informacion sobre mi caso y ahora os digo.resulta que yo estoy soltero sin hijos y sin trabajo,resulta que vivo con mis padres los cuales tienen 84 años de edad,resulta que mi madre tiene reconocido el grado 1 de dependencia la mas leve.hoy fui a los servicios sociales de mi localidad y hablando con la chica que me atendio,le pregunte por las ayudas que dan hoy en dia para cuidadores.y a mi me dijo que no podia hacerme con ninguna ayuda.o bien cojia una mujer para que le ayude a mi madre a desempeñar las funciones del dia a dia .pero que yo no optaba a lo ni que iba a percibir ninguna ayuda economica como cuidador.entonces me dijo o cotizas a la seguridad social o te damos la mujer para que os ayude en casa,( osea a mi madre).no es que no me fie pero es que hay gente que son familia y cobran estas ayudas y queria saber si a mi me pertenece,muchas gracias y un saludo .

    • Hola Cándido,
      si tu madre tiene reconocido Grado de Dependencia I, la Ley de Dependencia establece la posibilidad de acceder a ayudas. La aprobación de estas ayudas y el importe de las mismas se definen en el PIA (Plan Individual de Atención), que elaboran los Servicios Sociales de la localidad en función de las necesidades de cada persona Dependiente y de su situación familiar. Si ya habéis recibido la resolución del PIA, allí verás si tienes concedida alguna ayuda. Si no lo tienes, puedes consultar a Servicios Sociales como están los trámites en vuestro caso concreto.

  385. José Antonio

    Buenos días
    Mi madre tiene 93 años, fue valorada y se le asignó grado III.
    Desde marzo 2018 ocupa plaza en residencia abonando su coste.
    Tenemos solicitado su permanencia en la misma, en primer lugar como concertada de la Junta de Andalucía, y en segundo como Prestación asociado al servicio.
    Tiene una pensión mínima por viudedad.
    Dispone del usufructo de 2 viviendas en Valencia y Córdoba que utilizaba como vivienda habitual.
    ¿ Como le afectaría a efectos de la asignación económica?
    Muchas gracias.

    • Hola Jose Antonio,
      El hecho de tener una propiedad no impacta en la asignación de las prestaciones por la Ley de Dependencia, pero en caso de tener más de una propiedad, si que puede afectar a las prestaciones asignadas, ya que se considera que disponer de una segunda vivienda permite obtener recursos para el coste de la asistencia. Sin embargo, no te podemos confirmar si el hecho de tener el usufructo de estas propiedades es equivalente a ser propietaria a efectos de las prestaciones de la Ley de Dependencia en tu comunidad. En este caso concreto, deberás consultar con Servicios Sociales, donde te podrán informar con seguridad.

  386. Hola buenas noches, un familiar ha recibido una ayuda PIA (Programa Individual de Atención), prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Me preguntaba si este tipo de ayuda estaría exenta de tributación o hay que declararla en la renta, IRPF. Un saludo, gracias.

    • Este tipo de prestaciones están exentas de IRPF. El artículo 7 de la Ley de IRPF indica que son renta exentas «Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se derivan de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.»

  387. A mi esposa le han concedido el Grado II de Dependencia, con una puntuación de 052, el 27 de marzo de 2019.
    Tengo que llevarla en nuestro vehículo pero para acceder a éste al ir o llegar a destino, tengo que llevarla en silla de ruedas.
    ¿Como puedo acceder al distintivo de persona discapacitada?
    Gracias por su respuesta

    Mi esposa es M. Sánchez Jiménez (82 años)

    • Hola Enrique,
      los distintivos de aparcamiento para discapacitados se solicitan en el Ayuntamiento de cada localidad. Te aconsejamos que te dirijas a tu Ayuntamiento para consultar qué tipo de documentación y trámites debes realizar para solicitarla.

  388. Buenas tardes, mi esposa es cuidadora de su padre, tiene reconocida prestación económica para cuidados en entorno familiar de 250 euros mensuales. Su estado ha empeorado y le hemos llevado a una residencia privada al no haber plaza en las públicas. Nuestras dudas son las siguientes:
    1.¿Podemos usar la prestación de cuidados en entorno familiar para pagar parte de la residencia o hay que cambiarlo y pedir PEVS? Tememos que si hacemos esto nos puedan dar una ayuda menor.
    2. ¿Mi esposa puede continuar ejerciendo la figura de cuidadora a todos los efectos ahora que está en residencia privada?
    3. Si no solicitamos el cambio a PEVS incurrimos en alguna falta?
    Muchas gracias y enhorabuena por vuestra web, es de gran ayuda.

    • Hola Alfredo,
      muchas gracias por tus palabras de agradecimiento.
      En relación a la situación que planteas, la Ley de Dependencia establece la obligatoriedad de comunicar cualquier cambio en la situación de la persona dependiente. En este caso, si que debéis comunicar su entrada en una residencia mediante plaza privada.La prestación por cuidados en el entorno familiar requiere que la persona dependiente esté en casa bajo el cuidado de un familiar. Como éste ya no es el caso, es necesario informar del cambio de situación para la revisión del PIA y la asignación de la aportación que os corresponde en esta nueva situación.
      Los importes máximos de las PEVS por ingreso en plaza privada son superiores a los importes de las prestaciones por cuidados en entorno familiar, por lo que el cambio de prestación os podría incluso beneficiar.

  389. Hola, he recibido la resolución de la ayuda vinculada a residencia con fecha de febrero, diciendo que tendrá valor el dia 1 del mes siguiente, es decir marzo, pero me dijeron que tenia que terminar marzo para poder cobrar la ayuda, es decir se cobra en abril el mes de marzo, mi pregunta es aproximadamente que día hacen el ingreso porque estamos a dia 8 de abril y la residencia como mucho el dia 10 hace el cobro de los 1.650 € del mes de marzo. Gracias

    • Hola Isa,
      el pago de las ayuda a la Dependencia depende de cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos concretar en qué fecha aproximada recibirás la mensualidad de marzo. Te aconsejamos que contactes con la oficina de servicios sociales donde se han realizado todos los trámites para consultar las fechas de pago vigentes en tu comunidad.

  390. Buenos días, tengo a mi padre cobrando una prestacion economica para cuidados en entorno familiar, en breve ingresará en una residencia particular. Tiene derecho a la aplicación del 4 por ciento de iva al tener dicha prestación?

    • El IVA del 4% se aplica a personas con derecho a una plaza pública, pero que están en una plaza privada por no haber disponibilidad de plaza pública. En este caso, la persona dependiente tiene derecho a percibir la PEVS (Prestación Económica Vinculada a Servicio), que es una ayuda para el pago de la plaza privada, y en este caso el IVA aplicado es del 4%. Si su padre tiene grado II o III, puede solicitar la plaza pública y si no hay plazas disponibles, puede solicitar la PEVS y también la aplicación del IVA de 4%.

  391. buenos dias, mi pregunta es, somos dos personas que vivimos en la misma casa y no tenemos recursos economicos ninguno, dependemos de nuestra madre que esta mala y cuidando de ella, la ayuda dependencia se pude pedir para los dos o solo un persona

    • Las ayudas a la dependencia se asignan a las personas que necesitan ayuda para su día a día porque ya no pueden valerse por si mismas debido a su edad avanzada o a estado de salud.
      Por la situación que comenta, en su caso la persona que podría solicitar algún tipo de ayuda de dependencia es su madre, siempre que ella dependa de alguna otra persona para su actividad diaria. Lo primero que debería hacer es acudir a servicios sociales para explicar su caso y presentar la documentación para hacer la valoración del estado de su madre y ver si le corresponde Grado de Dependencia. Si le reconocen algún Grado de Dependencia, les elaborarán el PIA para definir el tipo de ayuda a la que tienen derecho.

  392. Hola, en primer lugar quería agradecerles el servicio que prestan porque de verdad que es muy difícil dar con alguien que informe bien al respecto. En varias ocasiones he acudido a servicios sociales y me he quedado con las mismas dudas que les he planteado…
    Mi consulta es la siguiente. Mi tía tiene demencia, en mayo 2018 iniciamos trámites ley de dependencia y solicitud para Centro residencia 24h. Desde entonces hasta diciembre 2019 estuvo viviendo en mi casa con mi familia. En diciembre tuvimos que ingresarla en una residencia de forma privada. En febrero nos dieron la resolución de grado (grado 3) y nos informaron de que iban a estirar las preferencias de centro que habíamos solicitado. Todavía no hemos recibido el Programa de atención individual (creo que se llama así PAI). Me han comentado que a partir de los 6 meses desde la solicitud inicial, mayo 2018, y una vez reconocido el grado, podría reclamar, pero no sé qué exactamente y me gustaría preguntarles si me pueden ayudar/orientar ya que la trabajadora social del centro en el que está no resuelve mis dudas y tampoco sé dónde acudir, ni si es esto correcto o debemos esperar a recibir el PAI para poder reclamar algo, como los pagos privados que venimos haciendo desde diciembre 2019. Muchas gracias

    • Hola Rosa,

      Gracias por tus palabras sobre la información que facilitamos en nuestra web y en nuestro blog.

      En relación a tu caso concreto, como ya tenéis la resolución de grado, efectivamente el siguiente paso es esperar a la visita de Servicios Sociales para que elaboren el PIA y os indiquen exactamente las ayudas que le corresponden a tu tía. Aunque todo este proceso debería hacerse en un plazo máximo de 6 meses, es habitual que haya retrasos, dado el gran número de personas que están en situación de Dependencia y que solicitan las ayudas que les corresponden. La elaboración del PIA y el pago de las prestaciones depende de cada Comunidad Autónoma, y en caso de iniciar algún tipo de reclamación, la resolución de la misma puede variar también en cada Comunidad. Aunque cada caso es diferente, no suelen aceptarse reclamaciones por los gastos pagados antes de la elaboración del PIA, ya que se considera que es en el PIA donde se define el tipo de ayuda, el importe de las posibles prestaciones económicas y la fecha de inicio de la prestación.

      Podéis consultar directamente con la oficina de Servicios Sociales de la localidad cuál es el plazo de espera medio para realizar el PIA una vez asignado el Grado de Dependencia (que es el caso en el que estáis).

      En caso de necesitar recursos mientras avanza todo el proceso, te podemos dar información sin compromiso de nuestro programa para que podáis valorarlo como alternativa para facilitar el pago de la plaza residencial privada hasta que os concedan la plaza pública.

  393. Hola soy una persona con minusvalía de 66% y cobro 1100€ de pensión mi mujer trabaja y tiene un sueldo de 800€ a mi me han concedido la ley de dependencia en grado 1 nivel 1 tendria derecho a una ayuda económica por mínima que fuera gracias .

    • Hola Jesús,
      para personas con Grado de Dependencia I, la ayuda económica establecida es para situaciones de cuidados en el entorno familiar. Para poder solicitar esta ayuda, se tiene que acreditar que una persona del entorno familiar (en su caso, su esposa) asume los cuidados de la persona dependiente (usted) desde hace más de un año. Le aconsejamos que consulte con los Servicios Sociales de su localidad para que le informen de si cumple los requisitos para poder solicitar esta ayuda y de los pasos que debe seguir para solicitarla.

  394. Hola, una cuidadora lleva varios años cuidando a un dependiente sin cotizar nunca, ¿ será retroactivo el tema de las cotizaciones que ha aprobado el gobierno a partir del 1 de abril o sólo empezará a cotizar a partir de esa fecha? ¿ se puede elegir o aumentar la base de cotizacion o es la que imponga el gobierno?¿ es el minimo posible la cotizacion¿¿ vale para paro o incapacidad temporal? gracias

    • Hola Javier,
      Las cotizaciones de Seguridad Social para personas cuidadoras de dependientes irán a cargo del estado a partir del 1 de abril de 2019, sin efecto retroactivo. Para solicitarlo, es necesario que la persona dependiente esté recibiendo alguna ayuda económica por la Ley de Dependencia. En su caso, la persona cuidadora de un dependiente no está cotizando, por lo que debería darse de alta en la Seguridad Social, alegando que está cuidando a una persona dependiente. La cotización que le corresponde dependerá de las hora dedicadas al cuidado de la persona dependiente. según los baremo establecidos por la Seguridad Social.

  395. Hola mi pregunta y duda es la siguiente
    Cuido a mi madre y ahora que van a cotizar por nosotros la seguridad social es compatible con que yo que la cuido y vive conmigo estoy asegurada 1 hora al dia en un trabajo puedo darme de alta en la seguridad social por cuidadora no profesional? Gracias

    • Hola Sevi,
      las prestaciones de la Ley de Dependencia son compatibles con otros ingresos,y/o cotizaciones, excepto con las pensiones derivadas de la jubilación. Lo que tiene que tener en cuenta es que para poder acceder a cualquier tipo de ayuda, debe cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Dependencia para cuidadores en el entorno familiar (el cuidador debe ser un familiar de la persona dependiente -hasta tercer grado- y en el momento de solicitar la prestación, debe llevar ejerciendo los cuidados más de un año). En la oficina de Servicios sociales de su localidad le informarán del tipo de ayudas que le pueden corresponder y de como tramitar el pago de la cotización de la seguridad social por parte del Estado a partir del 1 de abril de 2019, fecha a partir de la cual se podrá solicitar.

  396. Hola mi consulta es las siguiente:

    Desde hace 4 años a mi madre le dieron el Grado III por tener Alzheimer avanzado y ya lleva 3 años en una residencia que la asignaron, es concertada y donde no paga nada, hace un mes mi padre fallecio el cual cobraba una pension de unos 900 euros. Ahora estoy arreglando los papeles en la Seguridad Social para que mi madre tenga su pension me imagino que sera el 60 por 100. Mi pregunta es la siguiente.

    ¿Pueden retenerle parte de su pensión para cubrir los gastos de la residencia? Les estare muy agradecido a las respuestas.

    Muchas gracias.

    • Hola Fernando,

      la Ley de Dependencia establece que cuando hay cambios en al situación de la persona beneficiaria de la ayuda, estos cambios se deben comunicar a la Administración. Por lo tanto, en este caso, deberán comunicar que su madre ha pasado a ser viuda y a recibir una nueva pensión de viudedad. Le aconsejamos que hablen con la Trabajadora Social del centro donde está su madre para que les indique como hacer esta comunicación o para que se lo gestione directamente, para obtener así la nueva resolución donde les comunicarán si se modifica la parte de la pensión que debe aportar como pago por la plaza de la residencia.

  397. Tengo una pregunta mi primo cobra prestacion hijo a cargo con ayuda tercera persona 588 euros mes 12 mensualidades lo cobra mi tía y además mi primo cobra la prestacion cuidados entorno familiar dependencia son compatibles las dos ayudas de cuidadora mi tía claro o se deduce alguna y cual sería

    • Hola Pedro,

      no tenemos caro si hemos entendido exactamente la situación de su tia y su primo. Le aconsejamos que se dirija a Servicios Sociales, donde podrán verificar exactamente que tipo de ayudas está cobrando actualmente su primo y su tía y si son compatibles.

  398. Buenos días, les expongo histórico del proceso:
    Fecha de inicio expediente: 12/03/2013
    Ingreso Centro Día (PRIVADO): 25/11/2013 hasta 17 de septiembre de 2015
    Ingreso Centro Residencial (PRIVADO): 17 de septiembre de 2015
    Fecha Resolución Grado 3: 20/11/2015
    Fecha Resolución PIA: 20/02/2017
    Fecha Resol. Reconocimiento de Prestación Económica con carácter de Atrasos: 31/01/2019
    Ruego me aclaren la siguiente cuestión:
    1. PARA EJERCER reclamación de gastos, en la Resolución PIA se indica que: » se resuelve el Inicio del Procedimiento para reconocer los derechos económicos derivados de la atención recibida desde la fecha a efectos económicos de la solicitud hasta que se atendió la demanda del servicio que constaba en su petición de atención». Se presentan facturas desde ingreso en Centro de Día y Centro Residencial.
    2.-En Resolución relativa al reconocimiento de prestación económica con carácter de atrasos de “se reconoce PEVS de residencia del 17/09/2015 al 15/02/2017” (713,67 euros/mes).
    Consulta: ¿Cabe reclamar gastos desde ingreso en Centro de Día? Periodo 2013/2015 (gastos anteriores a Resolución Grado 3)
    Muy agradecida de antemano

    • Buenos días Isabel,

      como usted indica, en la Resolución PIA se indica que: ” se resuelve el Inicio del Procedimiento para reconocer los derechos económicos derivados de la atención recibida desde la fecha a efectos económicos de la solicitud hasta que se atendió la demanda del servicio que constaba en su petición de atención”. Por lo tanto, la fecha a partir de la cual pueden reclamar los atrasos es la fecha a efectos económicos de la solicitud, que nosotros no conocemos.

      En cualquier caso, la resolución de las reclamaciones puede variar en función de cada Comunidad Autónoma, aunque puesto que las prestaciones van ligadas al reconocimiento de Grado, la fecha de resolución de Grado suele ser la fecha máxima a partir de la que se genera el derecho a la prestación.

      Le aconsejamos que consulte con un profesional que conozca mejor la gestión de reclamaciones de atrasos y el tipo de resoluciones que se dan en su comunidad autónoma.

  399. Hola acabo de recibir la valoración de dependencia y me han otorgado un grado 1 quería saber si puedo entrar en una vivienda tutelada ya que era lo que estaba buscando

    • Buenos días Charo,

      la Ley de Dependencia establece determinados servicios en función del Grado de Dependencia y, por tanto, de las necesidades de cada persona. El derecho a plaza pública en un centro, o de la ayuda económica que corresponda para cubrir el coste de una plaza privada en un centro (PEVS) se otorgan a personas con Grado II o III. En su caso, con Grado I, deberá acudir a los Servicios sociales de su localidad para que le realicen el PIA (Plan de Atención Individual), donde les indicarán el tipo de servicios que le otorgan en el marco de la Ley de Dependencia.

  400. Hola,

    Me gustaría hacerle la siguiente consulta:

    Mi tía está ingresada de forma privada en una residencia desde diciembre de 2018.
    El 11/05/2018 tuvo entrada en el órgano competente la solicitud de reconocimiento de situación de dependencia.
    El 15/02/2019 dictas resolución, reconociendo situación de dependencia en GRADO 3 con carácter PERMANENTE. El grado reconocido resulta compatible con la preferencia solicitada y están analizando la priorización de centros solicitados y en cuanto exista una plaza disponible me lo comunicarán…

    ¿Cuánto tiempo pueden llegar a tardar en conceder a mi tía la plaza pública?
    ¿Podría reclamar, en algún momento, que me devuelvan lo que hemos pagado o lo que vamos a seguir pagando?

    Buenas tardes, gracias.

    • Buenos días Rosa,

      además de tener el reconocimiento de Grado, es necesario que desde Servicios Sociales le realicen el PIA (Plan Individual de Atención), donde se detalla exactamente el tipo de servicio que les han asignado. Mientras este servicio no esté disponible (que suele suceder en caso de asignar derecho a plaza pública), se asigna una aportación económica para ayudarle a sumir el coste de la residencia. En la resolución del PIA le indican la fecha de inicio del servicio o de la prestación económica. Cualquier gasto anterior a la fecha indicada en la resolución del PIA no lo sume la administración pública.

      El plazo de espera para acceder a la plaza pública depende de cada centro, por lo que no se puede concretar. Le aconsejamos que confirme con la oficina de Servicios Sociales si ya se han realizado todos los pasos para la asignación de la prestación económica, y para que le orienten sobre los plazos aproximados.

  401. Hola. Mi madre tiene reconocida ley dependencia grado II cuidados entorno familiar desde julio de 2017 y ha empezado a cobrar en enero 2019. Tiene derecho a los atrasos. Gracias.

    • En la comunicación de la resolución del PIA (Plan Individual de Atención), donde le comunican el importe al que tenía derecho, se comunica la fecha de inicio de la prestación. En caso de no estar conforme, debería consultarlo a los Servicios Sociales de su localidad, que es el organismo competente en cualquier aspecto sobre las prestaciones concretas de la Ley de Dependencia.

  402. Hola,
    Hace unos meses me otorgaron la custodia exclusiva de mi hijo. Antes de eso debido a su enfermedad, su madre ya había conseguido una prestación por la ley de dependencia. Ahora he hecho el trámite para que yo pueda seguir recibiendo esta prestación, ya que vive conmigo, pero mi pregunta es si lo puedo cobrar con retroactividad desde el momento que yo tengo la custodia?

    • Buenas tardes David,
      puesto que nuestro servicio va destinado a personas mayores con Dependencia, no estamos especializados en los aspectos de esta Ley que afectan a los menores de edad. Le aconsejamos que se dirija a la autoridad competente de su localidad en temas de Dependencia (Servicios sociales), donde le darán todos los detalles en relación a su caso.

  403. Buenos días; hace más de 1 año se tramitó la ayuda para mi madre con Alzheimer; se le reconoció el grado 3 y se aprobó dicha ayuda. Cuando me lo notifican me encuentro con la sorpresa que NO le han asignado el monto, la cuantía, porque según ellos estaba mi madre en un lugar público (Instituto de Alzheimer); el tema es que cuando le reconocen la ayuda ella estaba en una residencia privada hace unos pocos días, y me encuentro ahora que debo esperar otros 5 o 6 meses más porque cuando se presento las facturas de la residencia, para que fijen una cuantía, ellos (la gerencia), lo tomaron como un cambio de prestación.. creo que no es un cambio de prestación porque ella mi madre nunca había cobrado nada de la junta, ni tenía servicio a domicilio ni nada, y si la ley dice que es para personas que estén en lugares privados o públicos……….. porque un cambio de prestación. Ahora es casi imposible pagar la residencia del bolsillo familiar…. es correcto ésta actuación de la administración tan corta de mente? se le puede reclamar judicialmente…? porque si que tengo muchas ganas.

    • Buenos días Daniel,
      Las prestaciones de la Ley de Dependencia son habitualmente en forma de servicio, y cundo este servicio no está disponible, se establece una ayuda económica para ayudar a la familia a pagarlo de manera privada. Una vez asignado el servicio o la ayuda pertinente, los servicios sociales establecen que cualquier modificación se gestione como un cambio de prestación. En su caso, parece que a su madre le concedieron la plaza en el Instituto de Alzheimer, por lo que podía estar en ese centro mediante plaza pública. Si posteriormente ha cambiado de centro, debe tramitar de nuevo la prestación para solicitar la plaza pública en el nuevo centro donde está ahora. El organismo competente en este tipo de gestiones son los servicios sociales de su localidad, por lo que le aconsejamos que se dirija allí para que le confirmen el motivo concreto por el que tiene que gestionar el cambio de prestación. y si hay algun modo de agilizarlo.
      Si transitoriamente necesitan hacer los pagos de la plaza privada y disponen de una vivienda que se pueda alquiler, el programa Pensium le puede facilitar los recursos que necesitan para asumir este coste.

  404. Milagros Blazque Fernandez

    Me podria decir si la pension de discapacidad es compatible con la de dependencia. Gracias

    • La Ley de Dependencia establece la prestación de servicios o de ayudas económicas a personas que tengan reconocido el Grado de Dependencia. Las prestaciones de la Ley de Dependencia son compatibles con otros ingresos y/o pensiones que pueda recibir la persona dependiente. Sin embargo, el tipo de prestaciones de la Ley de Dependencia se definen en el PIA (Plan Individual de Atención), y se tiene en cuenta, además de las necesidades de la persona dependiente, la situación de su entorno familiar y social, y los ingresos y rentas de que dispone la familia.

  405. Hola, mi madre le reconocieron grado Ii con prestación cuidados en el entorno familiar de 242 euros, en 2010 cobraba una lismi de 150 euros. En 2015 se queda viuda y le queda una pensión de 634 euros, no tiene nada más cómo puede afectar la nueva pensión al importe de las prestación de dependencia? Gracias.

    • Los importes de las ayudas a la Dependencia sólo se modifican en los siguientes casos:
      – si la persona dependiente solicita la revisión de la ayuda, debido a un cambio en la situación personal de la persona dependiente que requiera unos cuidados diferentes a los que necesitaba al asignar la ayuda inicial.
      – en caso de ser objeto de las posibles verificaciones aleatorias que los organismos competentes en materia de Dependencia pueden hacer. Si en esta verificación se detectan cambios en las circunstancias personales y familiares, se puede revisar el importe de la ayuda para adaptarla a la nueva situación.
      Si no se da ninguno de estas circunstancias, el importe de la ayuda asignada no se modifica.

  406. Hola buenas tardes mi padre tiene reconocido un grado II y quisiera saber sí la Ayuda a Domicilio depende mucho de su cuenta bancaria. A que os referís en algunas respuestas que decía cuantías elevadas, podéis concretar con cifras

    • La valoración de la situación económica de la persona solicitante para establecer el importe de las ayudas es competencia de los Servicios Sociales de la localidad, y dependen de cada Comunidad Autónoma. Le aconsejamos que se dirija a la oficina de Servicios Sociales que le corresponda para que le den la información concreta según su caso.

  407. Hola, mi maadre tiene un grado 2 de dependencia reconocodo en Cataluña. La asistenta social nos aconseja que de las 3 plazas para residencia que se pueden solicitar solo lo haga en 2 y se reserve 1 para determinadas situaciones. No acabamos de entender el porque de reservarse 1.

    Gracias

    • Resposta

      ISABEL
      Hola, mi maadre tiene un grado 2 de dependencia reconocodo en Cataluña. La asistenta social nos aconseja que de las 3 plazas para residencia que se pueden solicitar solo lo haga en 2 y se reserve 1 para determinadas situaciones. No acabamos de entender el porque de reservarse 1.

      Buenos días Isabel,
      Desconocemos el motivo por el que la asistenta social os ha dado este consejo, ya que tenéis derecho a escoger 3 centros. Lo que si es importante es que, al escoger las residencias para la solicitud de plaza pública, sean centros en los que realmente estáis interesados, ya que os asignaran la plaza en el primero de los centros escogidos donde, por orden en la lista de espera, os corresponda ocupar la plaza que queda disponible.

  408. Hola,tengo dos dudas y desearía me puedieran ayudar. La primera, ¿ se considera a tú pareja con la que vives y está empadronado en el mismo domicilio desde hace años, de la familia? La segunda, la mujer que prestaba la ayuda a domicilio, me ha puesto una incidencia, ¿ Que podría pasar?. De antemano, muchas gracias.

    • Hola Antonia,
      cada comunidad autónoma define su criterio para identificar el núcleo familiar, por lo que para saber si en su caso concreto, el hecho de convivir ya se considera familia, le aconsejamos que traslade la consulta a la oficina de Servicios Sociales, donde le podrán informar de los criterio concretos de su comunidad.
      En relación a su segunda pregunta, no disponemos de información suficiente para poder darle una respuesta.

  409. Buenas
    Mi abuela tiene reconocido el grado ll de la ley de dependencia.
    Hoy ha venido una persona para valorarla y le ha dicho que efectivamente tiene grado II de dependencia pero si quiere algún tipo de ayuda como por ejemplo que venga una persona a hacerle la compara, la comida, etc…tiene que pagarla por que su paga es más de la mínima estipulada.
    Mi pregunta es ¿Es eso cierto?
    Si es así, que tipo de ayuda ofrece dicha ley si es la usuaria la que tiene que abonarla. Creo que en éste caso no hay ayuda ninguna.

    • Hola Elena,

      lamentamos la situación que plantea. La prestaciones de la Ley de Dependencia las establecen los Servicios Sociales una vez obtenido el grado de Dependencia, al realizar el Plan Individual de Atención (PIA). En él se detallan los servicios y/o prestaciones económicas necesarias, teniendo en cuenta las necesidades de la persona, el entorno familiar y social y la disponibilidad de los servicios. Cualquier desacuerdo sobre la resolución de las ayudas se tiene que trasladar a los Servicios Sociales, que son el organismo competente en este tema.

  410. Hola buenas tardes

    Si te aprueban un grado de depencia II con ayuda de 268€/mes y el cuidador esta cobrando el desempleo afecta para alguno de los casos
    Gracias

    • Hola Ana,

      por el tipo de consulta que nos traslada, entendemos que la persona cuidador es un familiar de la persona dependiente, y que le han concedido una ayuda por cuidados en el entorno familiar. Si es así, la Ley de Dependencia no marca incompatibilidad de la ayuda por cuidados en el entorno familiar con un trabajo remunerado o con una prestación de desempleo. El requisito es que la persona cuidadora disponga del tiempo necesario para cuidar a la persona dependiente según el Plan establecido por los servicios sociales. Si la ayuda concedida es para el pago de un cuidador profesional, debería dirigirse a la oficina de Servicios Sociales de su localidad para que le confirmen si existe algun tipo de incompatibilidad.

  411. Mi caso; MATROMONIO EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES
    Mi marido; Grado de DEPENDENCIA III GRAN DEPENDENCIA
    Está en lista de espera para Residencia Pública
    Mientras tanto está en una residencia privada concertada y estamos solicitando la prestación económica vinculada al servicio
    que es variable según jubilación y situación económica
    NOS HAN SOLICITADO PARA SU RESOLUCIÓN LOS INGRESOS CONJUNTOS DEL MATRIMONIO ASÍ COMO SITUACIÓN ECONÓMICA GLOBAL. ES ÉSTO CORECTO?? O AL EXITIR SEPARACIÓN DE BIENES DEBERÍAN CONSIDERAR ÚNICAMENTE SUS INGREOS Y BIENES??? HAY ALGUNA LEY QUE OBLIGUE EL DERECHO DE AUXILIO??

    • Hola María Begoña,
      Para la resolución de las ayudas económicas vinculadas a servicio (PEVS) se valora la situación familiar de la unidad familiar. En su caso, la unidad familiar es el matrimonio, independientemente del régimen matrimonial.
      En relación a la consulta sobre si hay alguna ley que obligue al derecho a auxilio, la consulta la tendría que hacer a un profesional del sector que le pueda asesorar a nivel legal sobre este tema.

  412. ISABEL CARRASCO

    Hola, a mi madre le reconocieron grado III y una prestación económica vinculada al servicio de residencia de 715 €, pero dice… la efectividad del derecho se producirá a partir de la fecha de la resolución en la que se reconozca el concreto servicio, prestación. Según el IMAS sería en 3 meses ahora que no va para largo, no se sabe, la residencia cobran 1.600 € y la pension de mi madre son 650€, por lo que mi situación es desesperante, la trabajadora social no sabe, servicios sociales no sabe, a donde pregunto nadie sabe nada, ¿me pueden ayudar? aproximadamente por que fecha están concediendo la ayuda?. Gracias

    • Hola Isabel,
      lamentamos no poder darle una respuesta a su pregunta, ya que la gestión de las ayudas es competencia de los servicios sociales. Lo que si podemos decirle es que el derecho de cobro se inicia partir de la fecha de la resolución en la que se reconozca el concreto servicio, prestación, tal como usted ya indicaba., por lo que una vez se inicie el pago, recibirá el importe correspondiente desde esta fecha.

  413. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, mi suegra tiene un grado de dependencia III, tiene concedido la ayuda y hasta el mes de octubre la cobro, pero desde entonces no la ha vuelto a cobrar, ella hasta agosto vivia en barcelona, por motivos familiares la tuvimos que traer con nosotros a galicia, tiene algo que ver el traslado de una comunidad a otra, para que no sigan pagandole la ayuda? La asistente social de aqui, nos dijo que no tenia nada que ver el cambio para el cobro de la ayuda. A la espera de su respuesta reciban un saludo.

    • Cuando se traslada de una comunidad a otra a una persona con dependencia y con una prestación vigente, esta persona debe empadronarse en la comunidad donde residirá a partir de ese momento, y debe comunicarlo a los servicios sociales de la nueva comunidad para que solicite el traslado del expediente y para la revisión del PIA. Una vez pasados 3 meses desde el traslado, la prestación ya se cobra desde la Comunidad Autónoma de destino. Le aconsejamos que se dirija a los servicios sociales de la localidad donde esté ahora para confirmar que se hayan realizado todos los pasos necesarios.

  414. Se sabe cuanto tardan en aceptarte la ayuda. Voy a ingresarla en un centro y son caros. Me han dicho que ella pondra su nomina y el estado cubrira el resto.
    Esto es asi?
    Si tarda 3 años te devuelven el dinero en caractrer retractivo o no?
    Mil gracias

    • Hola Go Ear
      Puesto que los plazos desde que se inician los trámites para solicitar el Grado de Dependencia y posteriormente, solicitar las ayudas que correspondan, dependen de diversos factores, le aconsejamos que se dirija a los Servicios Sociales de su localidad, donde le podrán dar información más concreta de su caso particular.

  415. Hola,
    Me gustaría hacer la siguiente consulta.
    A una persona (mayor con Alzheimer) le conceden plaza pública de servicio residencial (Valencia). Tiene una pensión mas menos 1300€ mensuales (14 pagas), es soltera sin descendientes ni ascendientes (tiene testamento hecho) y posee en propiedad vivienda «hipotecada» y parte de otra propiedad 1/4 de una casa de verano con sus demás hermanos de herencia de sus padres.
    Para el pago de la plaza publica puede perder sus propiedades o con su sueldo sería suficiente? ¿Cómo se hace el cálculo de lo que debe aportar? Muchas gracias.

    • Hola Maria,
      para obtener plaza pública es necesario que tenga concedido el grado de dependencia II o III. Si tiene el grado concedido y en el PIA (Plan Individual de Atención) le han concedido derecho a una plaza pública, tener propiedades no le afecta. Una vez haya una plaza pública en el centro donde lo haya solicitado, accederá a la plaza y el coste de la miasma es únicamente un porcentaje de la pensión. Si este es el caso y desea saber exactament el coste de la plaza en su caso concreto, deberá is a Servicios Sociales de su localidad, donde le podrán dar esta información.

      • Hola,
        Una vez le concedan la plaza pública, el coste será un % de la pensión y si tuviera el piso en alquiler entiendo que también entraría en el calculo de ese % a pagar, puede ser?

        Muchas gracias por contestar.

        Saludos!

        • Hola María,

          Una vez concedida la plaza pública, se calcula el % de la pensión que el beneficiario debe pagar según cada situación. Para calcular este porcentaje de la pensión que será el importe a pagar por la plaza pública, se tienen en cuenta los ingresos por pensión y las rentas de que disponga la persona dependiente. Sin embarga, el coste que una persona dependiente con plaza pública asignada tendrá que pagar por esta plaza, nunca puede superar el importe de la pensión (suele ser hasta el 85% de la pensión). Es decir, los ingresos por alquiler no serán parte del pago de la plaza pública.

  416. Buenas noches, por favor ¿podrían decirme por cuanto tiempo estuvo vigente el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social de cuidadores familiares de personas Dependientes? Tengo el grado 3 desde 2009 y no sabemos si a mi cuidadora, mi madre, la cubre algún tiempo de esa cotización.

    • El pago por parte del gobierno de las cotizaciones a la Seguridad Social de cuidadores no profesionales de personas dependientes en el entorno familiar se estableció en 2007 y se suspendió el 01 de enero de 2013.

  417. hola!mi hija tiene 14 años y un grado de de pendencia3…..y una discapacidad del 79%.yo cobro la ley de dependenci por estar cuidándola ya qye depende totalmente de mi.me comentaron que cuando sea mayor de edad ,la seguridad social le dara una ayuda económica mensual,dependiendo del grado.sera las 2 ayudas compatibles?.puedo seguir cobrando la ley de dependencia y la de hijo a cargo por su discapacidad?gracias

    • Hola Sonia,
      Las prestaciones a las que tenéis derecho están indicadas en el PIA (Plan Individual de Atención). El PIA lo realizan los servicios Sociales de cada localidad. Si tienes alguna duda sobre el tipo de ayuda que recibiréis cuando tu hija cumpla los 18 años, tenéis que dirigiros a los Servicios Sociales, donde os informarán de las prestaciones que corresponden a vuestro caso concreto.

  418. Hola. Cómo saber cuándo entra en vigor para saber si estás cotizando a la seguridad social. O tengo que hacer alguna tramitacion para que se incluyan. Gracias

    • Hola Luis, disculpa pero no acabamos de entender cuál es tu duda. ¿Podrías reformular la pregunta o aportar más información? Gracias.

  419. Quisiera saber porque mi hijo con una minusvalía de 71% un nivel 2 grado 2 recibo una cuantía de 250€ mensuales
    Y otros familiares con una minusvalía de 37% con el mismo grado 2 y nivel 2 están cobrando 420€
    Alguien puede explicarme cómo resuelven las cuantías?????

    • Hola Mari,
      las cuantías de las ayudas de la Ley de Dependencia los asignan los Servicios Sociales de la localidad y dependen de diversos factores. Una vez se tiene el Grado de Dependencia, los servicios sociales realizan el Plan Individualizado de Atención (PIA), conjuntamente con la persona dependiente, sus familiares y/o su representante legal. En este Plan se detallan los servicios y/o prestaciones económicas necesarias, teniendo en cuenta las necesidades de la persona, el entorno familiar y social y la disponibilidad de los servicios.
      Para cualquier consulta sobre cómo está calculado el importe en su caso y sobre por qué motivo la ayuda que su hijo recibe es inferior a otros casos que conoce, tendría que dirigirse directamente a los servicios sociales de su localidad, donde le podrán dar información concreta de cómo se han asignado estos importes.

  420. Hola buenos días me llamo Isabel y yo quisiera saber si tengo derecho a reclamar la dependencia que en abril de 2014 Le concedieron a mi marido con el grado 1 y luego recurrimos por que Le volvieron a valorar y en 2015 Le concedieron el grado 2 pero en abril del 2016 falleció sin aver percibido ni un solo mes de la dependencia por eso yo quisiera saber si tengo derecho a reclamarla muchas gracias

    • En el caso de que una persona con Grado de dependencia asignado fallezca antes de cobrar la prestación, no se existe un protocolo claro sobre el derecho a los familiares a recibir esta prestación. En su resolución intervienen muchos factores, como el Grado de Dependencia de la persona fallecida, el tiempo pasado desde la asignación de la ayuda hasta su fallecimiento, etc.
      El primer paso es iniciar una reclamación al Organismo competente de su comunidad en materia de Dependencia. Esta reclamación debería seguir su curso hasta que el Tribunal de Justicia que corresponda dé su resolución. En muchos casos, aunque el fallecido tuviera asignado el Grado de Dependencia, se exige que también esté aprobado el PIA (Plan Individual de Atención), que es el que detalla los importes de las ayudas que corresponden a cada caso. Algunas sentencias han resuelto que si no se disponía del PIA, al no estar definida la cuantía de la ayuda, ésta no se puede reclamar.
      Sin embargo, ha habido casos en que las familias han cobrado las ayudas a las que tenían derecho y que no habían recibido mientras el beneficiario estaba vivo.
      Puesto que las Resoluciones de los Tribunales de Justicia de las diferentes comunidades son dispares, le aconsejamos que consulte con un profesional del sector que le aconseje sobre
      si es conveniente iniciar la reclamación en su caos concreto.

  421. Carlos muñoz cerezi

    Paga el gobierno actual las cotizaciones a la seguridad social por un cuidador familiar(hijo) en mi caso. Habia leido por ahi, que el gobierno actual se haria cargo de las cotizaciones. Me puede decir algo al respecto ? Grado 3 tenemos. Sonos de Madrid

    • Hola Carlos,
      efectivamente, hace unos meses el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social anunció que pretendía recuperar el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social de cuidadores familiares de personas Dependientes, y que su objetivo era aplicarlo a finales de 2018. Sin embargo, esta medida ha quedado sujeta a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, por lo que a fecha de hoy no se ha aplicado.

  422. Hola buenas noches mi pregunta es la siguiente a mi marido Le dio un derrame cerebral me vino 400 y pico de dependencia llevo 4 años cobrando el problema es q mi marido esta gracias a dios estupendamente desde hace 3 me pueden reclamar q devuelva el dinero gracias

    • Una vez asignada la ayuda, cualquier actualización de la misma la tiene que hacer siempre la persona beneficiaria de la prestación. Es decir, si por su parte no realizan ninguna petición de revisión o de actualización, no se hará ningún cambio en al ayuda concedida. Lo más correcto sería comunicar el cambio de situació de su marido. Esto comportaría la revisión de grado, y si actualmente no le corresponde tener Grado de Dependencia por estar mejor, dejaría de tener derecho a recibir la ayuda desde el momento en que la administración competente le asigna que no le corresponde el grado.

  423. Hola mi madre tiene dependencia grado 3 para cuidados entorno familiar y yo que la cuido en mi domicilio me a salido un trabajo de 1hora diaria asegurada puedo adoptar ese puesto de trabajo?gracias.

    • En general la Ley de Dependencia no marca incompatibilidad de la ayuda por cuidados en el entorno familiar con un trabajo remunerado, siempre que la persona cuidadora disponga del tiempo necesario para cuidar a la persona dependiente según el Plan establecido por los servicios sociales. Sin embargo, le aconsejamos que haga la consulta a la oficina de Servicios Sociales de su localidad para que le confirmen que, según su caso personal, puede aceptar este puesto de trabajo y mantener la ayuda por cuidar a su madre.

  424. hola, buenos dias!
    Mi madre tiene concedido el grado uno de dependencia y cobra 153 euros, ahora en una nueva valoración le han concedido el grado dos, ya nos ha llegado la resolución. mi pregunta: le ingresaran directamente lo que pagan por grado dos, cuidados en el entorno familiar, o tendra que pasar otra vez el PIA?. y si es así, el pago es retroactivo?
    Muchas gracias

    • Hola Concepción,
      Si le han concedido un cambio de grado y no hay ningún cambio en el tipo de servicio que necesita, lo habitual es que reciba una comunicación de la Administración competente de su comunidad con el importe de la prestación actualizado según el nuevo grado, y pasaría a recibir este nuevo importe desde la fecha en que tiene concedido el nuevo grado. Si no ha recibido esta comunicación con el importe de la prestación actualizado, puede consultar a los servicios sociales de su comunidad, para verificar que el proceso esté siguiendo su curso normal.

      Si este cambio de Grado comporta que necesita una atención diferente, si que tendría que pasar otra vez el PIA para que le asignen la ayuda adaptada a los cuidados que necesita ahora su madre.

  425. Carlos zarrias molina

    Mi suegro está en una residencia privada ya lo han valorado grado 3 permanente . Tiene derecho a cobrar desde ese día para poder pagar ala privada .gracias

    • Buenos días Carlos. El derecho a recibir la ayuda económica se genera una vez se ha aprobado el PIA (Plan Individual de Atención), que es donde se detallan los servicios y/o las prestaciones económicas a las que tiene derecho la persona beneficiaria. Si en el PIA se ha establecido una prestación económica, se cobrará dicha prestación desde la fecha de aprobación del PIA (no desde la fecha de obtención del Grado de Dependencia)

  426. Hola mi hijo le han hecho la última valoración con 17 años siempre ha tenido un 37 es discapacidad psíquica .Tengo algún beneficio económico con la ley de la dependencia?

    • Hola Consu,

      Para optar a las prestaciones que establece la ley de dependencia, la persona solicitante debe tener el Reconocimiento del Grado de dependencia. Para informarse de si a su hijo le corresponde Grado de Dependencia, debe dirigirse a la Administración Pública competente de su Comunidad, donde también le informaran de los pasos concretos a seguir en su caso.

  427. Buenas noches. A la hora de aceptar alguna prestación de dependencia ¿miran la renta y los ahorros que pueda tener el solicitante? Es decir, que le denieguen la prestación por tener mínimo unos ahorros en el banco. Un saludo. Gracias

    • El importe de las prestaciones de dependencia lo asignan los Servicios sociales de la localidad en función de la capacidad económica del solicitante, con el objetivo de favorecer a las personas que más lo necesitan. Sin embargo, no se suelen denegar prestaciones a no ser que el importe de las rentas o ahorros del solicitante sean significativamente elevados. Para conocer cómo afectan las rentas a la prestación, te aconsejamos que te dirijas a los servicios sociales de tu comunidad donde te indicarán los criterios vigentes en este momento.

  428. Tengo a mi madre en residencia particular con una dependencia del grado dos severo y con prestación económica vinculada al servicio, la residencia me cobra el 10 por ciento de IVA, he leído que a partir de julio puede ser el 4 por ciento, es en la comunidad Autónoma vasca, quisiera saber si es correcto y me corresponde el tipo superreducido

    • Efectivamente, el pasado julio entró en vigor una modificación en el IVA aplicable a coste de la residencia para personas que cobran una PEVS (prestación económica vinculada a servicios) como ayuda destinada a pagar la residencia. Si el importe de la prestación supera el 10% de coste del servicio, el IVA aplicable pasa a ser del 4%. Esta modificación es aplicable también a la Comunidad Autónoma Vasca, ya que el IVA es un impuesto estatal. Por lo tanto, si en su caso se cumplen estas condiciones, debería hablar con la residencia para que verifiquen el tipo de IVA que le corresponde y le apliquen el tipo vigente a partir de julio de 2018

  429. Hola soy Rosa
    Mi madre tienes el grado lll y quisiera saber si después de esperar casi dos años, para ser más exactos 22 meses y tener la prestación al cuidador no profesional en la comunidad de Madrid empecé a cobrar este noviembre y que pasa con el pago desde que me concedieron la dependencia no es con efectos retroactivos y no me tienen que pagar los 21 meses restantes

    • Hola Rosa,
      la Ley de Dependencia ha tenido diversas actualizaciones desde su entrada en vigor, y el criterio de abono de las ayudas por el periodo desde la resolución hasta el inicio de los pagos también ha sufrido modificaciones. Le aconsejamos que se dirija a los Servicios Sociales de su localidad, que es el organismo competente en aspectos relacionados con las ayudas a la dependencia, para que le confirmen si en su caso le corresponde cobrar algún tipo de importe por estos meses transcurridos des de la aprobación hasta que ha empezado a recibir la prestación.

  430. Hola tengo mi mujer enferma y Le reconocieron la ley de la dependencia el 5 de diciembre del 2016, tiene reconocido el de 3 grados y una prestación de 387€.de eso casi dos años Le han empezado a abandonar desde este mes los 387 pero los atrasado nada todavía y encima dicen que desde el 21 de octubre del 2016 al 31 de octubre del 2018 el retroactivo será obonado 1433.01 eso es correcto o no por que yo no entiendo nada.

    • Hola Said,
      las ayudas que se abonan a cada persona dependiente se gestionan directamente desde los servicios sociales de cada localidad. Le aconsejamos que se dirija a Servicios Sociales para que les informen de si les corresponde este importe atrasado de 1433,01 € y la fecha prevista de ingreso.

  431. Vicenta Colmena

    Mi madre ha sido reconocida con el grado I. ¿tengo derecho a percibir ayuda económica si yo soy su hija cuidadora? ¿que cuantía es?.

    • Hola Vicenta,

      La Ley de Dependencia contempla las ayudas para cuidados en el entorno familiar, de hasta un máximo de 153 € para dependientes con Grado I. Para obtenerlas, es necesario que la persona cuidadora sea familiar hasta tercer grado de la persona dependiente y que en el momento de solicitar la prestación lleve ejerciendo su cuidado más de un año. En cualquier caso, le aconsejamos que se dirija a los servicios sociales de su comunidad, ya que es el organismo que tramita cualquiera ayuda relacionada con la dependencia y le confirmarán el tipo de ayuda e importe que le puede corresponder en su caso.

  432. tengo desde hace años un grado de dependencia de un 2,2 y nunca me dieron nada de ayuda,era cuando cospedal era la presidenta de castilla la mancha,y con sus recortes se cargo la dependencia,ni se que tengo que hacer para reclamarlo,ya que el gobierno nuevo,dijo que revisaria los casos y a mi se conoce que nunca ma va a tocar,yo tengo el escrito donde me dicen el grado que tengo,pero parece ser que es como si no tubiera nada,tengo una gran invalidez y no se donde puedo acudir a reclamar la rependencia michas gracias,

    • Para empezar a gestionar cualquier ayuda para la dependencia, tiene que acudir a los servicios sociales de su localidad, donde le indicarán si el documento que tiene, en el que le indican su grado de dependencia, es aún válido o si hay que hacer alguna nueva valoración. Una vez tenga confirmado el grado de dependencia, desde servicios sociales le harán el Plan Individual de Atención, donde le indicarán el tipo de ayudas que le corresponden.

      Gracias,

  433. Hola buenas tardes,PENSIUM,era para consultarles,soy Isabel y cuidadora de mi marido
    Estamos cobrando la ley de dependencia por mi marido,grado 1 nivel 1,es epilectico debido a un accidente de trabajo que tuvo y le quedo secuela,ataques epilecticos recurrentes.
    Nos aprobaron la ley de dependencia como te he dicho en el año 2010 y ahora cobra 132 euros al mes,pasados los años y los cambios de medicacion volvimos a pedir una nueva valoracion pues esta peor que antes,y con ingresos en hospital
    Hoy mismo han venido a valorarle y nos han dicho,que desde 2010 hasta ahora con la crisis han cambiado mucho las cosas y podria ser que no le pertenezca ni cobrarla,y yo me pregunto si esta peor que entonces como nos van a quitar la prestacion? mi marido ahora tiene 58 años
    Muchas gracias PENSIUM

    • Lamentamos la situación que expones, Isabel. Sin embargo, no podemos darte una respuesta a la duda que nos planteas, ya que cualquier aspecto relacionado con la Ley de Dependencia y su aplicación depende de los Servicio Sociales de la comunidad, que es el organismo competente que hace el reconocimiento del grado de competencia y la valoración de las ayudas a asignar.
      A modo orientativo, comentar que el grado I de dependencia corresponde a personas que necesitan ayuda para realizar diversas actividades de la vida diaria al menos una vez al día, y tienen limitaciones a su autonomía personal que requieren ayuda intermitente.

      Un saludo,

  434. Ángela Ramírez Martínez

    Hola, buenas tardes. ¿Qué condiciones se necesitan, o como sé en qué momento, mi padre pasa de un grado I a un grado II de dependencia? Gracias.

    • Buenas tardes Ángela,

      El grado II de dependencia severa se asigna cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día y necesita apoyo continuado para su autonomía personal, aunque no requiere apoyo permanente de un cuidador. Sin embargo, para conocer el grado de dependencia que le corresponde a una persona y obtener a asignación de Grado, se tiene que solicitar a los servicios sociales que un profesional haga una visita a domicilio para valorar la situación y determinar el grado que corresponde. Si has detectado un empeoramiento en las capacidades de autonomía de tu padre, puedes contactar con los servicio sociales de tu localidad y solicitar una revisión de grado.

      Esperamos haberte ayudado.
      Un saludo,

  435. Alberto García

    Se trata de una anciana, a la que en su momento se le reconoció la condición de DEPENDIENTE SEVERA GRADO II. En virtud de esta condición y tras valoración de la trabajadora social (Gobierno de Canarias) según articulo 29 de la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre se le reconoció el DERECHO A LA PERCEPCION DE 383 € EN CONCEPTO DE SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. En la actualidad se encuentra recibiendo dicha cantidad, que a su vez la beneficiaria paga a un servicio externo de asistencia domiciliaria concertado con el Gobierno de Canarias.

    Posteriormente a su reconocimiento de la dependencia, la anciana sufrió una fractura de cadera, con lo que sus condiciones físicas han mermado de manera notable. Estamos pensando solicItar la REVISIÓN DEL DEPENDENCIA con la intención de aumentar la prestación para con ello aumentar las horas de prestación del servicio concertado. Teniendo en cuanta su contestación anterior, no tendría mucho sentido dicha solicitud, porque en la actualidad y según figura en la tabla, en la actualidad está cobrando la cuantía máxima para un dependiente GRADO III

    ¿Es correcta esta apreciación?

    • Hola de nueva Alberto,

      El importe indicado en la respuesta a tu anterior pregunta corresponde al importe máximo por cuidados por parte de una persona del entorno familiar. Según la información que ahora nos aportas, la ayuda que están recibiendo se asigna al pago de los cuidados de un profesional, por lo que estaría en el apartado de Prestación económica vinculada al servicio (PEVS), no en el apartado de Prestaciones de cuidados en el entorno familiar. En este caso, el importe máximo para Dependencia en grado II es de 426,12 €, y el importe máximo para dependencia en grado III, de 715,07€. Por lo tanto, en caso de que haya un cambio de situación y se le asigne el grado de dependencia III a la persona que está recibiendo esta ayuda, si que procede que solicite revisión del importe, ya que puede aumentar el importe de la ayuda que le asignen.

      Esperamos haberte ayudado.
      Un saludo,

  436. Alberto García

    ¿Cual es la cuantía económica máxima a percibir en concepto de SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO en una persona con dependencia SEVERA
    GRADO II?

    • Hola Alberto,
      La cuantía máxima para Prestaciones de cuidados en el entorno familiar para una persona con grado de Dependencia II es de 268,79 €/mes, tal como podrás comprobar en la tabla de importes máximos de nuestro articulo.
      Sin embargo, la cuantía de ayuda asignada a cada caso es competencia de los servicios sociales de cada localidad, por lo que te aconsejamos que te dirijas a ellos para conocer el importe de la prestación a la que puedes optar.

  437. Francisco Pardo

    Buenos dias; Mi nombre es Francisco, tengo 60 años; el 13 de Junio de detectaron el síndrome de Guillain Barré, que me dejó paralizado de cintura hacia abajo y me extirparon un riñón por un tumor; en el 1998 de declararon una espondilitis anquilosante; actualmente necesito ayuda para asearme para desplazarme y al aseo voy con enemas; esto serían las patologías más significativas entre otras; mi pregunta seria la siguiente: puedo solicitar la ayuda por dependencia; gracias.

    • Buenos días Francisco,
      por los datos que nos indica en su consulta, parece que cumple las condiciones para obtener el reconocimiento del Grado de Dependencia, por lo que le aconsejamos que se dirija a la Administración Pública competente de su Comunidad, para iniciar los trámites.
      Una vez reconocido su Grado de Dependencia, los Servicios Sociales de su localidad podrá realizar el Plan Individual de Atención, en el que se detallarán los servicios y/o prestaciones económicas a las que puede acceder.

  438. Yo ase un mes arreigle los papeles para la ley de la dependencia para mi madre ella tiene 86 año mi pregunta es ¿tardan mucho en aserle la rebicion y venir a ser la visita a casa ?

    • Buenos días Fátima,
      Los plazos del proceso para la asignación de ayudas a la dependencia varían en cada comunidad según las peticiones que tengan pendientes de resolución. Le aconsejamos que consulte con los servicios sociales de su localidad, donde le podrán informar de la situación concreta en su zona.

      • Buenos días.La ayuda econòmica de la ley de dependencia se paga con carácter retroactivo??Le escribo desde Cádiz

        • Buenos días Jose Luís. El derecho a recibir la ayuda económica se genera una vez se ha aprobado el PIA (Plan Individual de Atención), que es donde se detallan los servicios y/o las prestaciones económicas a las que tiene derecho la persona beneficiaria. Si en el PIA se ha establecido una prestación económica, se cobrará dicha prestación desde la fecha de aprobación del PIA (no desde la fecha de obtención del Grado de Dependencia)

  439. Quisiera saber si para cobrar la ley de dependencia una vez hecha la valoración influye el importe que disponga en sus cuentas bancarias.

    • Hola Carmen,

      El importe de las prestaciones que contempla la Ley de Dependencia dependen del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario. Para que los importes en cuentas bancarios tenga impacto, los saldos bancarios del beneficiario tienen que ser bastante elevados. En la Administración Pública competente de su Comunidad le podrán informar de los importes que le pueden corresponder según las rentas de que dispongan.

  440. Rosa Huerta Berlanga

    Hola
    Mi madre tiene concedido un grado II de dependencia a la espera de ser reconocida para concederle el grado III
    Está ingresada en una residencia privada con cierto número de plazas públicas y hemos solicitado una Prestación Vinculada de Garantía porque es más breve el período de resolución.
    Estamos en la Comunidad Valenciana y, mi pregunta es cuánto tiempo tardan en emitir una resolución sobre la PGV, si tiene efectos retroactivos y teniendo en cuenta que mi madre percibe una pensión mínima no contributiva de unos 180 euros, a cuánto asciende la ayuda que nos concedería la Generalitat
    Gracias

    • Hola Rosa,
      puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar el importe y la fecha prevista de pago.
      No obstante, el importe de la ayuda que podáis recibir probablemente no permitirá cubrir la totalidad del coste de la residencia. Si tú o tu madre disponéis de una vivienda en propiedad que se pueda alquilar, el programa Pensium os puede aportar una cantidad de dinero adicional que os ayudara a asumir el coste de su asistencia de manera fácil y rápida. Además, el programa es compatible con cualquier ayuda que tu madre pueda recibir ahora o en un futuro. Si necesitas más información no dudes en preguntarnos.

      Un saludo,

  441. Hola, mi hija tiene la dependencia de grado dos aprobada y firmada con los servicios sociales desde agosto, se sabe cuanto están tardando en pagar en Cataluña y si hay carácter retroactivo?

    • Buenos días Susana,
      puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar la fecha prevista de pago.
      Un saludo!

  442. Buenas estoy viviendo en Sevilla y ase un mes por ai le a venido a mi marido una minusvalia por enfermedad mental de 68 tiene varias enfermedades mentales y tengo que cuidarlo quisiera saber si tengo alguna ayuda por cuidarlo.

    • Buenas tardes Maria,
      Existen ayudas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, para los cuidadores que sean familiares de la persona dependiente (hasta tercer grado) y que en el momento de solicitar la prestación lleven cuidando del dependiente más de un año. Para solicitar este tipo de ayuda, igual que cualquier otra ayuda relacionada con la dependencia, es necesario tener reconocido el grado de dependencia. Una vez reconocido el grado, los Servicios Sociales realizan el Plan Individual de Atención (PIA), en el que se detallan los servicios y/o prestaciones económicas que corresponden en cada caso.
      Nuestra recomendación es que contactes con los servicios Sociales de tu localidad, donde te informarán de los paso a seguir en función de tu situación.
      Un saludo,

  443. Cómo le afectaría a mi madre , tener un piso alquilado y cobrar una pensión no contributiva para cobrar la dependencia en grado tres?

    • Buenos días Lucía,
      La asignación del tipo de ayuda que le corresponde a cada persona depende de la pensión que esté cobrando y de su renta. Los ingresos por alquiler no suelen afectar a la ayuda a la dependencia, ya que a nivel de renta, los ingresos que se obtienen del alquiler de las viviendas, fiscalmente están muy bien tratadas: sólo se imputan o suman a los demás ingresos que obtenemos (salario, pensión u otras rentas), el 40% de los rendimientos netos, es decir, una vez deducidos los gastos.
      Si su madre únicamente cobra una pensión no contributiva, tener ingresos por un alquiler, no debería comportar un incremento de renta significativo que le afecta a la asignación de ayudas.
      Para información más concreta de su caso, le aconsejamos que se dirija a la Administración pública competente de su comunidad en materia de ayudas a la dependencia, donde le informarán de los importes de las ayudas a las que pueden optar.
      Un saludo,

  444. Hola le consedieron a mi madre grado 3 de dependencia en sevilla pero no pudo beneficiarse de la ayuda pues me la Tube que traer a alicate a través de la trabajadora social se pidió el traslado de expediente en enero y hasta la fecha nada me podría decir cuanto es el tiempo aximo de límite para un traslado de expediente de una comunidad a otra? Gracias

    • Buenas tardes,
      Esta consulta la debe realizar directamente al Organismo competente de la comunidad a la que se haya trasladado la persona con dependencia. Nosotros no disponemos de esta información, lamentamos no poder ayudarla.

      • Si llevo a mi hijo a un centro de dia , el pago de la ley de dependencia pasa al centro . En caso de que no siga pasado un tiempo , la ley de dependencia vuelve a el con el mismo importe que estaba cobrando antes.?

        • Hola Juan Carlos,
          Cada vez que hay un cambio en la situación de la persona beneficiaria de la ayuda (en el caso que nos consulta, al acceder a un centro o al salir de este centro), los Servicios Sociales hacen una revisión del PIA (Plan Individual d Atención) y asignan el importe y condiciones de la ayuda según la situación del beneficiario y de su entorno familiar en el momento de este cambio. Por lo tanto, el importe de la ayuda una vez no esté en el centro lo definiran los Servicios Sociales en ese momento.

  445. Buenas tardes,

    Tengo una consulta, tengo un familiar, señora soltera de 80 años sin nadie que pueda ayudarla ni hacerse cargo, a la que han concedido un grado II de dependencia. Esperábamos que recibiría alguna ayuda económica y sin embargo le ha venido a » cero» ¿ ésto es posible?¿cómo se puede reclamar? En su pueblo hay una residencia que es privada y tiene algunas plazas subvencionadas y vinculadas y lo que nos habían dicho es que recibiría una ayuda para poder pagar una plaza privada en la residencia o incluso podrían darle una plaza subvencionada al no tener a nadie, tener una pensión no contributiva muy baja y su casa no reunir condiciones adecuadas para vivir con su situación. Sin embargo, le han concedido 0€.
    Agradezco de antemano su ayuda.

    • Buenas tardes Isabel,

      Una persona con un grado de Dependencia II concedido tiene derecho a determinadas ayudas. El tipo de ayudas y su importe dependerán del Plan Individual de Atención (PIA), que los Servicios sociales realizan conjuntamente con la persona dependiente, sus familiares y/o su representante legal. En él se detallarán los servicios y/o prestaciones económicas necesarias, teniendo en cuenta las necesidades de la persona, el entorno familiar y social, las rentas e ingresos de la persona dependiente y la disponibilidad de los servicios. La asignación de los servicios y ayudas es competencia de los Servicios Sociales, y cualquier consulta o desacuerdo con el proceso se tiene que tramitar directamente con los Servicios Sociales de su municipio.

  446. Maria Dolores Afonso Lastra

    Buenas tardes .
    Mi madre es dependiente, tiene reconocida en grado II severa desde el año 2013
    No han estado toreando todos estos años ….. » que si la crisis «… que si » te han llamado por teléfono , pero no han contestado » .
    El caso que que a día de hoy todavía seguimos esperando . Ahora han dicho en Servicios Sociales del pueblo que van a venir otra vez de nuevo a las entrevistas , que ya están hechas hace casi seis años. … y que me ofrecerán lo que tengan , que si ayuda a domicilio …….
    Mi pregunta es si me puedo negar a que esto comience otra vez desde cero , o si tienen que darle curso a lo que ya está ahí hace años parado .

    • Buenas tardes Maria Dolores,

      Puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, cualquier consulta o desacuerdo con el proceso se tiene que tramitar directamente con los Servicios Sociales de su municipio. Lamentamos la situación que nos indica, y esperamos que a partir de la nueva entrevista que le proponen se pueda agilizar el proceso. Un saludo,

  447. Hola ,me ha llegado la carta favorable de mi hijo menos ,grado 2 y aceptada con fecha de salida 9/6/2018 C.Valenciana,cuánto tardan para ingresar ? Gracias …saludos

    • Buenas días Sara,
      Puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, lamentándolo mucho nosotros no podemos dar respuesta a tu pregunta. Te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar la fecha prevista de pago.

      Un saludo,

    • Hola me llamo Carlos y a mi madre también le han reconocido un Grado II, de una solicitud que data de abril de 2016, quiero saber si has cobrado ya, también somos de Valencia, saludos.

  448. Manuel Madero Pérez

    Como hijo de la persona dependiente y no pudiendo trabajar por estar a su cuidado que ayuda o posibilidades tengo

    • Hola Manuel,
      Existen ayudas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, que se otorgan a los cuidadores que sean familiares de la persona dependiente (hasta tercer grado) y que en el momento de solicitar la prestación lleven ejerciendo los cuidados más de un año. Para solicitar este tipo de ayuda, igual que cualquier otra ayuda relacionada con la dependencia, es necesario tener reconocido el grado de dependencia. Una vez reconocido el grado, los Servicios Sociales realizan el Plan Individual de Atención (PIA), en el que se detallan los servicios y/o prestaciones económicas que corresponden según la situación concreta de la persona dependiente y su entorno.
      Nuestra recomendación es que contactes con los servicios Sociales de tu localidad, donde te informarán de los paso a seguir en función de tu situación.
      Un saludo,

    • Hola mi hija tenía el grado 2 de dependencia y ahora le han dado el 3 , que significa , por que no se nada más , gracis

      • Hola Fabioala,
        cuando una persona dependiente tiene asignado Grado de Dependencia, se realiza el PIA (Plan de Atención Individual) para que Servicios Sociales indiquen el tipo de ayudas (servicios o prestaciones económicas) que te pueden corresponder. Si ya tienes la resolución de Grado, te aconsejamos que consultes en Servicios Sociales el plazo previsto hasta la visita para la elaboración del PIA.

  449. Hola..
    Me han aprobado la dependencia por mi hijo menor, el grado que Le han consedido es el grado 3 y la prestación de cuidado e. Entorno familiar esto está dedes el 09 de julio 2018, me gusria saber cuanto están tardando en pagarlo ya que se que tiene un periodo de suspensión de dos años pero estos plazos no se cumplen (es en la comunidad de Madrid), muchas gracias

    • Buenas tardes Mariela,
      Puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar la fecha prevista de pago. Un saludo,

    • Hola Maria,
      Existen ayudas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, que se otorgan a los cuidadores que sean familiares de la persona dependiente (hasta tercer grado) y que en el momento de solicitar la prestación lleven ejerciendo los cuidados más de un año.
      Para solicitar este tipo de ayuda, igual que cualquier otra ayuda relacionada con la dependencia, es necesario tener reconocido el grado de dependencia. Una vez reconocido el grado, los Servicios Sociales realizan el Plan Individual de Atención (PIA), en el que se detallan los servicios y/o prestaciones económicas que corresponden según la situación concreta de la persona dependiente y su entorno.
      Le aconsejamos que contacte con los servicios Sociales de su localidad, donde le informarán de los paso a seguir en función de su situación.
      Un saludo,

      • Soy la cuidadora no profesional de mi suegra ella cobra la ayuda para cuidados en el entorno familiar (me dijeron que era para que pudiera cubrir mis gastos) pero ami no me paga nada. Como puede permitir eso la ley??

        • La Ley de Dependencia contempla ayudas para las personas con Dependencia, algunas veces como prestación del servicio y otras veces como prestación económica. En este último caso, la Ley debe verificar que se cumplan las condiciones para cobrar la prestación, y debe abonar la prestación a la persona dependiente (beneficiaria de la prestación).

  450. sergiooscar serrano sanchez

    la carta de prestaciones economicas .P.I.A. ha llegado fecha de salida 23/09/2018¿cuanto tardaran en pagar?.

    • Buenas tardes Sergio,
      Puesto que las gestiones relacionadas con el pago de las prestaciones son competencia de los Servicios Sociales, te recomendamos que contactes directamente con los Servicios Sociales de tu localidad para confirmar a fecha prevista de pago. Un saludo,

    • Josefa Diego Humara

      Yo tengo la resolución con fecha 28-09-2018 y llame ayer al 012 para informarme cuando me empezaran a pagar y me dijeron que unos 18 meses.

  451. Se sabe cuanto tardan en aceptarte la ayuda. Voy a ingresarla en un centro y son caros. Me han dicho que ella pondra su nomina y el estado cubrira el resto.
    Esto es asi?
    Si tarda 3 años te devuelven el dinero en caractrer retractivo o no?
    Mil gracias

    • Buenos días Salvador,

      en relación a las ayudas a la dependencia, para poder optar a dichas ayudas es necesario tener el Reconocimiento de un grado de dependencia, que se debe solicitar a la Administración pública competente, tal como se indica en el artículo «Pasos para solicitar las ayudas de la ley de dependencia».
      Una vez se obtiene el Reconocimiento del Grado de Dependencia, los Servicios Sociales realizarán el Plan Individual de Atención (PIA), donde se detallarán los servicios y/o prestaciones económicas que se le asignan al beneficiario.
      Es importante hacer estos trámites para conocer el tipo de ayuda que le corresponde a cada persona.
      Las personas con grado de dependencia II o III tienen derecho a una plaza pública, deben apuntarse a lista de espera para optar a una plaza cuando haya disponibilidad.
      Una vez haya una plaza disponible, la persona ingresada tendrá que aportar parte de su pensión (o no aportar nada si sus ingresos son muy reducidos), y el resto del coste queda cubierto por la ayuda.
      Mientras no se puede acceder al servicio público (en este caso, mientras no hay disponibilidad de plaza pública en Residencia), se puede recibir una ayuda económica para facilitar el pago del servicio privado. Esta ayuda es la que se conoce como PEVS (Prestación económica vinculada al Servicio).
      No podemos concretar cuanto se tarda en recibir la ayuda, ya que depende de diversos factores.
      En este sentido, es aconsejable que consulte con la Administración Pública competente de su Comunidad, para informarse de la situación concreta de la persona que está esperado algún tipo de ayuda.

      En caso de que necesite acceder a una plaza privada mientras no dispone de la plaza pública, el programa Pensium puede ayudarle a cubrir este coste. Estamos a su disposición para resolverle cualquier duda que tenga sobre nuestro Programa.

      Muchas gracias por su consulta

      • Hola mi hermano esta pendiente de valoración de dependencia ya casi 2años lo llamaron en diciembre pero no pudo ir al centro social , en el centro no saben cuando lo llamaran , en cuanto tiempo lo volverán a llamar para valoracion

        • Hola Moises,
          las visitas para la valoración de Dependencia las gestionan directamente los Servicios Sociales de cada localidad, por lo que no podemos darte respuesta a tu pregunta. Te aconsejamos que te dirijas a la oficina de Servicios Sociales para que te den información más concreta sobre tu caso.

      • Georgeta gabriela ion

        Buenas, a mi hijo ya le dieron el grado I de dependencia lo que no se si para la ayuda económica tengo que ir yo a solicitarla o ellos directamente han echo esos trámites? A mi me pidieron el número de cuenta cuando hicieron la revisión de la ley de dependencia. Agradecería una contestación un saludo

        • Hola Georgeta,
          una vez asignado el Grado de Dependencia, el siguiente paso es el PIA (Plan Individual de Atención), que es donde se detallan las prestaciones que se asignan a cada solicitante. Habitualmente es la Administración la que contacta con la persona dependiente o su representante para la visita necesaria para la elaboración del PIA. Tras este paso, se envía la resolución por correo, y en esta comunicación se indica el tipo de prestación que se ha concedido y la fecha de inicio. No sabemos exactamente en que parte del proceso te hallas, por lo que no te podemos confirmar si ya están hechos todos los trámites. Te aconsejamos que consultes a la oficina de Servicios Sociales de tu localidad, donde te informarán de la situación de tu caso.

      • Buenos días,

        Esta consulta la debería realizar a la Administración pública competente de su comunidad en materia de ayudas a la dependencia, probablemente allí le podrán dar respuesta a la duda que plantea.
        Un saludo,