¿Es conveniente que las personas mayores otorguen poderes notariales?
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Hoy nadie discute que el aumento de la esperanza de vida es uno de los grandes logros de nuestra sociedad. Sin embargo, vivir más años, no siempre significa vivirlos con buena salud.
El aumento de la longevidad implica aumento de las enfermedades neurodegenerativas, como el Alzheimer, el Parkinson o la Esclerosis Múltiple.
El Alzheimer es una de la principales causas de demencia (representa entre un 50% y 70% de estos casos), y afecta a entre un 5% y un 7% de las personas mayores de 65 años. Podemos pues afirmar que, hoy por hoy, esta enfermedad representa una crisis de salud mundial que impacta a un gran número de familias, que ven como la persona enferma sufre trastornos de memoria, de cognición, y va perdiendo su capacidad de actuar según su voluntad.
Poderes notariales
¿Qué hacer cuando alguien de nuestro entorno está en esta situación? En estos casos, como en tantos otros, siempre es mejor prevenir que curar.
El ordenamiento jurídico español, recoge diferentes fórmulas legales que garantizan que pueda cumplirse la voluntad de la persona cuando ésta ya no tenga capacidad para expresar dicha voluntad. Entre estas fórmulas están los poderes notariales.
El poder notarial es un mandato otorgado mediante escritura pública que permite conferir a una tercera persona (apoderado) un conjunto de facultades para actuar en nombre y representación del poderdante. Esta fórmula requiere que quien otorga el poder (poderdante) tenga capacidad suficiente para firmar el apoderamiento.
En el momento de tomar la decisión de otorgar un poder a un tercero debemos tener en cuenta dos cuestiones fundamentales:
- decidir a quién vamos a nombrar apoderado, es decir, quien nos va a representar. La persona a la se otorguen poderes, evidentemente, debe ser una persona que goce de total confianza.
- en que actos jurídicos concretos va a representarnos, o lo que es lo mismo, qué podrá y que no podrá hacer en mi nombre.
No obstante, en cualquier momento se pueden modificar, otorgar nuevos poderes o anular los ya otorgados si cambia la relación de confianza con la persona que nos representa o si el poderdante lo decide.
Aunque hay distintos tipos de poderes, podemos englobarlos en dos grandes grupos:
- Poderes generales: facultan a una o diversas personas a que, por sí solas, indistintamente o mancomunadamente, actúen en nombre y representación del poderdante en todo tipo de actos.
- Poderes especiales: facultan a las mismas personas antes citadas para que actúen en nombre y representación del poderdante para actos concretos.
En cuanto a la duración, pueden ser:
- Permanentes, que son los que siguen teniendo efecto, aunque el poderdante sufra una incapacidad sobrevenida en el supuesto que se prevea esta circunstancia. Esta voluntad del poderdante debe quedar expresamente reflejada en escritura pública.
- Limitados, que son los que dejan de tener efecto, por el transcurso del término establecido, cuando al poderdante le sobreviene una incapacidad.
El otorgamiento de poderes notariales es un procedimiento sencillo que aporta protección a las personas afectadas por dolencias que limitan su capacidad de decisión, especialmente en el caso de enfermedades neurodegenerativas, dada su evolución hacia una pérdida total de capacidad.
Ahora bien, si la persona no ha otorgado poderes y le sobreviene una incapacitación que le impide obrar, los familiares deben iniciar un proceso para obtener la Declaración de Incapacidad, tal como explicamos en un post anterior.
En tal caso, el Programa Pensium ofrece a las familias el oportuno soporte para que puedan iniciar los trámites judiciales de incapacitación ante el Juzgado competente, acompañándolas también en todo este proceso.
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Carlos
Hola, mi madre tiene problemas importantes de movilidad, pero sin declaración de dependencia. Estamos pensando que haga un poder notarial para que los hijos podamos hacer ciertas gestiones (Banco o similar), pero es difícil concertar cita con un Notario porque nunca sabemos si los dolores le permitirán salir de casa. ¿Sabéis si existe la posibilidad de que el notario venga a casa?
Pensium
Hola Carlos,
Los notarios como regla general pueden desplazarse a firmar fuera de su oficina o despacho pero con ciertas limitaciones, deberás preguntar directamente en la notaría de tu localidad.
Barbara
Buenas noches,necesito ayuda,mis padres me otorgan un poder general ellos están en una residencia pero quieren dejarla y vivir conmigo.Un día me personé en la residencia y salió la vigilante y me dijo,no,no,no no te los puedes llevar al ver eso mis padres lloraban porque se querían venir conmigo,y entonces llame a la policía,pero la policía no presenció los indultos ni los gritos que me dijeron al final sigue allí ,y no me los pude llevar porque la policía me dijo que mis documentos tenían peso pero los de la residencia también.Tome la decisión de interponer denuncia en juzgado de guardia el 15 de febrero contrate un abogado de pago y sigo sin saber nada.Por favor alguien me puede ayudar?!!
Pensium
Hola Barbara. Lamentamos la situación. Lo mejor en tu caso es ponerlo en manos de un abogado, como ya comentas que estás haciendo. Un saludo.
Ana
Hola mi madre no sabe ni leer ni escribir es posible tener un poder para q cuando ella tenga q ir algún lado banco herencias podamos acompañarla alguno de los hijos para q no la engañen gracias
Pensium
Hola Ana,
Lo mejor es que realices la pregunta a un abogado directamente, nosotros nos centramos más en temas de dependencia.
Adolfo
Buenos días.
Con un poder notarial general da facultad para ingresar a una persona mayor en una residencia.
Esta persona mayor tiene deterioro cognitivo, demencia.
Pensium
Buenos días,
Depende de si la persona mayor ha sido incapacitada judicialmente y los poderes que se hayan otorgado a su tutor legal.
Gloria
Buenas
Mi padre estaba viviendo desde enero del 2021 en una Residencia de Personas Mayores (subvencionada por la Ley de la dependencia, ósea que solo pagaba el 75% de su pensión) falleció el pasado febrero de 2022.
Al empezar a realizar los tramites me encuentro que mi hermana en junio del 2021 ha vendido la vivienda de mi padre, sin saber yo nada.
Mi padre tenia Demencia senil, pero no estaba incapacitado legalmente solo aparece esa enfermedad en informes y exploraciones médicas. Pues parece ser que mi hermana le hizo firmar un poder notarial a su favor y así realizó la venta de la vivienda.
Pues a la hora de estipular algún reparto como heredera, me dice mi hermana que no hay nada que heredar, ni vivienda ni el dinero de la venta, a desaparecido todo en 7 meses.
El notario no es medico, como pudo dar un poder notarial sin pedir a sus familiares (todos) alguna referencia medica sobre mi padre que tenía 95 años.
Pensium
Hola Gloria,
Si consideras que hubo negligencia por parte del notario deberías realizar la consulta de tu caso directamente a un abogado. Nosotros no podemos ayudarte en la situación que explicas, lo lamentamos muchos.
Maria
Hola.
Tengo los poderes de mi madre y el banco me a dicho que no me puedo poner en la cuenta bancaria,que tiene que firmar mi madre,cuando los poderes los tengo.
Un saludo
Pensium
Hola María,
Una cosa es tener poderes para gestionar el dinero de la cuenta bancaria de tu madre y otra incorporarte en la cuenta, son cosas distintas. Si el banco te ha dicho que no es posible seguramente sea así.
Por otro lado, deberías revisar los poderes otorgados y ver si son poderes plenos o qué acciones se especifican.
Sagrario lopez Fernández
Hola yo tengo una Tia con enfermedad congetivo moderada senil. Y LA traalasaron a una casa Comunitaria De mayores. Por order jucidial y una prima la Saco. Sin presentar papeles la. Mi Tia frimo a Alta volutaria de la casa Comunitaria De mayores. Puede hacer lo com una enfermedad cogetiva moderada senil
Pensium
Hola Sagrario,
Desconocemos la situación legal de tu tía como para responderte correctamente. Te recomendamos que consultes con un abogado.
Princesa
Buenos días
Mis padres fallecieron mi madre no tenía testamento pero luego hicimos un testamento para mi padre. Para tratar de vender su casa tuvimos que hacer una declaratoria de heredero que conlleva pasar escritura a los hijos como herederos . Ahora para hacer la compraventa a un comprador necesitamos todos los herederos que firmen un poder para darle poder a mi único hermano mayor que está en el país Puerto Rico porque los demás no podemos viajar y estamos de acuerdos todos darle el poder de firmar . El problema que surge es mi hermana mayor ahora no puede firmar porque tiene alzeihmer y su hija tiene un poder personal para mi hermana pero es limitado no puede firmar por ella para vender la casa. Que sería el procedimiento a seguir para que la parte de mi hermana se pueda realizar con la mayoría y podamos vender la casa de mis padres y repartir a cada cual la parte que le corresponda. Somos hermanos unidos y todos estamos en un mismo acuerdo excepto que pensábamos que mi sobrina podía firmar departe de mi hermana por el poder que tiene de administrar lo de mi hermana pero no se le permite en la venta de su herencia Agradezco su respuesta en cuanto está preocupación. Gracias y lindo día.
Pensium
Hola,
Este caso lo deberías consultar con un abogado especializado en herencias para ver cómo , en base a la nueva legislación, se pueden ampliar los poderes de la hija de tu hermana para que puede firmar la operación.
Lau
Buenos días, mi padre es discapacitado por lo cual no puede trasladarse a la notaria, para dejar la casa a mi nombre. Podría ir con un poder firmado o con su huella? O debo llevarlo personalmente
Pensium
Hola Lau,
El notario debe confirmar que la persona en cuestión se encuentra en plenas facultades mentales para hacer dicha operación. Consulta si el notario puede trasladarse a su domicilio o cuál sería el sistema válido para realizar la firma.
Catalina
Buenas tengo un familiar que sufre de demencia. Y pues queremos sacar una cuenta de ahorros para poder retirar su jubilacion . Que debo hacer en ese caso
Pensium
Hola Catalina,
Debéis iniciar un proceso de incapacitación, en ese momento se le asignará un tutor legal que podrá asumir esta responsabilidad a efectos legales. Te dejamos con un artículo de nuestro blog en el que hablamos de ello con más detalle: La declaración de incapacidad como medida de protección de las personas mayores
M. Angeles Huerta
Hola. Quiero comprar una casa q pertenece a mi madre y su hermana, la cual tiene un deterioro cognitivo importante. Si no hay ningún poder notarial q permita a mi prima actuar en su nombre¿cual seria el proceso para q me puedan vender la casa?
Pensium
Hola M. Ángeles,
Si tu tía no puede realizar ciertos actos por motivos de salud física o mental, deberíais solicitar legalmente su incapacitación (que puede ser parcial o total) y asignarle un tutor.
Ana
Hola buenas tardes, mi hermano ha echo firmar a mi padre un poder, yo no sabia nada hasta que su cuidadora me explico la situación, me dijo que le había llevado a un sitio y que le habían dicho que firmara en un papel el esta enfermo de Alzheimer entre el grado I y II, el caso que mi hermano no me ha informado de todo esto, es mas no puedo acceder a la cuenta bancaria, y me ha comentado mi padre que mi hermano esta utilizando su dinero para beneficio suyo que debo hacer
Pensium
Hola Ana,
Te aconsejamos que realices esta consulta directamente a un abogado especialista.
Natalia
Buenas tardes, mi madre ingresó está semana en una residencia con deterioro cognitivo moderado, al ir a vender la casa familiar, dos de mis hermanos me dicen que no hay problema para vender, que mi madre les hizo un poder de ruina, mi otra hermana y yo estamos sorprendidas ya que no sabíamos nada de esto.
Le han sacado todo el dinero de la cuenta y quieren vender su casa, vamos una vergüenza.
Mi madre no está en condiciones, no sabe leer ni escribir, no está incapacitada legalmente.
Podemos hacer algo?? Evitar que «roben» a mi madre??
Gracias
Pensium
Hola Natalia,
Deberíais poner en contacto con un abogado, para que os asesore y os indique la mejor manera de afrontar la situación.
M
Hola, mi padre tiene un poder notarial General con carácter Permanente (según indica en la escritura notarial: seguirá vigente aunque a mi abuelo le llegue una incapacidad mental).
Mi abuelo desde q salió del hospital, hace casi un mes, no se encuentra muy bien mentalmente. Se pone cada día a chillar llegando a molestar a los vecinos tanto de noche como de día.
Podría mi padre usar ese Poder Notarial para ingresar a mi abuelo en una residencia geriátrica?
M
En realidad mi abuelo desde que salió del hospital ha empeorado de su demencia, pero ya llevaba un tiempo mal de la cabeza desde hace un tiempo.
Al principio, que empezó a no recordar cosas pensábamos que era por la edad, pero después
cambió incluso su conducta: siempre está de mal humor, siempre faltando el respeto a familiares y no familiares.
La cosa es q salió del hospital peor todavía porque chilla cada día y molesta a los vecinos.
Necesitamos ayuda profesional. Es por eso por lo de su posible ingreso en una residencia.
Muchas gracias.
Amv
Mi tío está casado en barcelona ,mi tía esta muy delicada por covid y tiene 91 años. El me enseñó un poder que hicieron en 2013 a favor de mi tío y 2 familiares mas, y después en 2018 dejaron nulo esos poderes .quisiera saber que pasara con mi tío al fallecer mi tía?
Pensium
Hola Amv, no acabamos de entender la pregunta. Si tu tío está en plenas facultades físicas y mentales, no vemos problema.
Pensium
Hola M.
Desconocemos las limitaciones que se hayan podido establecer en dicho poder notarial. Lo mejor es que preguntes a un abogado.
Iñigo
Hola
Tenemos a mi suegro con 94 años encamado en paliativos y con degeneración cognitiva importante.
Hace un año falleció su mujer y dejó testento con Única Herederas Universal a mi mujer y al señor Usufructuario Vitalicio . Sólo se trata de Herencia dineraria .
La Hija tiene dentro de Testamento una Clausula a su favor de Tutela y Apoderada de todos sus bienes y persona.
El banco está negándose a ejecutar la Herencia si no es con la firma del Usufructuario y la Heredera.
A pesar de presentar el Testemento del Señor que recoge esa tutela ….dicen que no es válido y se niegan a poder a disposición el caudal hereditario
Pensium
Hola Iñigo,
Para que haya tutor debe existir una sentencia judicial de incapacidad de este señor. Sin ella no puede haber tutela.
Maria Jesús González
Hola, tengo a mi madre en una residencia y tiene demencia, en una hora de conversación pregunta varias veces q quien soy, y tiene las manos mal, en su dni el verano pasado(2019) no pudo firmar ya, yo estoy en su cuenta corriente personal la única q tiene, pero tengo mis hermanos q desde q esta en la residencia m están insistiendo a q saque dinero con la excusa de q tiene que comprar cosa para mi madre¡cuando en la residencia saben q es a mi con quien tiene q contactar si nesecitan algo, han vendido la casa d mi a buena y a mi madre l toca un piquito, y ahí ha salido mi hermana la mayor q como no puede manejar el dinero, ha sacado un poder para abrir una cuenta en su banco y ingresas ese dinero ahí y cerrar la cuenta q lleva toda su vida mi madre. Mi pregunta es, es legal q de un poder notarial a mi hermana si mi madre no esta bien??
Puede abrir una cuenta en un banco??
Pensium
Hola Maria Jesús,
Los poderes notariales se firman ante notario y es éste quien valora y determina que la persona que otorga los poderes está en plenas facultades como para hacerlo. Si consideras que tu madre no está bien y que ha podido haber alguna actuación indebida, te aconsejamos que te pongas en contacto con un abogado.
Mar
Hola mi padre es avalista de mi hipoteca y tiene un apoderado que le lleva las cuentas , yo necesito que firme una carencia hipotecaria pero tiene Alzheimer puede el apoderado firmar en su lugar, muchas gracias
Pensium
Hola Mar,
Depende de lo que conste en el poder. Deberías revisar los poderes otorgados y ver si son poderes plenos o qué acciones se especifican.
inma
buenos dias a mi madre le han detectado alzehimer y nos aconseja su doctora que se haga poder notarial ahora que de momento esta bien mi pregunta ez se puede hacer poder notarial si no sabe leer ni escribir o se necesitaria algun testigo o dos para ir al notario espero contestacion.
Pensium
Hola Inma,
Deberías contactar con el notario para que te explique cómo llevar a cabo el proceso, no saber leer ni escribir no es impedimento para realizar el poder notarial. En principio no hacen falta testigos, es el notario quien valida que tu madre está en plenas facultades como para hacerlo. De todos modos, para mayor seguridad, te aconsejamos que preguntes directamente a un notario. Un saludo.
Josef
Mi abuela tiene 100años y su facultades mentales no están bien ,no ha dejado ningún poder pero si testamento y ahora queremos vender su vivienda pq ella ya no puede estar sola,cómo podemos hacerlo
Pensium
Hola Josefa,
El testamento únicamente se aplica una vez la persona fallece. En caso de querer vender la casa titularidad de tu abuela, si ella no está en sus plenas facultades mentales, deberéis iniciar un proceso de incapacitación y asignación de tutor legal. Te dejamos el enlace al artículo de nuestro blog donde hablamos de ello: La declaración de incapacidad como medida de protección de las personas mayores
Cristina
Buenas mi padre me ha otorgado un poder general de una de sus sociedades y no me dijeron nada en la notaría y me acabo de enterar que hay que registrar dicho poder. Donde tengo que hacerlo?? Gracias
Pensium
Hola Cristina,
En principio las inscripciones se realizan en el Registro Mercantil. De todos modos, te aconsejamos que lo consultes con la misma notaría o con vuestro gestor/asesor. Un saludo.
Jose Manuel Trujillo
Buenas tengo a mi padre ingresado y a perdido la memoria y antes D esto vendió un terreno y esta a espera D ir a firmar las escrituras S m padre no puede quien podría firmar gracias
Pensium
Hola Jose Manuel,
Para poder actuar en nombre de una persona viva sin que esta persona dé su consentimiento mediante una firma, dicha persona tienen que ser declarada
incapacitada. La incapacitación judicial y la asignación de un tutor legal únicamente la puede otorgar un juez mediante sentencia judicial, una vez validado que esta persona no tiene capacidad suficiente para actuar por si misma.
Si este es el caso, te aconsejamos que inicies el proceso de incapacitación y de asignación del tutor que vele por el bienestar de la persona incapaz.
Rubi Ruiz Siancas
Buenas noches me están vendiendo un terreno pero en la constancia de posesión sale a nombre de los convivientes, la mujer está de acuerdo en vender, el señor está grave postrado en cama pero tiene una única hija y ella acepta em vender el terreno pero ella debe sacar una carta poder por escritura publica pero en el pueblito que se encuentra hospitalizado el señor no hay notario y el señor no se puede h a cercar al notario ya que esta grave y enfermo, hospitalizado, que es lo más probable que se puede hacer para proceder con la compra y venta…
Gracias por su respuesta
Pensium
Hola Rubí,
para formalizar la venta es necesaria la firma de todos los propietarios. Si uno de los propietarios no está en condiciones de firmar, es necesario hacer un poder notarial que otorgue a otra persona (en este caso sería la hija del propietario) la capacidad de firmar en nombre de su padre. Es un requisito necesario. En el caso que planteáis, la única opción es localizar un notario que pueda desplazarse al hospital para hacer allí la escritura de poderes. Sin embargo, os aconsejamos que antes consultéis con el médico que lleva a esta persona, ya que para que el notario haga la escritura de poderes, debe ver que el poderdante (el padre) tiene capacidad suficiente para entender y aceptar la escritura de poderes. En algunos casos el notario solicita un certificado médico que indique que el poderdante tiene capacidad cognitiva suficiente para entender el proceso.
Jaime
Mi madre tiene problemas para firmar .le cuesta mucho realizar la firma de su carnet que puedo hacer en este caso debido aque tiene que hacer varios tramites
Pensium
Hola Jaime,
si tu madre está bien a nivel cognitivo (es decir, no tiene ninguna enfermedad ni problema que le impida tomar decisiones), lo más aconsejable es acudir a un notario para que haga poderes a tu nombre, o a nombre de quien decidáis, y de esta manera esta persona podrá firmar en nombre de tu madre. Es un trámite ràpido y que cuesta poco dinero. Únicamente hay que solicitar hora en una notaría indicando que se trata de un otorgamiento de poderes.
lobjanidze anjela
hola .mi preginta es si esta caoaz la persona con 91 ano ,piderar ,haser testamiento en el estudio demencia ?
Pensium
Para hacer testamento la persona que testa debe estar en plenas facultades cognitivas. Si la persona que quiere hacer testamento tiene algun tipo de demencia o limitación cognitiva, el notario puede considerar que no está capacitado para la decisión de realizar un testamento. Te aconsejamos que consultes con su médico para que evalúe su estado de salud y si tiene capacidad para hacer testamento.
Justo Isabel Rodríguez
Si 3 hermanos tenemos un poder de ruina de nuestro padre podemos vender co la firma de 2
Pensium
Hola Justo,
depende del tipo de poder que os hayan otorgado. Si es un poder conjunto de los 3, es necesaria la firma de los 3. Si es un poder conjunto que estipula que la firma de 2 es suficiente, entonces sí que podríais operar. También es importante saber si el poder que tenéis os permite realizar la venta de su patrimonio. Os aconsejamos que consultéis con el notario que otorgó el poder, o cualquier otro profesional, que os indicará exactamente qué podéis y qué no podéis hacer.
Ivan
Puedo tener poderes notariales general, de mi madre, si tengo discapacidad del 69%?
Pensium
Hola Iván,
depende del tipo de discapacidad. La persona a quien se asignan los poderes debe ser de plena confianza del poderdante, y debe tener capacidad legal para operar en su nombre. Te aconsejamos que consultes al notario donde harías el otorgamiento de poderes para que te confirme si cumples las condiciones para ser su apoderado.
josef
hola . mi hermano tiene una capacidad mental y soy el único que le puede gestionar la cuenta sacar dinero pagar recibos etc..
para eso tenemos que hacer un poder notarial???? gracias
Pensium
Hola Josef,
es conveniente que formalices estas gestiones a través de un poder notarial, ya que para operar en nombre de cualquier persona mayor de edad, es necesario disponer de un poder o estar asignado como su tutor legal.
Juan José
Mi duda es que mi madre tiene Alzheimer en fase 2 y si es posible darle el poder a mi padre sin pasar por el suplicio del juzgado.un cordial Saludo.
Pensium
Hola Juan José,
el poder notarial lo otorg el notario siempre que considere que la persona que da el poder (en tu caso, tu madre) entiende lo que está haciendo y tiene capacidad para aceptar el otorgamiento de poderes. Si el estado de tu madre ya no permite que el notario acepte otorgar el poder, la única opción es solicitar la incapacitación a través del juzgado.
Javier Taso
Una persona diagnosticada según consta en INFORME CLÍNICO y en el HISTORIAL MÉDICO de Alzheimer en el año 2015, y que según se cita en el INFORME que citada enfermedad la padecía desde hacía más de TRES años, puede otorgar PODERES NOTARIALES en el año 2016?
En el caso de que citados poderes no sean legales por haberse otorgado cuando la poderdante padecía ya la enfermedad cognitiva, se pueden IMPUGNAR JUDICIALMENTE CITADOS PODERES y solicitar y anular los movimientos bancarios realizados por los apoderados, y solicitar responsabilidades a los apoderados ?
Muchas gracias.
Pensium
Hola Javier,
los poderes notariales los concede un notario, que da fe de que la persona poderdante tiene capacidad suficiente para otorgar dichos poderes. Si consideráis que las facultades cognitivas del poderdante en el momento del otorgamiento no eran adecuadas, os aconsejamos que hagáis una consulta legal a un especialista para que os aconseje las acciones a realizar.
Ana
Estoy en el mismo caso, me gustaría saber a qué representante legal se puede acudir. Muchas gracias.
Pensium
Hola Ana,
deberías consultar con un abogado especializado en temas de derecho civil.
Julio Rodriguez
buenas tardes, mi tio tiene 80 años. tiene un terreno sin titulo una parte me la vendió , lo resto esta en nada .estamos en tramite .el quiere dejarme una carta de poder notarial a mi nombre para seguir con el tramite ,y una ves que termine el tramite . una parte vender su terreno y la otra parte entregársela a su hermana ese es lo que el quiere . que documentos necesito o que debo hacer.. no se por donde empezar por favor ayúdeme ..quedo muy agradecido por su ayuda y orientación…
Pensium
Hola Julio,
tal como indicas, el primer paso es obtener el poder notarial que te habilite para hacer los trámites en nombre de tu tío. Para hacer este poder, debes concertar hora con un notario y acudir a la notaría junto con tu tío, ya que para que el notario autorice el poder notarial, debe verificar que la persona que lo otorga (en este caso, tu tío) está de acuerdo y está en condiciones de salud que le permitan entender y aceptar el otorgamiento del poder.
Una ves tengas el documento del poder notarial ya podrás hacer todas las transacciones de venta del terreno en nombre de tu tío.
Celso Victor Huaman Lopez
Buenas tardes mi padre tiene 80 años de edad y y es ciego del ojo derecho y tiene previsto entablar una denuncia por usurpación de tierras a un colindante me puede otorgar un poder para que mi persona pueda iniciar el juicio y acudir a las diligencias que ocasione dicha demanda teniendo en consideración su avanzada edad y su discapacidad agradeceré a ud me envie un modelo para poder tramitar en un notario público
Pensium
Hola Celso,
efectivamente, como tu ya indicas, el otorgamiento de poderes debe realizarlo un notario, y es el mismo notario el que realiza el documento tras validar que la persona que otorga el poder está de acuerdo con el proceso y tiene capacidad para aceptarlo. Debes contactar directamente con el notario para que inicie el trámite.
Dionisio
Hola quisiera vender la vivienda de mi madre , para pagar la residencia geriátrica . Porque el notario
no ve a mi madre acto para firmar .que puedo hacer
Pensium
Hola Dionisio.
Si la vivienda está a nombre de tu madre, para hacer cualquier gestión ella debe firmar. Si no está en condiciones de hacerlo y no tenéis un poder notarial que permita que otra persona firme en su nombre, la única opción es solicitar la incapacidad, que debe otorgarla un juez. Por este motivo es muy importante que la persona mayor otorgue poderes mientras aun está suficientemente bien, ya que esto garantiza que más adelante otra persona pueda operar en su nombre.
Si el notario considera que tu madre ya no está capacitada para firmar o para otorgar poderes, tendréis que iniciar los trámites de incapacitación.
JOSE MANUEL MARI TORRENT
Hola, ¿se pueden ante notario otorgar poderes notariales, o sea, que el notario en el texto del testamento diga que la persona X, da poderes a la persona Y y que luego firme el notario y que la persona X NO FIRME? ¿Tendría algún tipo de validez ese documento sin la firma de la persona X que es la persona que da los poderes?
Pensium
Hola José Manuel,
El otorgamiento de poderes y el testamento son 2 documentos que cumplen finalidades distintas y son totalmente independientes. Lo que se indica en un testamento es cómo una persona quiere que queden repartidos sus bienes tras su fallecimiento y, por tanto, lo escrito en el testamento entra en vigor en el momento en que la persona que hace el testamento fallece, no antes.
El poder notarial se otorga por parta de una persona viva a otra persona para que pueda actuar en su nombre, y requiere la firma de la persona que otorga el poder (poderdante).
Para poder actuar en nombre de una persona viva sin que esta persona dé su consentimiento mediante una firma, dicha persona tienen que ser declarada
incapacitada. La incapacitación judicial y la asignación de un tutor legal únicamente la puede otorgar un juez mediante sentencia judicial, una vez validado que esta persona no tiene capacidad suficiente para actuar por si misma.
Si este es el caso, te aconsejamos que inicies el proceso de incapacitación y de asignación del tutor que vele por el bienestar de la persona incapaz.
Lorena
Hola mi suegra quiere vender un auto, si marido tiene. Alzheimer y tienen certificado de discapacidad. Es necesario pedir la incapacidad o con el certificado de discapacidad alcanza??
Pensium
Hola Lorena,
no tenemos información sobre cómo debe hacerse la venta de un automóvil en estos casos. Te aconsejamos que lo consultes directamente a Dirección General de tráfico para que te indiquen qué documentación se necesita.