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La declaración de incapacidad como medida de protección de las personas mayores

La declaración de incapacidad como medida de protección de las personas mayores

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Información no vigente para nuevas peticiones desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

En ocasiones, el envejecimiento conlleva para algunas personas problemas cognitivos o pluripatologías que limitan su autogobierno y no pueden decidir por ellas mismas.

Ver como un familiar se deteriora a nivel cognitivo (pierde la memoria, se desorienta en espacio y tiempo, no te reconoce… ) representa un duro golpe para las familias al tiempo que conlleva una situación de desprotección para la persona mayor. Llegados a este punto, normalmente alguien de la familia o del entorno más próximo de la persona es quien asume la responsabilidad de velar por sus derechos y por sus bienes.

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La declaración de incapacidad

Ahora bien, para poder asumir esta responsabilidad a efectos legales, hay que tener una declaración de incapacidad y el consecuente nombramiento de tutor legal. Contrariamente a lo que mucha gente piensa, una sentencia de incapacitación nunca debe afectar negativamente al bienestar y calidad de vida de la persona incapacitada. Al contrario, es una medida de protección que debe revertir en la mejora de su situación personal.

Una persona sólo puede ser declarada incapaz por sentencia judicial. Así pues, para iniciar el procedimiento de incapacitación es necesario presentar una demanda en el juzgado competente, con intervención de un abogado y un procurador. No solamente los familiares pueden iniciar el procedimiento de incapacitación ya que cualquier persona física o jurídica que conozca la existencia de una posible causa de incapacitación debe ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal.

La demanda debe explicar la situación de la persona y debe ir acompañada de informes médicos y documentación que acrediten las causas que justifican la declaración de incapacitación. Una vez el juez analice la documentación requerirá, si es el caso, los informes periciales que considere oportunos y escuchará al interesado o a sus representantes. Una vez el juez declare sentencia determinará la extensión y límites de la capacidad. Declarará Incapacidad Total si la persona no tiene capacidad para auto gobernarse en ningún acto (tutela). Pero si considera que la persona no tiene capacidad para auto gobernarse en determinados actos, la incapacitación será parcial (curatela).

Responsabilidad del tutor legal

El tutor que la persona tenga, debe asegurar la protección, la administración y la guarda de sus bienes y, en general, el ejercicio de sus derechos, representándola en todos aquellos actos que lo requieran.

La Tutela se ejercerá bajo la vigilancia del Ministerio Fiscal y el tutor está obligado a informar anualmente al juez sobre la situación de la persona incapaz y pasar cuentas sobre la administración de sus bienes.

Es muy importante que cuando se detecten causas de presunción de incapacidad se inicie el proceso de incapacitación para poder dar garantía legal a las funciones que el familiar ha de realizar. Muy probablemente, la familia que atiende a una persona en situación de presunta incapacidad ya está velando por sus derechos y por sus bienes y con la declaración de incapacitación dispondrá de la cobertura legal para hacer algunos trámites que requieren la autorización del interesado.

Ser reconocido como tutor legal es, pues, la garantía de poder hacer lo mejor para un familiar que ya no está en condiciones de cuidar de sí mismo ni de sus bienes.

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6 thoughts on “La declaración de incapacidad como medida de protección de las personas mayores

  1. Silvia Bastida

    Buenas tardes,

    nos han comunicado que mi madre empieza a padecer una demencia y nos han comentado que nos puede otorgar unos poderes para su guardia y podamos velar por sus intereses , para que podamos tomar decisiones sobre su futuro en caso de necesitar asistencia

    • Hola Silvia,
      efectivamente, es conveniente que, cuando una persona empieza a tener síntomas de demencia, otorgue poderes a algun familiar cercano o persona de total confianza. De este modo, en caso de que su estado empeore, la persona que dispone de poderes puede actuar en su nombre si es necesario.
      Este otorgamiento de poderes debe hacerse mientras la persona mayor aún está con capacidad suficiente para aceptar y firmar este documento ante notario, y es un trámite rápido y sencillo. Si su demencia empeora y no se han otorgado poderes, nadie podría operar en su nombre, y sería necesario solicitar la incapacidad (procedimiento mucho más largo y costoso que otorgar poderes, y que debe ser aprobado por un juez).

  2. Buenos días
    Mis hermanos están tramitando la incapacidad de mi madre, y yo no estoy de acuerdo. ¿Me tienen que citar? ¿Es obligatorio que vaya a declarar al juez aunque no me citen?
    Un saludo

    • Buenos días Antonia,

      En este caso es conveniente consultar a un abogado especialista en los aspectos legales de la incapacitación que pueda estudiar y valorar el caso, ya que desde Pensium únicamente podemos acompañar a las familias que necesitan gestionar un proceso de incapacitación como parte de nuestro Programa.

  3. Hola hace unas dos semanas nos hemos enterado por parte de la directora de banco de mi tio .. Que los Servicios sociales lo han incapacitado a espaldas de la familia .
    Mi tio tiene 84 años vivia solo,soltero.. Pero tiene familia.
    Nosotros pensamos que han actuado de mala fe .
    Sin ninguna prueba de que nos hayan buscado,.. O simplemente preguntar a la vecindad que sabian que este señor tiene familia.
    Los Servicios sociales tiene la tutela incluso de su patrimonio.
    Lo han ingresado en una Residencia fuera de su ciudad, a unos cuantos km de su casa.
    Mi pregunta seria que podemos y que posibilidades tenemos para demostrar que han incurrido en una ilegalidad, actuando de mala fe.
    Y otra que posibilidades pidriamos tener en recuperar la tutela o la curatela pues nosotros no lo vemos tan mal.gracias de antemano por su ayuda

    • Buenas tardes Rosa,

      Desde Pensium asesoramos y acompañamos a las familias que necesitan llevar a cabo un proceso de Incapacitación, como parte integrante del Programa Pensium. El caso que nos comentas requiere otro tipo de asesoramiento y acciones que no están dentro de nuestro ámbito de acción. Lamentamos mucho la situación que nos has descrito, esperamos que lo puedas solucionar en breve.

      Un saludo!